Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan la publicación de la Resolución Administrativa N° 033-2024-J-ODANC-PJ/CSJLI que aprueba el Rol de Visitas Judiciales de Prevención y Supervisión (Visitas Ordinarias) para el año 2024 a los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima

Autorizan la publicación de la Resolución Administrativa N° 033-2024-J-ODANC-PJ/CSJLI, que aprueba el Rol de Visitas Judiciales de Prevención y Supervisión (Visitas Ordinarias) para el año 2024, a los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000225-2024-P-CSJLI-PJ

Lima, 21 de marzo del 2024

VISTO: Oficio N° 230-2024-J-ODANC-P/CSJLI;

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Oficio N° 230-2024-J-ODANC-PJ/CSJLI, la Jefa de Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control de la Corte Superior de Justicia de Lima, pone de conocimiento de esta Presidencia, la Resolución Administrativa N° 033-2024-J-ODANC- PJ/CSJLI de fecha 14 de marzo del 2024, por el cual, resolvió aprobar el Rol de Visitas Judiciales de Prevención y Supervisión (Visitas Ordinarias) para el presente año, a los órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, disponiendo su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 001-2023-JN-ANC-PJ, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, estableciéndose en cuanto a las funciones de la Jefatura de las Oficinas Descentralizadas de Control, conforme lo expuesto en el numeral del artículo 42° numeral 6:“Dirigir la inspección o supervisión del funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y dependencias del PJ, y el cumplimiento de los deberes del personal judicial; así como, aprobar el programa de visitas a los mismos en el ámbito de su competencia”.

Tercero. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario autorizar la publicación del Rol de Visitas Judiciales de Prevención y Supervisión (Visitas Ordinarias), aprobado por la Resolución Administrativa N° 033-2024-J-ODANC-PJ/CSJLI, debido a la importancia de las función contralora respecto al funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, la misma que tienen como objeto mejorar la dirección de la política interna de este Distrito Judicial, a efectos de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables.

Cuarto. Que, esta Presidencia en uso de las facultades conferidas en los numerales 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

RESUELVE:

AUTORIZAR la publicación de la Resolución Administrativa N° 033-2024-J-ODANC-PJ/CSJLI de fecha 14 de marzo del 2024, en el Diario Oficial “El Peruano”, la misma que forma parte integrante de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ

Presidente de la CSJLima

Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control de Lima

PODER JUDICIAL

Jefatura

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 033-2024-J-ODANC-PJ/CSJLI

Lima, 14 de marzo de 2024

CONSIDERANDO:

Primero. La Oficina Descentralizada de Control de la Autoridad Nacional de Control (en adelante ODANC), es un órgano desconcentrado que tiene como responsabilidad ejecutar acciones preventivas dirigidas a erradicar y prevenir inconductas funcionales de los jueces y auxiliares en el ámbito de su competencia, igualmente de realizar labores de supervisión, inspección, e investigación preliminar; y de ser el caso, instaurar el procedimiento administrativo disciplinario correspondiente, sancionar y proponer las destituciones según la normativa vigente, pudiendo disponer, adoptar o levantar medidas preventivas y cautelares, en el marco del procedimiento administrativo disciplinario a su cargo.

Segundo. Mediante la Resolución Administrativa Nº 003-2023-JN-ANC-PJ, la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial dispuso que: “los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de la Autoridad Nacional de Control (ex Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura) de las Cortes Superiores de Justicia de la República, ASUMAN sus respectivas Jefaturas, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones y al Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario y de las Medidas de Prevención de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, …”. A tenor de lo antes señalado, se ha conferido a esta Jefatura amplias facultades de gestión otorgadas por el numeral 1°: “Gestionar y garantizar el cumplimiento de las funciones de la ODANC-PJ” y 3°: “Organizar, dirigir y controlar las actividades de la ODANC-PJ en el ámbito de su competencia” del artículo 42° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial.

Tercero. En cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 6° del artículo 42° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, esta Jefatura se encuentra habilitada para dirigir la inspección o supervisión del funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y dependencias del PJ, y el cumplimiento de los deberes del personal judicial; así como, aprobar el programa de visitas a los mismos en el ámbito de su competencia.

Cuarto. Las visitas judiciales tienen como finalidad realizar acciones de prevención para evitar inconductas funcionales y, asimismo evaluar cualitativa y cuantitativamente la conducta y desempeño funcional de los jueces y auxiliares jurisdiccionales, con el fin de detectar deficiencias en el servicio de justicia y dictar los correctivos disciplinarios y/o, en su caso, proponer su corrección ante las autoridades competentes1; estableciéndose como objeto2: a) Verificar el cumplimiento del horario de trabajo y, demás deberes y obligaciones que la ley imponga a los jueces y auxiliares jurisdiccionales del Poder Judicial. En caso de detectarse tardanza, impuntualidad o inasistencia por parte del personal jurisdiccional, se informará a la ofi cina administrativa correspondiente para el ejercicio de sus atribuciones de acuerdo a ley. b) Supervisar el uso obligatorio de las herramientas informáticas implementadas por el Poder Judicial - “El Juez te escucha, programa tu cita”, y “Casilleros Judiciales de Jueces y Juezas”, y otros análogos con la finalidad de brindar un mejor servicio de justicia. Evaluar el desempeño funcional de los jueces y auxiliares jurisdiccionales de las Oficinas Descentralizadas de la ANC-PJ en sus respectivas actividades funcionales, identificando las etapas en las que se produce mayor dilación en los procesos judiciales, y evaluar la estadística del órgano jurisdiccional o de control visitado. d) Evaluar las actividades de las Oficinas Descentralizadas de la ANC-PJ. e) Recibir las quejas verbales y escritas formuladas en el transcurso de la visita, debiendo recabar en lo posible los elementos probatorios o indicios del hecho cuestionado. f) Detectar las causas y efectos de las deficiencias en el resultado del servicio judicial, formulando propuestas y recomendaciones para superarlas; incluyendo la infraestructura y condiciones de trabajo en las cuales el personal judicial desarrolla sus actividades materia de control. g) Recoger las opiniones e inquietudes de los visitados, los justiciables y las autoridades de la localidad, si las circunstancias lo permitieran, sobre los problemas del servicio de justicia.

Quinto. Habiéndose recibido los informes Nº 142-2024-CAAL-OCPAD-ANC/PJ y Nº 007-2024-NPA-R-OCPC-ANC-PJ de la Oficina Central del Procedimiento Administrativo Disciplinario y de la Oficina Central de Control Preventivo y Concurrente de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial respectivamente; y, en atención a las facultades contraloras de esta ODANC es preciso que se apruebe el rol de visitas judiciales de prevención y supervisión (Visitas Ordinarias) para el presente año, conforme al siguiente cuadro:

VISITAS ORDINARIAS POR SEDE DE MARZO A NOVIEMBRE 2024

ORGANOS JURISDICCIONALES

SEDE

MES

1

1° SALA CONSTITUCIONAL

Sede Alzamora Valdez

2

1° SALA PENAL LIQUIDADORA

Sede Zavala

3

4° SALA PENAL DE APELACIONES

Sede Central del CPP

4

5° SALA PENAL DE APELACIONES

Sede Central del CPP

5

1° JUZGADOS CIVILES TRANSITORIOS

Sede Alzamora Valdez

6

2° JUZGADOS CIVILES TRANSITORIOS

Sede Alzamora Valdez

7

3° JUZGADOS CIVILES TRANSITORIOS

Sede Alzamora Valdez

8

4° JUZGADOS CIVILES TRANSITORIOS

Sede Alzamora Valdez

9

5° JUZGADOS CIVILES TRANSITORIOS

Sede Alzamora Valdez

10

6° JUZGADOS CIVILES TRANSITORIOS

Sede Alzamora Valdez

11

7° JUZGADOS CIVILES TRANSITORIOS

Sede Alzamora Valdez

12

8° JUZGADOS CIVILES TRANSITORIOS

Sede Alzamora Valdez

13

9° JUZGADOS CIVILES TRANSITORIOS

Sede Alzamora Valdez

14

10° JUZGADOS CIVILES TRANSITORIOS

Sede Alzamora Valdez

MARZO

15

11° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

16

33° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

17

14° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

18

23° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

19

25° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

20

31° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

21

32° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

22

34° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

23

1° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

24

3° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

25

10° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

26

15° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

27

16° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

28

20° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

29

21° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

30

28° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

31

2° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

32

9° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

33

JPL SAN MIGUEL TRANSITORIO

Sede San Miguel

34

JPL SURQUILLO TRANSITORRIO

Sede Surquillo

35

1° JPL TRANSITORIO Y SEGURIDAD VIAL

Sede Barreto

36

1° JPL LABORALES SANTIAGO DE SURCO, SAN BORJA Y SURQUILLO

Sede Santiago de Surco San Borja

37

2° JPL LABORALES SANTIAGO DE SURCO, SAN BORJA Y SURQUILLO

Sede Santiago de Surco San Borja

38

3° JPL LABORALES SANTIAGO DE SURCO, SAN BORJA Y SURQUILLO

Sede Santiago de Surco San Borja

39

4° JPL LABORALES SANTIAGO DE SURCO, SAN BORJA Y SURQUILLO

Sede Santiago de Surco San Borja

40

2° SALA CONSTITUCIONAL

Sede Alzamora Valdez

41

2° SALA PENAL LIQUIDADORA

Sede Barreto

42

4° SALA PENAL LIQUIDADORA

Sede Barreto

43

SALA ESPECIALIZADA EN LO

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO TransitorIo

Sede Alzamora Valdez

44

19° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

45

26° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

46

27° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

47

29° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

48

36° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

49

37° JUZGADO CIVIL

Sede Basadre

50

JUZGADO ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE SENTENCIAS

SUPRANACIONALES

Sede Alzamora Valdez

51

1° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede

Comercial

52

2° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede

Comercial

53

3° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede

Comercial

54

4° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede

Comercial

55

5° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede