Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
N° D000025-2024-IPEN-PRES
San Borja, 3 de mayo del 2024
VISTOS: El Oficio N° 001309-2023-CG/GRECE del 22 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia General de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República; el Informe N° D000016-2024-IPEN-CONT y el Memorando N° D000143-2024-IPEN-ADMI, emitidos por la Oficina de Administración; el Informe N° D000019-2024-IPEN-PRTO y el Memorando N° D000079-2024-IPEN-PLPR, emitidos por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° D000143-2024-IPEN-ASJU y el Informe N° D000121-2024-IPEN-ASJU, emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 (en adelante, la Ley de Presupuesto 2024), se aprueba, entre otros, el Presupuesto Institucional del Pliego 220: Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN;
Que, mediante la Resolución de Presidencia N° D000166-2023-IPEN-PRES, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Años Fiscal 2024 del Pliego 220: Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, en el marco de lo establecido en la Ley de Presupuesto 2024, por el monto total de S/ 45 553 630,00 (Cuarenta y cinco millones quinientos cincuenta y tres mil seiscientos treinta y 00/100 Soles);
Que, a través de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República (en adelante, la Ley), se establecen las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Control (en adelante, el SNC) y de la Contraloría General de la República (en adelante, la CGR) como ente técnico rector de dicho Sistema;
Que, el Artículo 20° de la Ley, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la CGR para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la CGR, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;
Que, por su parte, a través de la Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, se aprueba la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales” (en adelante, la Directiva), cuyo objetivo es desarrollar los procesos, registro, designación y contratación de las sociedades de auditoría para la ejecución de auditoría financiera gubernamental a las entidades sujetas al SNC, soportados en el Sistema Informático de Sociedades de Auditoría - INFOSOA y otras disposiciones que le sean aplicables;
Que, el Numeral 7.2 de la Directiva, señala que las entidades son incorporadas al Concurso Público de Méritos luego que han pagado por el derecho por designación y que la transferencia financiera por retribución económica ha sido incorporada al presupuesto de la CGR, conforme a lo establecido en la Ley;
Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;
Que, en ese marco, mediante el Oficio N° 001309-2023-CG/GRECE del 22 de diciembre de 2023, la Gerencia General de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República solicita al IPEN efectuar la transferencia financiera a favor de la CGR, con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 por el monto total de S/ 79 651,00 (Setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y uno y 00/100 Soles), por concepto de saldo de la retribución económica de la contratación de la Sociedad de Auditoría encargada de efectuar la auditoría financiera gubernamental del periodo 2024;
Que, en atención a la solicitud de la CGR, a través del Informe N° D000016-2024-IPEN-CONT, la Unidad de Contabilidad de la Oficina de Administración solicita se efectúe la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 por el monto total de S/ 79 651,00 (Setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y uno y 00/100 Soles), por concepto de saldo de la retribución económica de la contratación de la Sociedad de Auditoría encargada de efectuar la auditoría financiera gubernamental del periodo 2024;
Que, mediante el Informe N° D000019-2024-IPEN-PRTO, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable para viabilizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 por el monto total de S/ 79 651,00 (Setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y uno y 00/100 Soles), precisando que, se cuenta con disponibilidad presupuestal según Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000000034 del 25 de enero de 2024;
Que, con Informe N° D000121-2024-IPEN-ASJU, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre la autorización de la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 por el monto total de S/ 79 651,00 (Setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y uno y 00/100 Soles); al haberse dado cumplimiento a los presupuestos establecidos en el Artículo 20° de la Ley;
Que, asimismo, el citado Artículo de la Ley, señala que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; asimismo, la resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web;
Que, al respecto el Artículo 9° y el Literal o) del Artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM, establecen que la Presidencia constituye el más alto nivel de decisión del Instituto y como tal aprueba la política, los objetivos y las metas institucionales en armonía con la política del Sector, ejerce las funciones de Titular del Pliego Presupuestal; teniendo entre sus funciones, la de realizar otras funciones en el ámbito de su competencia;
Que, en ese sentido, corresponde a la Presidencia emitir el acto resolutivo que disponga autorizar la Transferencia Financiera por la suma total de S/ 79 651,00 (Setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y uno y 00/100 Soles), con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 220: Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, por la Fuente de Financiamiento 1 “Recursos Ordinarios”, en la Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias” y Especifica de Gastos 2.4.1.3.1.1 “A otras unidades del Gobierno Nacional”, a favor del Pliego 019: Contraloría General - Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades;
Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, que aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que se debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; la Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, que aprueba la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”; y, en uso de las atribuciones conferidas por el Literal o) del Artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 220: Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, por la suma total de S/ 79 651,00 (Setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y uno y 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General - Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada en el Artículo 1° de la presente Resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 220: Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, de acuerdo con el siguiente detalle:
Categoría Presupuestal |
: |
9001. Acciones Centrales |
Producto |
: |
3999999. Sin Producto |
Actividad |
: |
5000003. Gestión Administrativa |
Finalidad |
: |
0007. Gestión Administrativa y Financiera |
Fuente de Financiamiento |
: |
1. Recursos Ordinarios |
Genérica de gasto |
: |
2.4 Donaciones y Transferencias |
Especifica de Gasto |
: |
2.4.1.3.11 A otras unidades del Gobierno Nacional |
Monto |
: |
S/ 79 651,00 |
Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera que hace referencia el Artículo 1° de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4°.- Publicación
Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y en la sede digital del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN (www.gob.pe/ipen) en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO CÉSAR MALLAUPOMA GUTIÉRREZ
Presidente
2285582-1