Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban transferencia a favor de la Contraloría General de la República

Aprueban transferencia a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

Nº 023-2024-MIDAGRI-SSE/PE

Lince, 2 de mayo de 2024

VISTOS:

El Oficio Nº 1284-2024-CG/GRECE, el Gerente de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República, el Informe Nº 040-2024-MIDAGRI-SSE/OA-UC de la Unidad de Contabilidad, el Memorando Nº 151-2024-MIDAGRI-SSE/OA de la Oficina de Administración, el Memorando Nº 405-2024-MIDAGRI-SSE/GG de la Gerencia General, el Informe Nº 068-2024-MIDAGRI-SSE/OAJ de la Oficina de Asesoría Juridica y el Informe Nº 142-2024-MIDAGRI-SSE/GG de la Gerencia General y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28890 modificada con la Ley Nº 30495, crea el organismo público denominado Sierra y Selva Exportadora, con personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; constituyendo un Pliego Presupuestal que tiene entre sus objetivos la creación de condiciones y mecanismos que permitan diversificar las actividades productivas de la economía de la zona rural andina y amazónica;

Que, el artículo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3º de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;

Que, la Directiva Nº 012-2020-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 303-2020-CG y modificatorias, señala en el numeral 7.2 relacionado al Proceso de Designación de las Sociedades de Auditoría, que el Concurso Público de Méritos se convoca después que las Entidades efectúan la transferencia financiera a la CGR para la contratación de las SOA, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27785 y al requerimiento efectuado por la GAD según lo dispuesto en el Tarifario y por el periodo de designación establecido en el Cronograma Anual de los CPM, y su incorporación al presupuesto de la CGR;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 237- 2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, con Oficio Nº 1284-2024-CG/GRECE, el Gerente de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República, reitera la solicitud de información pendiente para designar y contratar a la Sociedad Auditora por los periodos 2023 y 2024, otorgando las siguientes alternativas:

• Realizar la transferencia del 50% de la retribución económica del periodo 2024 y remitir una certificación presupuestal por el saldo cuyo desembolso debe efectuarse a más tardar en el mes de octubre de 2024.

• Realizar la trasferencia del 50% de la retribución económica y remitir una constancia de previsión presupuestal por el saldo con cargo al presupuesto 2025.

Que, con el Informe Nº 040-2024-MIDAGRI-SSE/OA-UC, la Unidad de Contabilidad, señala que es pertinente transferir a la Contraloría General de la Republica el importe de S/ 27 187,00, y efectuar el pago del derecho de designación por el periodo 2024, por el importe de S/ 2 765,00;

Que con el Memorando de Certificación Nº 299-2024-MIDAGRI-SSE/OPPM-UPRES y el Memorando de Certificación Nº 301-2024-MIDAGRI-SSE/OPPM-UPRES, la Unidad de Presupuesto, expide las certificaciones de crédito presupuestal Nº 371 y 372 por los montos de S/ 27 187,00 (50% de la retribución económica del periodo 2024) y de S/ 2 765,00 (pago único por el derecho de designación para el periodo 2024) respectivamente, a fin de atender lo solicitado por la Contraloría General de la Republica. Asimismo, adjunta la Previsión Presupuestal Nº 022-2024, por el valor de S/ 27 187,00 (50% de la retribución económica del periodo 2024).

Que, con el Memorando Nº 151-2024-MIDAGRI-SSE/OA, la Oficina de Administración, solicita opinión legal a fin de que se continúe con el trámite de la trasferencia a la Contraloría General de la Republica;

Que, con el Memorando Nº 405-2024-MIDAGRI-SSE/GG, la Gerencia General, solicita opinión legal, respecto a la transferencia financiera ante la Contraloría General de la República, por concepto de contratar a la SOA para los periodos 2023 – 2024;

Que, con el Informe Nº 068-2024-MIDAGRI-SSE/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, opina viable que se rrealice la transferencia del 50% de la retribución económica del periodo 2024, a favor de la Contraloria General de la Republica, por el importe de S/ 27 187,00, así como efectuar el pago del derecho de designación por el periodo 2024, por el importe de S/ 2 765,00, así como la previsión presupuestal de la diferencia con cargo al presupuesto 2025;

Con los vistos, de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina de Administración, y;

De conformidad con la Ley Nº 28890, Ley que crea Sierra Exportadora, modificada por Ley Nº 30495, la Ley Nº27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3º de la Ley Nº30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, la Directiva Nº 012-2020-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 303-2020-CG y modificatorias, y la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Aprobar la transferencia del 50% de la retribución económica del periodo 2024, a favor de la Contraloria General de la Republica, por el importe de S/ 27 187,00, así como efectuar el pago del derecho de designación por el periodo 2024, por el importe de S/ 2 765,00, así como la previsión presupuestal de la diferencia con cargo al presupuesto 2025.

Artículo 2.- Financiamiento

Para la transferencia del 50% de la retribución económica del periodo 2024, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 018: Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias” por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 27 187,00.

Para el pago por derecho de designación por el periodo 2024, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 018: Genérica de Gasto 2.5 “Otros Gastos” por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 2 765,00.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación

Disponer que la presente resolución se publique en el Portal Institucional de Sierra y Selva Exportadora y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ARMANDO LLANOS CABANILLAS

Presidente Ejecutivo

2285690-1