Modifican la “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - Sinaplan”
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
DE CONSEJO DIRECTIVO
N° 00039-2024/CEPLAN/PCD
Lima, 30 de abril de 2024
VISTO: El Proveído N° 001035-2024-CEPLAN-DE, de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° 000055-2024-CEPLAN-DNSE y el Informe N° 000007-2024-CEPLAN-DNSE-MHR, de la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación, y el Informe N° 00084-2024-CEPLAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, los numerales 3 y 16 del artículo 10, de la citada norma, disponen que una de las funciones generales del CEPLAN es asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; y como función especial del CEPLAN, el desarrollar el seguimiento y evaluación de la gestión estratégica del Estado, que comprende el seguimiento y evaluación de los planes y políticas, los objetivos, los programas y los proyectos prioritarios de desarrollo nacional;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, y modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, establece que la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN aprueba la actualización de guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de políticas y planes a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;
Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00021-2024/CEPLAN/PCD, se aprobó la “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - Sinaplan”, que establece el marco normativo de carácter general del sistema de planeamiento estratégico, que incluye lineamientos en materia de seguimiento y evaluación;
Que, mediante Informe N° 0055-2024-CEPLAN-DNSE e Informe N° 0007-2024-CEPLAN-DNSE-MHR, la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación señala que los procesos de seguimiento y evaluación deben estar orientados a identificar y analizar los factores que han contribuido o limitado el logro de lo planificado, generando recomendaciones basadas en evidencia;
Que, en tal sentido la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación ha identificado que resulta necesario modificar el literal “e” del numeral 7.2, artículo 7, el literal “e” del numeral 31.1, del artículo 31; y el literal “k” del numeral 9.2, del artículo 9 de la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD, “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - Sinaplan”, a fin de que la máxima autoridad administrativa de las Entidades pueda delegar la acción de la aprobación de los informes de evaluación a los órganos de planeamiento o quien haga sus veces, siendo obligación del delegante vigilar la gestión del delegado, a fin de que los procesos al interior de cada entidad no deben estar limitados por actos administrativos que demanden mayor tiempo, sino más bien facilitarlos;
Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, a fin de facilitar la gestión administrativa de los informes de evaluación de las políticas y planes;
Con el visado del Director Ejecutivo, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico- CEPLAN; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM y modificatorias, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales; Decreto Supremo N° 095-2022-PCM, que aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050; Decreto Supremo N° 103-2023-PCM, que aprueba la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050; la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD; la Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - Sinaplan, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00021-2024/CEPLAN/PCD; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2009-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el literal “e” del numeral 7.2, artículo 7 de la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - Sinaplan”, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 7.- Órganos de la Alta Dirección
(..)
7.2. Dentro del proceso de planeamiento estratégico a desarrollar les corresponde ejecutar las siguientes acciones:
(…)
e) “Aprobar los informes de evaluación de las políticas y planes formulados en el marco de su competencia a través de la máxima autoridad administrativa, o delegar la acción de aprobación al órgano de planeamiento o quien haga sus veces en la entidad”.
Artículo 2.- Modificar el literal “e” del numeral 31.1, artículo 31 de la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD, “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - Sinaplan”, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 31.- Responsables del seguimiento y evaluación
31.1 El órgano de planeamiento es el responsable de la gestión del proceso de seguimiento y evaluación. Asimismo, se encarga de:
(…)
e) Gestionar la aprobación de los informes de evaluación con la Alta Dirección, a través de la máxima autoridad administrativa, o aprobarlos en caso se le haya delegado dicha acción.”
Artículo 3.- Modificar el literal “k” del numeral 9.2, del artículo 9, de la Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 9.- Órgano de planeamiento
(…)
9.2. En el marco del planeamiento estratégico, le corresponde ejecutar las siguientes acciones:
(…)
k. Aprobar formalmente el reporte de seguimiento; gestionar la elaboración del informe de evaluación y remitir a la Alta Dirección a través de la máxima autoridad administrativa, o a quien designe, o aprobarlos en caso se le haya delegado dicha acción.
Artículo 4.- Incluir la “Quinta Disposición Complementaria Transitoria”, en la Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD, conforme al siguiente detalle:
“DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
Quinta.- Sobre la aprobación del informe de evaluación correspondiente al año 2023
La aprobación del informe de evaluación correspondiente al año 2023, del PEI-POI y de las Políticas Nacionales podrá ser aprobado por la oficina de planeamiento, o la que haga sus veces.”
Artículo 5.- Disponer que la Oficina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (www.gob.pe/ceplan).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI
Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN
2285005-1