Ordenanza Municipal que establece beneficios para la regularización de deudas tributarias y no tributarias
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 05-2024/MDV
Ventanilla, 26 de abril de 2024
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal virtual y presencial de fecha 26 de abril de 2024, el Memorando Nº 078-2024/MDV-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Memorando Nº 841-2024/MDV-GPLP de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, el Informe Nº 749-2024-MDV/GPLP-SGP de la Subgerencia de Presupuesto, el Informe Legal Nº 122-2024/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 3767-2024 de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 003-2024/MDV-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, respecto a la propuesta de Ordenanza Municipal que establece beneficios para la regularización de deudas tributarias y no tributarias en el distrito de Ventanilla; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el Dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Legales, así como la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, emitió la siguiente norma:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE BENEFICIOS PARA LA REGULARIZACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS
Artículo 1.- APROBAR la Ordenanza Municipal que establece beneficios para la regularización de deudas tributarias y no tributarias, la misma que consta de cuatro artículos, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º del D.S. Nº 001-2009-JUS.
Artículo 2.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la difusión y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza, sea anticipando, prorrogando o levantando los efectos de la presente.
Artículo 3.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a Ley.
Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 5.- DEROGAR toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JHOVINSON HUGO VASQUEZ OSORIO
Alcalde
2284886-1