Autorizan viaje de personal militar del Ejército del Perú a Brasil, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 00413-2024-DE
Lima, 30 de abril del 2024
VISTOS:
El Oficio N° 070 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio N° 01178-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00621-2024-MINDEF/ SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta de fecha 15 de febrero de 2024, el Comandante del Ejército de la República Federativa de Brasil hace extensiva una invitación al Comandante General del Ejército del Perú, para realizar una visita al Ejército Brasileño en el periodo del 6 al 10 de mayo de 2024;
Que, con Oficio N° 077/AGREMIL PERÚ-BRASIL/W-c.3.4, el Agregado Militar Adjunto del Perú en Brasil informa al Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, sobre la invitación realizada al Comandante General del Ejército del Perú para realizar una visita al Ejército de Brasil, del 6 al 10 de mayo de 2024; precisando que, luego de las coordinaciones efectuadas, el invitado puede ir acompañado de un oficial asistente; asimismo, hace conocer que los costos de hospedaje serán de responsabilidad del Ejército Brasileño;
Que, mediante Hoja de Recomendación N° 011/DRIE/W-b.a, elaborada por la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú y aprobada por la Comandancia General de la citada Institución Armada, se designa al General de Ejército César Augusto BRICEÑO VALDIVIA, Comandante General del Ejército del Perú, y al Teniente Coronel EP Yean Carlo TORO ARNEZ, Ayudante del Comandante General del Ejército del Perú, para que participen en una visita al Ejército Brasileño, del 6 al 10 de mayo de 2024;
Que, a través del Dictamen Legal Nº 896-2024/OAJE, el Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército del Perú considera viable la aprobación de la propuesta de resolución ministerial que autoriza el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Ejército César Augusto BRICEÑO VALDIVIA, Comandante General del Ejército del Perú, y al Teniente Coronel EP Yean Carlo TORO ARNEZ, para realizar una visita al Ejército Brasileño, en las ciudades de Brasilia, Goiania, San Pablo y Río de Janeiro - República Federativa de Brasil, del 6 al 10 de mayo de 2024;
Que, la Exposición de Motivos suscrita por el Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el citado viaje al exterior, en comisión de servicio; por cuanto, permitirá continuar con la cooperación e integración entre el Ejército del Perú y el Ejército de Brasil, mejorando las relaciones bilaterales y fortaleciendo la confianza entre ambos Altos Mandos Militares;
Que, de acuerdo a lo informado por el Agregado Militar Adjunto del Perú en Brasil, los gastos por concepto de alojamiento, serán asumidos por el Ejército Brasileño; por lo que, debe otorgarse viáticos hasta un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;
Que, de acuerdo a la Hoja de Gastos suscrita por el Sub Director de Asuntos Internacionales del Ejército del Perú, y el Jefe del Departamento de Planeamiento y Presupuesto de la citada Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales e internos y el financiamiento parcial equivalente al cuarenta por ciento (40%) de viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 del Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG;
Que, asimismo, conforme a las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000002973 y Nº 0000002974, emitidas por el Jefe de la Oficina de presupuesto del Ejército, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficio N° 070 SCGE/N-04 la Secretaría General de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita a este Ministerio gestionar la aprobación de la resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General del Ejército César Augusto BRICEÑO Valdivia, Comandante General del Ejército del Perú, y del Teniente Coronel EP Yean TORO Arnez, para visitar al Ejército Brasileño, a realizarse en las ciudades de Brasilia, Goiania, San Pablo y Río de Janeiro – República Federativa de Brasil, del 06 al 10 de mayo de 2024; así como, autorizar la salida del país el 5 de mayo de 2024 y su retorno el 11 de mayo de 2024;
Que, a través del Oficio N° 01178-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 320-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 00621-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Ejército César Augusto BRICEÑO VALDIVIA, Comandante General del Ejército del Perú, y del Teniente Coronel EP Yean Carlo TORO ARNEZ, para efectuar una visita al Ejército Brasileño, a realizarse en las ciudades de Brasilia, Goiana, San Pablo y Río de Janeiro – República Federativa de Brasil, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Ejército César Augusto BRICEÑO VALDIVIA, Comandante General del Ejército del Perú, con DNI N° 09583941, y del Teniente Coronel EP Yean Carlo TORO ARNEZ, con DNI N° 43296200, para efectuar una visita al Ejército Brasileño, a realizarse en las ciudades de Brasilia, Goiana, San Pablo y Río de Janeiro – República Federativa de Brasil, del 6 al 10 de mayo de 2024; así como autorizar la salida del país, el 5 de mayo y su retorno el 11 de mayo de 2024.
Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima – Brasilia y Río de Janeiro (República Federativa de Brasil) – Lima (clase económica)
US$ 1,997.50 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 3,995.00
Pasajes aéreos: Brasilia – Goiania – San Pablo – Río de Janeiro (clase económica)
US$ 889.45 x 2 personas US$ 1,778.90
Viáticos por comisión de servicio en el exterior (40%)
US$ 148.00 x 5 días x 2 personas = US$ 1,480.00
----------------------
Total a pagar = US$ 7,253.90
Artículo 3.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal autorizado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 4.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2284819-1