Miércoles, 04 de diciembre 2024 - Diario digital del Perú

Otorgan condecoración póstuma de la Orden de las Artes y las Letras

Otorgan condecoración póstuma de la Orden de las Artes y las Letras

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 000117-2024-MC

San Borja, 21 de marzo de 2024

VISTOS: el Proveído N° 003013-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; Memorando N° 000019-2024-DDC CALLAO/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao; el Expediente
N° 0037168-2024; el Informe N° 000357-2024-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 000415-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Memorando N° 000019-2024-DDC CALLAO/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao propone se otorgue en forma póstuma al señor Óscar Guillermo Avilés Arcos, la condecoración de la Orden de las Artes y las Letras para lo cual acompaña el expediente correspondiente;

Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el numeral 5.1 de la Directiva N° 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC dispone que una de las categorías de los reconocimientos que otorga el Ministerio de Cultura es la Orden de las Artes y las Letras, creado por Resolución Suprema N° 011-2010-MC, como máximo reconocimiento que se otorga a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el Reglamento que regula el procedimiento para el otorgamiento de la condecoración de la Orden de las Artes y las Letras, aprobado por Resolución Ministerial N° 076-2010-MC dispone que la distinción se otorga por resolución ministerial, previo informe de un Comité Evaluador integrado por tres personas que desempeñan funciones o actividades en el ámbito cultural y que deben guardar independencia y objetividad en lo que les corresponda calificar;

Que, a través del Expediente N° 0037168-2024 el Comité Evaluador, conformado por Resolución Ministerial N° 000097-2024-MC, alcanza el informe para otorgar la distinción propuesta;

Que, en el aludido instrumento se indica, respecto del valor identitario, que la obra del maestro Avilés, tiene una gran importancia en cuanto al fortalecimiento de la identidad nacional, porque expresa la idiosincrasia del poblador costeño, particularmente limeño. Él recoge, a través de su obra, las manifestaciones musicales tradicionales de los géneros, tales como: el valse, la marinera, el tondero y los ritmos afroperuanos;

Que, en relación con el valor creativo, señala que el maestro aporta creativamente un estilo particular de tañer la guitarra, y en ese fluir, aporta técnicas, glissandos, bordonas, silencios, pausas, como un sello inconfundible y único dentro de la guitarra criolla;

Que, en lo que atañe a la trascendencia, indica que la obra del maestro trasciende a las nuevas generaciones y queda como un aporte fundamental. En este camino, los jóvenes guitarristas del presente y del futuro, son los llamados a estudiar y volar sobre la base de su gran legado, de manera que la tradición y la contemporaneidad se dan de la mano. Agrega, además, que el maestro aportó de diversas maneras a la evolución de la música criolla. Desde el desarrollo de la sonoridad de la guitarra criolla, que se transformará en identitaria y diferenciadora;

Que, sobre las cualidades del candidato, agrega, una de las principales cualidades musicales del maestro Avilés, es su ejecución prístina, desarrollando un estilo propio dentro de la guitarra criolla tradicional clásica. Sumado a su inconfundible toque, arranques, pausas, silencios largos y crispantes, solía respetar el ritual del silencio, los matices, intensidades y caídas con total maestría;

Que, finalmente, sentencia que el maestro Avilés se transformó en la mejor estrategia de exportación de la identidad costera del Perú; no habiendo jarana criolla en dónde los ejecutantes no reproduzcan y recreen su forma de ejecutar la guitarra, transformando la experiencia de la música en un rito de encuentro con lo más íntimo de nuestra identidad;

Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes mediante Informe N° 000357-2024-DGIA-VMPCIC, con sustento en el Informe N° 001542-2024-DIA-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección de Artes, recoge los argumentos del informe del Comité Evaluador y emite opinión favorable para otorgar la distinción al señor Óscar Guillermo Avilés Arcos, en la medida que su obra es relevante para el fortalecimiento de la identidad nacional, porque expresa la idiosincrasia del poblador costeño, particularmente limeño; recogiendo a través de su obra, las manifestaciones musicales tradicionales de los géneros, tales como: el valse, la marinera, el tondero y los ritmos afroperuanos;

Que, estando a los fundamentos expuestos, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue la condecoración de la Orden de las Artes y las Letras al señor Óscar Guillermo Avilés Arcos, en tal sentido, los informes citados constituyen parte de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Directiva N° 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC y el Reglamento que regula el procedimiento para el otorgamiento de la condecoración de la Orden de las Artes y las Letras, aprobado por Resolución Ministerial N° 076-2010-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la condecoración póstuma de la Orden de las Artes y las Letras al señor ÓSCAR GUILLERMO AVILÉS ARCOS por su contribución a la preservación, desarrollo y difusión de la música peruana criolla y afroperuana, contribuyendo al desarrollo cultural del país.

Artículo 2.- Disponer la publicación de esta resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA

Ministra de Cultura

2273325-1