Autorizan transferencia financiera a favor de Unidad Ejecutora 002-1698: Contraloría General - Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades del Pliego 019: Contraloría General con cargo a recursos de la Unidad Ejecutora Nº 004-1201: MINCETUR - Plan COPESCO Nacional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 118-2024-MINCETUR
Lima, 29 de abril de 2024
VISTOS, el Memorándum N° 340-2024-MINCETUR/DM/COPESCO-DE de la Dirección Ejecutiva del Plan COPESCO Nacional; el Informe Nº 0042-2024-MINCETUR/SG/OGA/OAF/SDC de la Sub Dirección de Contabilidad de la Oficina de Administración Financiera; el Memorándum Nº 310-2024-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 0113-2024-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Memorándum N° 367-2024-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Oficio Nº 001221-2023-CG/GRECE de la Contraloría General de la República; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, esta Entidad es el Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, que forma parte del Poder Ejecutivo y constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a ley;
Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las sociedades de auditoría son las personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, y son designadas, previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados;
Que, asimismo el citado dispositivo señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de dicha entidad, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; las citadas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, debiendo ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría, por período a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, empresas prestadoras de servicios de saneamiento, universidades, empresas en liquidación bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), proyectos/programas y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;
Que, con Oficio Nº 001221-2023-CG/GRECE, el Gerente de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República comunica a este Ministerio respecto a la realización del Concurso Público de Méritos Nº 03-2023-CG, a través del cual se designa a una Sociedad de Auditoría para efectuar la auditoría financiera gubernamental correspondiente a los periodos 2023 y 2024, encontrándose pendiente la contratación de la auditoría del periodo 2024, por lo que solicita realizar la transferencia de la retribución económica mediante el Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF, seleccionando el tipo de operación TF (Transferencia Financiera Otorgada), a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Contraloría General - Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades del Pliego 019: Contraloría General, a más tardar en el mes de junio del año 2024, por la suma de S/ 149 530,00 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), correspondiente al pago del cien por ciento (100%) de la retribución económica del periodo 2024, que incluye el Impuesto General a las Ventas, por el derecho de designación de una Sociedad de Auditoría, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;
Que, mediante Memorándum Nº 340-2024-MINCETUR/DM/COPESCO-DE, el Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva – Plan COPESCO Nacional, de la Unidad Ejecutora Nº 004-1201:MINCETUR - Plan COPESCO Nacional, remite el Informe Nº 0201-2024-MINCETUR/DM/COPESCO-DE/UADM, de la Unidad de Administración de Plan COPESCO Nacional y Memorándum Nº 650-2024-MINCETUR/DM/COPESCO-DE/UPP, a través del cual la Unidad de Planificación y Presupuesto del Plan COPESCO Nacional remite la Certificación de Crédito Presupuestal para la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República correspondiente al periodo 2024, por el importe ascendente a S/ 149 530,00 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES);
Que, conforme a los documentos del Visto, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo a través de la Oficina de Planificación y Presupuesto mediante Informe Nº 0113-2024-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP otorga la disponibilidad presupuestal para la transferencia financiera, hasta por la suma de S/ 149 530,00 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Contraloría General - Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades del Pliego 019: Contraloría General, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar el pago del cien por ciento (100%) de la retribución económica que incluye el impuesto general a las ventas, por el derecho de designación de una Sociedad de Auditoría, mediante Concurso Público de Méritos, para la realización de la auditoría financiera gubernamental del periodo 2024, con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora Nº 004-1201:MINCETUR - Plan COPESCO Nacional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; asimismo se cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Administración a través de la Sub Dirección de Contabilidad de la Oficina de Administración Financiera mediante Informe Nº 0042-2024-MINCETUR/SG/OGA/OAF/SDC;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27790 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 005-2022-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, Aprueban Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que se debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera
Autorizar la transferencia financiera a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Contraloría General - Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades del Pliego 019: Contraloría General con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora Nº 004-1201:MINCETUR - Plan COPESCO Nacional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la suma de S/ 149 530,00 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar el pago del cien por ciento (100%) de la retribución económica que incluye el Impuesto General a las Ventas, por el derecho de designación de una Sociedad de Auditoría, mediante Concurso Público de Méritos, para la realización de la auditoría financiera gubernamental por el periodo 2024, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.
Artículo 2.- Financiamiento
Disponer que la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atienda con cargo al presupuesto institucional para el Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 004-1201:MINCETUR - Plan COPESCO Nacional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Clasificador de Gasto: 24.13.11 - Otras Unidades del Gobierno Nacional y Meta: 0063
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Acciones administrativas
Disponer que la Unidad Ejecutora Nº 004-1201:MINCETUR - Plan COPESCO Nacional efectúe las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución, en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur) en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELIZABETH GALDO MARÍN
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
2284126-1