Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana Pasco 2024 - 2027

Aprueban el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana Pasco 2024-2027

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL

Nº 510-2024-G.R.P/CR

APROBAR EL PLAN DE ACCION REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA PASCO 2024 -2027

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias, en la Quinta Sesión Ordinaria, desarrollado el cinco de marzo del año dos mil veinticuatro, ha aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente:

VISTOS:

El Dictamen N° 003-2024-GRP-CR/CODSDHMFJ emitido por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Derechos de la Mujer, la Familia y Juventudes; Informe Técnico N° 001-2024-GRP/P-CORESEC-P emitido Lic. Juan Carlos Calero López; Informe Legal N° 0055-2024-G-GR/DRAJ emitido por Abog. Waldemar Isidro Santos Espinoza; Oficio Nº 003-2024-GRP/P-CORESEC-P emitido por Lic. Juan Luis Chombo Heredia; Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2024-2027; Acta de Reunión extraordinaria del Comité Regional de Seguridad Ciudadana Pasco-para Validación del Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2024-2027; Acta de Reunión del Comité Regional de Seguridad Ciudadana Pasco;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680-“Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV”, establece que “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador (…)”;

Que, en el artículo 2° de la Ley 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobierno Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;

Que, según la LEY-27933 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Se entiende por Seguridad Ciudadana, para efectos de esta Ley, a la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacifica, la erradicación de la violencia y la utilización pacifica de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas;

Que, según la citada en el Artículo 13º.- Comités Regionales, Provinciales y Distritales precisa: “Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñado por el CONASEC. Igualmente supervisan y evalúan su ejecución”;

Que según la segunda Disposición Complementaria Transitoria del DECRETO SUPREMO Nº 011-2014-IN reglamento de la LEY-27933 establece que la Formulación y aprobación de Planes de Seguridad Ciudadana. Los Planes de Seguridad Ciudadana en el ámbito regional, provincial y distrital que se encuentren en ejecución al momento de entrar en vigencia el presente Decreto Supremo, mantienen su validez, en tanto se adecúen al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 20132018, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013-IN;

Que según el numeral 6.2 de las Disposiciones Generales de la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC, “Lineamientos técnicos para la formulación, aprobación, implementación y actualización de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana” aprobado mediante RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0786-2023-IN. Menciona que; “El comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) y el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) proponen ante los Gobiernos Regional, Municipalidad Provincial y Municipalidad Distrital la aprobación de las propuestas del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana (PARSC), Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana (PAPSC) y Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC), según corresponda”;

Que, mediante Directiva N° 006-2023-IN-DGSC, “Lineamientos técnicos para la formulación, aprobación, implementación y actualización de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana” y dictan diversas disposiciones aprobado mediante RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0786-2023-IN;

Que, según el numeral 7.1.2.2 de las Disposiciones Específicas de la mencionada Directiva N° 006-2023-IN-DGSC “Lineamientos técnicos para la formulación, aprobación, implementación y actualización de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana” precisa que: “El Consejo Regional del Gobierno Regional aprueba el PARSC mediante Ordenanza Regional en el más corto plazo, logrando cumplir este objetivo antes del término del mismo año de su formulación”;

