Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Otorgan la Condecoración de la Orden del Trabajo promoviendo al Grado de Gran Oficial

Otorgan la Condecoración de la Orden del Trabajo, promoviendo al Grado de “Gran Oficial”

resolución suprema

nº 008-2024-tr

Lima, 1 de mayo de 2024

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 1 del Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, la condecoración de la Orden del Trabajo es el más alto reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de entidades públicas y privadas, empleadores, académicos, investigadores o especialistas; así como, a personas jurídicas con destacada vinculación en los ámbitos del trabajo, empleo, capacitación laboral, seguridad y salud en el trabajo, y seguridad social, que en función a sus acciones distinguidas y servicios meritorios se hayan hecho acreedores a tal distinción;

Que, el artículo 13 del precitado Reglamento, estipula que se considera como servicio meritorio, todo acto que contribuya en forma notable a la creación o perfeccionamiento de políticas, planes, normas, sistemas, proyectos, programas o entidades de alta significación, y a la producción de investigaciones relevantes o a un destacado desarrollo académico, científico o de difusión, que contribuya significativamente al mejoramiento de las relaciones laborales, diálogo social, concertación laboral, trabajo, libertad sindical, empleo, capacitación laboral, seguridad y salud en el trabajo o seguridad social; así como, al mejoramiento de la normativa, ciencias o actividades vinculadas a dichos ámbitos, tanto en el país como en el extranjero;

Que, el artículo 3 del Reglamento en mención dispone que la Condecoración de la Orden del Trabajo se concede mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, y es otorgada con ocasión del Día del Trabajo;

Que, conforme a lo señalado en la norma antes citada, el Consejo de la Orden del Trabajo es el órgano que evalúa las propuestas presentadas y elige a los condecorados, personas naturales o jurídicas. También define los grados de condecoración que pueden ser: Gran Cruz, Gran Oficial, Comendador y Oficial;

Que, el Consejo de la Orden del Trabajo, es presidido por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo por delegación del Gran Maestre, la señora Presidenta de la República. Conforme con lo anterior, para el presente año este Consejo quedó conformado a través de la Resolución Ministerial Nº 000047-2024-TR;

Que, mediante Oficio N° 000225-2024-MTPE/1/23, la Secretaría del Consejo de la Orden del Trabajo traslada el Informe Nº 018-2024-MTPE/1/23/MCT, que da cuenta de la decisión adoptada por el Consejo de la Orden del Trabajo sobre quienes son las personas, naturales y jurídicas a las que, en el presente año, les corresponde la Condecoración de la Orden del Trabajo;

Que, de acuerdo con los términos de la propuesta, se presentó la candidatura del señor Víctor Ferro Delgado, destacado abogado, investigador y docente universitario en materia de Derecho del Trabajo, con más de cincuenta años de experiencia contribuyendo a la investigación jurídica, la legislación laboral y al diálogo sociolaboral en los espacios académicos, gubernamentales y privados;

Que, en su labor como investigador, ha sido autor de varios artículos en materia de Derecho del Trabajo y ponente en diversos eventos en el país y el extranjero, promoviendo el análisis crítico de la legislación laboral nacional y la evolución de la jurisprudencia laboral, planteando propuestas e iniciativas;

Que, su contribución en el diseño y elaboración de normas legales se plasmó a través de su participación en las comisiones que tuvieron a cargo la elaboración de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, la Ley de Descansos Remunerados, la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y sus respectivos reglamentos;

Que, sus amplios conocimientos en el ámbito laboral le permitió ser miembro del Comité de Expertos de la Comisión de Trabajo del Congreso de la República, que tuvo a su cargo la elaboración del “Anteproyecto de la Ley General de Trabajo”;

Que, ha sido Presidente de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social por el período 1999 y 2000 y reelecto por el período 2001 y 2002, habiendo sido además Presidente del Instituto Latinoamericano de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social entre los años 2006 y 2010;

Que, su notable contribución al mundo académico y laboral le permitió recibir, en el año 2016, la Condecoración de la Orden del Trabajo en Grado de Comendador, correspondiendo su promoción en grado;

Que, las referencias expuestas constituyen servicios meritorios;

Que, con fecha 23 de abril de 2024, el Consejo de la Orden del Trabajo, integrado por funcionarios públicos y personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico, vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad el otorgamiento de la Condecoración de la Orden del Trabajo al señor Víctor Ferro Delgado, promoviéndolo al grado de “Gran Oficial”; y,

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 20585, que establece normas para otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, Aprueban el Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, promoviendo al Grado de “Gran Oficial” al señor VÍCTOR FERRO DELGADO, extendiéndose el Diploma correspondiente.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

DANIEL YSAU MAURATE ROMERO

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

2284837-7