Martes, 26 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Otorgan la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de Oficial

Otorgan la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Oficial”

resolución suprema

nº 010-2024-tr

Lima, 1 de mayo de 2024

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 1 del Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, la condecoración de la Orden del Trabajo es el más alto reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de entidades públicas y privadas, empleadores, académicos, investigadores o especialistas; así como, a personas jurídicas con destacada vinculación en los ámbitos del trabajo, empleo, capacitación laboral, seguridad y salud en el trabajo, y seguridad social, que en función a sus acciones distinguidas y servicios meritorios se hayan hecho acreedores a tal distinción;

Que, el artículo 12 del precitado Reglamento, estipula que se considera como acción distinguida, todo acto que, en servicio o en provecho de las relaciones laborales, el diálogo social, la concertación laboral, el trabajo, el empleo, la capacitación laboral, la seguridad y salud en el trabajo o la seguridad social, realiza cualquier persona natural o jurídica, peruana o extranjera, demostrando desinterés, austeridad y abnegación para el cumplimiento del deber, en forma tal, que individualice al autor sobre el resto de las personas;

Que, el artículo 3 del Reglamento en mención dispone que la Condecoración de la Orden del Trabajo se concede mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, y es otorgada con ocasión del Día del Trabajo;

Que, conforme a lo señalado en la norma antes citada, el Consejo de la Orden del Trabajo es el órgano que evalúa las propuestas presentadas y elige a los condecorados, personas naturales o jurídicas. También define los grados de condecoración que pueden ser: Gran Cruz, Gran Oficial, Comendador y Oficial;

Que, el Consejo de la Orden del Trabajo, es presidido por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo por delegación del Gran Maestre, la señora Presidenta de la República. Conforme con lo anterior, para el presente año este Consejo quedó conformado a través de la Resolución Ministerial Nº 000047-2024-TR;

Que, mediante Oficio N° 000225-2024-MTPE/1/23, la Secretaría del Consejo de la Orden del Trabajo traslada el Informe Nº 018-2024-MTPE/1/23/MCT, que da cuenta de la decisión adoptada por el Consejo de la Orden del Trabajo sobre quienes son las personas, naturales y jurídicas a las que, en el presente año, les corresponde la Condecoración de la Orden del Trabajo;

Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, se presentó la candidatura de la señora Gloria Norma Solórzano Espinoza, emprendedora autoempleada que cuenta con una destacada trayectoria sindical y de liderazgo social, de más de veintiséis años, promoviendo la formalización del trabajo ambulante y la participación activa de las mujeres autoempleadas en los espacios de diálogo sociolaboral;

Que, además es cofundadora de la Red Nacional de Trabajadores y Trabajadoras Autónomos (RENATTA), organización que agrupa a cuatro sectores de trabajadores: 1) comercio ambulatorio, 2) trabajadores del hogar, 3) limpieza de mercados, y 4) mujeres trabajadoras por temporada en zona rural, en las regiones de Lima, Piura, Ucayali, Huánuco e Ica, a través de la cual articula espacios de formación dedicados a mujeres autoempleadas y de la economía informal, sobre empoderamiento, protección social, violencia de género, diálogo social y habilidades técnicas para el emprendimiento;

Que, la señora Gloria Norma Solórzano Espinoza ha sido miembro de la Federación Departamental de Vendedores Ambulantes de Lima y Callao y Secretaria de la Mujer de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú, lo que le permitió participar en la Coordinadora de Mujeres Trabajadoras Andinas de la Comunidad Andina (COMUANDE);

Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas;

Que, con fecha 23 de abril de 2024, el Consejo de la Orden del Trabajo, integrado por funcionarios públicos y personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico, vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad el otorgamiento de la Condecoración de la Orden del Trabajo a la señora Gloria Norma Solorzano Espinoza, en el grado de “Oficial”; y,

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 20585, que establece normas para otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, Aprueban el Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Oficial” a la señora GLORIA NORMA SOLÓRZANO ESPINOZA, extendiéndose el Diploma correspondiente.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

DANIEL YSAU MAURATE ROMERO

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

2284837-9