Que, en el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2024-2027 se han establecido cuatro Factores de riesgo que afectan a la Seguridad Ciudadana siendo los siguientes: Factores Escolares; El porcentaje de deserción escolar en adolescentes del nivel secundario en la región de Pasco ha presentado una tendencia irregular, siendo el valor más alto presentado en el año 2015 (6,9%). Asimismo, la región Pasco se encuentra en la posición 11 con relación al resto de regiones del país (incluyendo a Callao y Lima Metropolitana como regiones). Analizando la posición de la región Pasco durante el periodo planteado (2015-2021), durante los años 2019 y 2020 se registró una disminución del porcentaje, incrementando para el año 2021, durante la pandemia por la COVID-19. El porcentaje de deserción escolar en adolescentes del nivel secundario en la región de Pasco ha presentado una tendencia irregular, siendo el valor más alto presentado en el año 2015 (6,9%). Asimismo, la región Pasco se encuentra en la posición 11 con relación al resto de regiones del país (incluyendo a Callao y Lima Metropolitana como regiones). Analizando la posición de la región Pasco durante el periodo planteado (2015-2021), durante los años 2019 y 2020 se registró una disminución del porcentaje, incrementando para el año 2021, durante la pandemia por la COVID-19. Factores Sociales; El consumo de drogas legales e ilegales en estudiantes de secundaria en Pasco durante el año 2017 se dio de la siguiente manera, en la posición 22 se encuentra el consumo de drogas ilegales y en la posición 23 el consumo de drogas legales, ello en relación al resto de regiones del país (incluyendo a Callao y Lima Metropolitana como regiones). El número de denuncias por pandillaje pernicioso en la región de Pasco ha presentado una tendencia creciente, siendo el valor más alto presentado en el año 2018 (3,7%). Asimismo, la región Pasco se encuentra en la posición 1 con relación al resto de regiones del país (incluyendo a Callao y Lima Metropolitana como regiones). Factores Socioeconómicos; El porcentaje la población joven entre 15 y 29 años que ni estudia ni trabaja en la región de Pasco ha presentado una tendencia decreciente, siendo el valor más alto presentado en el año 2020 (22,7%) debido a la pandemia por la COVID-19, año en que se dictó una serie de medidas restrictivas como la cuarentena obligatoria. Asimismo, la región Pasco se encuentra en la posición 17 con relación al resto de regiones del país (incluyendo a Callao y Lima Metropolitana como regiones). Factores familiares; El número de casos de violencia a niños, niñas y adolescentes en el entorno familiar en la región de Pasco ha presentado una tendencia creciente, siendo el valor más alto presentado en el año 2019 (1958). Analizando la posición de la región Pasco durante el periodo planteado (2015-2022), en el año 2020 disminuyo las incidencias respecto al 2019, incrementando para los años 2021 al 2020;

Que, mediante Informe Técnico N° 001-2024-GRP/P-CORESEC-P de fecha 17 de octubre del 2022 emitido Lic. Juan Carlos Calero López manifiesta lo siguiente; Que, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2024-2027 “Contiene la información general, factores de riesgo que afectan a la seguridad ciudadana, la situación actual de la inseguridad ciudadana y la matriz de priorización de hechos delictivos. Explica textualmente cual es la tendencia del indicador señalado en el grafico anterior respecto a los últimos 7 años en la región de Pasco. Asimismo, precisa la ubicación de la región a nivel nacional respecto a este indicador.”; a su vez también recomienda Solicitar una Opinión Legal del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana Pasco 2024-2027, para posteriormente solicitar la Aprobación mediante Ordenanza Regional, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 27933;

Que, mediante Acta de Reunión extraordinaria del Comité Regional de Seguridad Ciudadana Pasco-Para Validación del Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2024-2027 de fecha 06 de noviembre del 2024 en el cual se aprobó y valido el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2024-2027 por las autoridades de la Región Pasco;

Que mediante Informe Legal N° 0055-2024-G-GR/DRAJ de fecha 18 de enero del 2024 emitido por Abog. Waldemar Isidro Santos Espinoza opina lo siguiente: Que, se recomienda APROBAR el “PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA PASCO 2024-2027”, mediante Ordenanza Regional, a fin de dar cumplimiento a los establecido en la Ley N° 27933;

Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y, el literal a) del artículo 15° de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional;

Que, en la Quinta Sesión Ordinaria de Consejo Regional de Pasco, de fecha cinco de marzo de dos mil veinticuatro, en la estación de orden del día, el presidente de la Comisión ordinaria de Desarrollo Social, Derechos de la Mujer Humanos de la Mujer, la Familia y Juventudes, pone consideración y sustenta ante el pleno del consejo regional, el Dictamen N° 003-2024- GRP-GR/CODSDHMFJ, aprobado por unanimidad, la propuesta de la aprobación del PLAN DE ACCION REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA. Asimismo, fue aprobado por unanimidad la dispensa de la lectura del acta y aprobación;

Que, estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco ha emitido la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:

Artículo Primero.- APROBAR EL PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA PASCO 2024-2027, que consta de (01) anillado con (48) Folios que contiene los numerales: 1. Diagnóstico; 2. Recursos; 3. Marco Estratégico.

Artículo Segundo.- ENCARGAR al Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) la implementación de la presente Ordenanza Regional en la formulación de sus documentos de gestión para el adecuado funcionamiento de su organización y ejecución del PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA PASCO 2024-2027.

Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente ordenanza del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

Artículo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional de conformidad con el Artículo 42º de la Ley 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, así mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.

Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación.

YON JILMER BONILLA MALPARTIDA

Presidente del Consejo Regional

POR TANTO:

Mando se Publique, Registre y Cumpla.

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, de fecha cinco de marzo del año dos mil veinticuatro.

JUAN LUIS CHOMBO HEREDIA

Gobernador Regional

2277395-1