Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Ecuador, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 0592-2024-IN
Lima, 3 de mayo de 2024
VISTOS, el Oficio Nº 689-2024-COMOPPOL PNP/DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 000801-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 004-2024 COAM/EMC/C-1, de fecha 23 de enero de 2024, el Jefe del Estado Mayor Conjunto del Comando Operacional de la Amazonía del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa se dirige al Jefe de la IV Macro Región Policial Loreto, con el propósito de cursar invitación para que el personal policial participe en la “XXI Reunión de Mandos Regionales de Frontera Ecuador - Perú, (Sector Oriental)”, a llevarse a cabo del 6 al 10 de mayo de 2024, en la ciudad de Ibarra de la provincia de Imbabura de la República del Ecuador;
Que, con Informes Nºs 052-2024-COMOPPOL/DIRNOS PNP/REGION POLICIAL LORETO-DIVOPS-SECSEFRO.LOG. y 068-2024-COMOPPOL-DIRNOS PNP/REGPOLOR-DIVOPUS-SECSEFRO-SEC., la Región Policial Loreto de la Policía Nacional del Perú sustenta la importancia y viabilidad de la designación del Comandante de la Policía Nacional del Perú LUIS ALBERTO MESIAS PEDRAZA, para que participe en la comisión descrita precedentemente;
Que, a través de la Hoja de Estudio y Opinión Nº 101-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente proseguir con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante de la Policía Nacional del Perú LUIS ALBERTO MESIAS PEDRAZA, del 5 al 11 de mayo de 2024, a la ciudad de Ibarra de la provincia de Imbabura de la República del Ecuador, precisando que, resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto el referido evento tiene como objetivo fortalecer el flujo de intercambio de información, ideas y experiencias entre las unidades de fronteras militares y policiales de ambos países, sobre la situación de las amenazas y factores de riesgo existente, así como las medidas de confianza mutua, coadyuvando al desarrollo social en la zona de frontera común, permitiendo alcanzar acuerdos en el ámbito de seguridad fronteriza, a fin de hacer frente a dichas amenazas;
Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior; mientras que los gastos de estadía y alimentación son asumidos por el país anfitrión, de conformidad con lo señalado en el Reglamento para la organización y funcionamiento de las Reuniones de Mandos Regionales de Frontera (RMRF) entre la República del Perú y la República del Ecuador, el Informe Nº 84-2024-COMOPPOL/DIRASINT/SEC/OFAD-ULOG y la Hoja de Estudio y Opinión Nº 101-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;
Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)”;
Que, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;
Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”;
Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;
Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante de la Policía Nacional del Perú LUIS ALBERTO MESIAS PEDRAZA, del 5 al 11 de mayo de 2024, a la ciudad de Ibarra de la provincia de Imbabura de la República del Ecuador;
Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante de la Policía Nacional del Perú LUIS ALBERTO MESIAS PEDRAZA, del 5 al 11 de mayo de 2024, a la ciudad de Ibarra de la provincia de Imbabura de la República del Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida y retorno, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto, del Comandante de la Policía Nacional del Perú LUIS ALBERTO MESIAS PEDRAZA son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo con el siguiente detalle:
Importe |
Personas |
Total |
|
Pasajes aéreos |
US$ 829,00 |
1 |
US$ 829,00 |
Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Walter Ortiz Acosta
Ministro del Interior
2285703-1