Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América para la Implementación del Convenio para Combatir el Uso Indebido y la Producción y el Tráfico Ilícitos de Drogas entre la República del Perú y los Estados Unidos de América suscrito en Lima el 23 de julio de 1996 y acerca de la Interceptación Aérea y la Asistencia Conexa de los Estados Unidos de América

Decreto Supremo que ratifica el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América para la Implementación del Convenio para Combatir el Uso Indebido y la Producción y el Tráfico Ilícitos de Drogas entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, suscrito en Lima el 23 de julio de 1996 y acerca de la Interceptación Aérea y la Asistencia Conexa de los Estados Unidos de América”

DECRETO SUPREMO

Nº 014-2024-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América para la Implementación del Convenio para Combatir el Uso Indebido y la Producción y el Tráfico Ilícitos de Drogas entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, suscrito en Lima el 23 de julio de 1996 y acerca de la Interceptación Aérea y la Asistencia Conexa de los Estados Unidos de América” fue suscrito el 24 de agosto de 2023 en la ciudad de Lima, República del Perú, y aprobado mediante la Resolución Legislativa Nº 32012 de 26 de abril de 2024;

Que, en virtud del numeral 18 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, el presente decreto supremo se encuentra excluido del alcance del AIR Ex Ante por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado instrumento jurídico internacional;

Estando al Informe (DGT-EPT) Nº 11-2023; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56 y 118, inciso 11, de la Constitución Política del Perú y por el primer párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Se ratifica el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América para la Implementación del Convenio para Combatir el Uso Indebido y la Producción y el Tráfico Ilícitos de Drogas entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, suscrito en Lima el 23 de julio de 1996 y acerca de la Interceptación Aérea y la Asistencia Conexa de los Estados Unidos de América”, suscrito el 24 de agosto de 2023 en la ciudad de Lima, República del Perú.

Artículo 2.- Publicación

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos encargado del Despacho de Relaciones Exteriores proceda a publicar en el diario oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley Nº 26647, el texto íntegro del tratado antes referido y la fecha de su entrada en vigor.

Artículo 3.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos encargado del Despacho de Relaciones Exteriores.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

EDUARDO MELCHOR ARANA YSA

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

Encargado del Despacho de Relaciones Exteriores

2285683-2