Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Oficializan aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2027 del Pliego IMARPE (ampliación de temporalidad)

Oficializan aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2027 del Pliego IMARPE (ampliación de temporalidad)

Resolución de Dirección Ejecutiva CientÍfica Nº 041-2024-imarpe/dec

Callao, 30 de abril de 2024

VISTOS:

La Resolución de Dirección Ejecutiva Científica Nº 087-2023-IMARPE/DEC de fecha 26 de mayo de 2023; el Comunicado Nº 0003-2024/CEPLAN de fecha 18 de enero de 2024, del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Oficio Nº 068-2024-PRODUCE/OGPPM de fecha 24 de abril de 2024, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción; el Memorándum Nº 148-2024-IMARPE/OGPP, de fecha 02 de abril de 2024, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 077-2024-IMARPE/OGAJ, de fecha 03 de abril de 2024, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, el Acuerdo Nº 020-2024-CD/E adoptado en la Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo del IMARPE, celebrada el 26 de abril de 2024;

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Ministerial Nº 168-2022-PRODUCE, a través de la cual se aprueba la ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2024 del Sector Producción, hasta el año 2025; quedando denominado como: “Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2025 del Sector Producción”, disponiendo que el Ministerio de la Producción y sus organismo públicos adscritos revisen la concordancia de sus respectivos Planes Estratégicos con el Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM 2017-2025 del Sector Producción;

Que, mediante la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva Nº 001-2017/CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, que tiene por objetivo establecer los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional- PEDN, en el marco del Ciclo de Planeamiento estratégico para la mejora continua;

Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD, se aprobó la Guía que establece pautas para el Planeamiento Institucional, en el marco del ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua, la misma que fue modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 062-2017/CEPLAN/PCD, Nº 053-2018/CEPLAN/PCD y Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, a través de la cual se establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Científica Nº 087-2023-IMARPE/DEC de fecha 26 de mayo de 2023, se aprobó la ampliación de la temporalidad del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2025 del IMARPE, aprobado por la Resolución de Dirección Ejecutiva Científica Nº 064-2021-IMARPE/DEC, al 2020-2026;

Que, el Comunicado Nº 0003-2024/CEPLAN de fecha 18 de enero de 2024, indica que los Pliegos que no cuentan con PESEM aprobado alineado al PEDN 2050, deberán solicitar ampliación de horizonte del PEI para coberturar su POI Multianual 2025-2027. Asimismo, CEPLAN recomienda que el nuevo PEI que se formule, sea de los años 2025-2030, consistencia con el PESEM aprobado y alineado al PEDN 2050, previa consideración en el Informe de Evaluación de Resultado;

Que, el Ministerio de la Producción remite el Oficio Nº 068-2024-PRODUCE/OGPPM de fecha 24 de abril de 2024, adjuntando el Informe Nº 065-2024-PRODUCE/OPM de su Oficina de Planeamiento y Modernización; que en sus conclusiones menciona que la propuesta de ampliación del PEI del IMARPE guarda consistencia y coherencia con los lineamientos estratégicos del PESEM 2017-2025 y con lo mencionado por CEPLAN. Asimismo, considera las metas tanto de los OEI como de las AEI hasta el 2027;

Que, mediante el Oficio Nº 309-2024-CEPLAN-DNCP de fecha 26 de marzo de 2024, remite el informe Técnico Nº 124-2024-CEPLAN-DNCPPEI, se verifica y valida que el PEI del IMARPE ha sido ampliado en aplicación a las orientaciones que establece el Comunicado Nº 0003-2024-CEPLAN y la Guía para el Planeamiento Institucional modificada con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 016-2019/CEPLAN/PCD;

Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Memorándum Nº 148-2024-IMARPE/OGPP, de fecha 02 de abril de 2024, informa a la Gerencia General que el PEI 2020-2027, ha sido revisado y ampliado su temporalidad en forma consensuada por las Unidades Orgánicas de la entidad, considerando los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM 2017-2025), alineado al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN y la Política General de Gobierno vigente. En ese sentido, dicha Oficina alcanza la versión final del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2027 del Pliego IMARPE, solicitando la aprobación por parte de la Alta Dirección mediante acto resolutivo;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 077-2024-IMARPE/OGAJ, de fecha 03 de abril de 2024, manifiesta que resulta jurídicamente viable aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2027 del Pliego IMARPE (ampliación de temporalidad), el mismo que ha sido ampliado en aplicación a las orientaciones que establece el CEPLAN, conforme a lo indicado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

Que, el literal h) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE, señala que son funciones de la Dirección Ejecutiva Científica presentar al Consejo Directivo el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional para su aprobación. En ese sentido, la Dirección Ejecutiva Científica sometió a consideración del Consejo Directivo el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2027 del Pliego IMARPE (ampliación de temporalidad), el mismo que ha sido ampliado en aplicación a las orientaciones que establece el Comunicado Nº 0003-2024-CEPLAN y la Guía para el Planeamiento Institucional modificada con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 016- 2019/CEPLAN/PCD;

Que, de conformidad con el inciso d) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 345-2012- PRODUCE, la función del Consejo Directivo es aprobar, entre otros, el Plan Estratégico Institucional, y resultando necesario asegurar la continuidad de las actividades propias de la entidad, corresponde al Consejo Directivo del IMARPE, aprobar el Plan Estratégico Institucional – PEI 2020-2027 del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, para los efectos una vez aprobado por el Consejo Directivo, se debe emitir el acto administrativo oficializando la aprobación del referido Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2027 del Pliego IMARPE (ampliación de temporalidad);

Que, en ese sentido, el Consejo Directivo del IMARPE, en su Segunda Sesión Extraordinaria celebrada el 26 de abril de 2023, mediante Acuerdo Nº 020-2024-CD/E, aprobó la ampliación de temporalidad del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2026 del IMARPE al año 2027;

Que, de acuerdo con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN-PCD, que aprueba la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”; la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD, y modificatorias, a través de la cual se aprobó la “Guía para el Planeamiento Institucional”; la Resolución Ministerial Nº 168-2022-PRODUCE, a través de la cual se aprobó la ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2024 del Sector Producción, hasta el año 2025; quedando denominado como: “Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2025 del Sector Producción”; y la Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE.

Con el visado de la Gerencia General y las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Oficializar la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2027 del Pliego IMARPE (ampliación de temporalidad), el mismo que ha sido ampliado en aplicación a las orientaciones que establece el CEPLAN, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto efectúe el seguimiento y la evaluación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2027 del Pliego IMARPE (ampliación de temporalidad).

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, y su Anexo en el Portal de Transparencia Estándar del Instituto del Mar del Perú (www.imarpe.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RENATO GUEVARA CARRASCO

Director Ejecutivo Científico

2285373-1