Otorgan la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Oficial”
resolución suprema
nº 010-2024-tr
Lima, 1 de mayo de 2024
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 1 del Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, la condecoración de la Orden del Trabajo es el más alto reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de entidades públicas y privadas, empleadores, académicos, investigadores o especialistas; así como, a personas jurídicas con destacada vinculación en los ámbitos del trabajo, empleo, capacitación laboral, seguridad y salud en el trabajo, y seguridad social, que en función a sus acciones distinguidas y servicios meritorios se hayan hecho acreedores a tal distinción;
Que, el artículo 12 del precitado Reglamento, estipula que se considera como acción distinguida, todo acto que, en servicio o en provecho de las relaciones laborales, el diálogo social, la concertación laboral, el trabajo, el empleo, la capacitación laboral, la seguridad y salud en el trabajo o la seguridad social, realiza cualquier persona natural o jurídica, peruana o extranjera, demostrando desinterés, austeridad y abnegación para el cumplimiento del deber, en forma tal, que individualice al autor sobre el resto de las personas;
Que, el artículo 3 del Reglamento en mención dispone que la Condecoración de la Orden del Trabajo se concede mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, y es otorgada con ocasión del Día del Trabajo;
Que, conforme a lo señalado en la norma antes citada, el Consejo de la Orden del Trabajo es el órgano que evalúa las propuestas presentadas y elige a los condecorados, personas naturales o jurídicas. También define los grados de condecoración que pueden ser: Gran Cruz, Gran Oficial, Comendador y Oficial;
Que, el Consejo de la Orden del Trabajo, es presidido por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo por delegación del Gran Maestre, la señora Presidenta de la República. Conforme con lo anterior, para el presente año este Consejo quedó conformado a través de la Resolución Ministerial Nº 000047-2024-TR;
Que, mediante Oficio N° 000225-2024-MTPE/1/23, la Secretaría del Consejo de la Orden del Trabajo traslada el Informe Nº 018-2024-MTPE/1/23/MCT, que da cuenta de la decisión adoptada por el Consejo de la Orden del Trabajo sobre quienes son las personas, naturales y jurídicas a las que, en el presente año, les corresponde la Condecoración de la Orden del Trabajo;
Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, se presentó la candidatura de la señora Gloria Norma Solórzano Espinoza, emprendedora autoempleada que cuenta con una destacada trayectoria sindical y de liderazgo social, de más de veintiséis años, promoviendo la formalización del trabajo ambulante y la participación activa de las mujeres autoempleadas en los espacios de diálogo sociolaboral;
Que, además es cofundadora de la Red Nacional de Trabajadores y Trabajadoras Autónomos (RENATTA), organización que agrupa a cuatro sectores de trabajadores: 1) comercio ambulatorio, 2) trabajadores del hogar, 3) limpieza de mercados, y 4) mujeres trabajadoras por temporada en zona rural, en las regiones de Lima, Piura, Ucayali, Huánuco e Ica, a través de la cual articula espacios de formación dedicados a mujeres autoempleadas y de la economía informal, sobre empoderamiento, protección social, violencia de género, diálogo social y habilidades técnicas para el emprendimiento;
Que, la señora Gloria Norma Solórzano Espinoza ha sido miembro de la Federación Departamental de Vendedores Ambulantes de Lima y Callao y Secretaria de la Mujer de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú, lo que le permitió participar en la Coordinadora de Mujeres Trabajadoras Andinas de la Comunidad Andina (COMUANDE);
Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas;
Que, con fecha 23 de abril de 2024, el Consejo de la Orden del Trabajo, integrado por funcionarios públicos y personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico, vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad el otorgamiento de la Condecoración de la Orden del Trabajo a la señora Gloria Norma Solorzano Espinoza, en el grado de “Oficial”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 20585, que establece normas para otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, Aprueban el Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Oficial” a la señora GLORIA NORMA SOLÓRZANO ESPINOZA, extendiéndose el Diploma correspondiente.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
DANIEL YSAU MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
2284837-9