Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Crean la Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital y aprueban Lineamientos para la adhesión de Laboratorios a la Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital

Crean la Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital, y aprueban Lineamientos para la adhesión de Laboratorios a la Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital

Resolución de Secretaría de Gobierno

y Transformación Digital

N° 004-2024-PCM/SGTD

Lima, 26 de abril de 2024

SE CREA LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS DE INNOVACIÓN DIGITAL Y SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ADHESIÓN DE LABORATORIOS A LA RED EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL

VISTOS:

El Informe N° D000014-2024-PCM-SSPRD-HGA de la Subsecretaría de Política y Regulación Digital (SSPRD), y el Informe N° D000012-2024-PCM-SGTD-EVZ de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM); y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 006-2020, que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, dispone que el Sistema Nacional de Transformación Digital es un Sistema Funcional del Poder Ejecutivo conformado por un conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la administración pública y se promueven las actividades de las empresas, la sociedad civil y la academia, orientadas a alcanzar los objetivos del país en materia de transformación digital;

Que, en el artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 006-2020, se establece que, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD), es el ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital, constituyéndose en la autoridad técnico-normativa a nivel nacional sobre la materia;

Que, la Ley N° 31449, Ley que fortalece el Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital del Estado, para el Impulso de la innovación en el ámbito público, tiene como objeto fortalecer el Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital del Estado, creado mediante la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital 003-2019-PCM/SEGDI, para impulsar la innovación en el ámbito público a nivel nacional, con enfoque territorial, con la finalidad de encontrar soluciones a los problemas de dicho ámbito, mediante mecanismos, de manera no limitativa, de innovación digital, innovación abierta e innovación social a través de la transformación digital, para mejorar la calidad de los servicios públicos, centrado en los ciudadanos;

Que, la precitada Ley establece como una función de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD), articular esfuerzos con las entidades de la administración pública, el sector privado, universidades y sociedad civil, para conectar y construir redes público-privadas en innovación abierta, innovación social y transformación digital;

Que, la Política Nacional de Transformación Digital al 2030, aprobada mediante Decreto Supremo N° 085-2023-PCM, establece como Objetivo Prioritario 3 “Garantizar la disponibilidad de servicios públicos digitales inclusivos, predictivos y empáticos con la ciudadanía”, y se establece el Lineamiento 3.3, mediante el cual se busca generar espacios de amplia participación ciudadana en el codiseño de servicios digitales inclusivos y centrados en las necesidades de las personas;

Que, con la finalidad de operativizar el precitado lineamiento y lograr cambios en la esfera social y económica de los ciudadanos, se establece el servicio 3.3.2 “Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital, de manera sostenible, en favor de los integrantes del Sistema Nacional de Transformación Digital”;

Que, conforme a lo establecido en los artículos 79 y 80 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM, la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital es el órgano de línea con autoridad técnica normativa a nivel nacional en materia de gobierno digital, confianza digital y transformación digital, y tiene entre sus funciones, aprobar y supervisar el cumplimiento de normas técnicas, directivas, lineamientos, modelos, metodologías, procedimientos, protocolos, instrumentos, técnicas, estándares y demás disposiciones, en materia de su competencia;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 31449, Ley que fortalece el Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital del Estado para el impulso de la innovación en el ámbito público; el Decreto de Urgencia N° 006-2020, que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación de la Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital

1.1 Créase la Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital (en adelante, la Red), como el mecanismo que integra y articula a los Laboratorios de Innovación Digital a nivel nacional para el desarrollo de acciones e iniciativas, con el objetivo de:

a) Facilitar el intercambio de información, experiencias y buenas prácticas en innovación y transformación digital.

b) Promover la colaboración en el desarrollo conjunto de proyectos de innovación y transformación digital, así como incentivar prácticas de innovación abierta.

c) Ser un espacio de encuentro, articulación y difusión para el desarrollo de agendas de trabajo en innovación y transformación digital; y, para fomentar el desarrollo del talento digital y de una sociedad digital.

d) Compartir guías de referencia, mejores prácticas y otros documentos de interés para la gestión de la innovación y transformación digital.

1.2 La Red puede estar integrado por Laboratorios de Innovación Digital de las entidades públicas, organizaciones del sector privado, academia y sociedad civil organizada, en el marco del Sistema Nacional de Transformación Digital, con la finalidad de asegurar que la Red sea inclusiva y represente la diversidad en el ámbito de la innovación digital en el país. Es gestionada por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD).

Artículo 2.- Aprobación de los Lineamientos

Apruébese los Lineamientos para la adhesión de Laboratorios a la Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital en el marco del Sistema Nacional de Transformación Digital, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, y que entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Artículo 3.- Creación del canal digital Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital

Créase el canal digital “Red Nacional de Laboratorios de Innovación Digital” en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano, como un servicio digital para la difusión de información, integrantes, eventos de la Red, así como, para el acceso a la solicitud de adhesión. Es gestionado por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD).

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

DISPOSICIÓN

COMPLEMENTARIA FINAL

Única.- Laboratorios de Innovación y Transformación Digital de los Gobiernos Regionales y Locales

Los gobiernos regionales y gobiernos locales que hayan creado o conformado un Laboratorio de Innovación y Transformación Digital, con anterioridad a la publicación de la presente Resolución, deben remitir a la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD), el plan de trabajo de dicho laboratorio aprobado por la máxima autoridad administrativa o quien haga sus veces en la entidad, para lo cual disponen de un plazo no mayor a seis (6) meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CESAR VILCHEZ INGA

Secretario de Gobierno y Transformación Digital

Secretaría de Gobierno y Transformación Digital

2284565-1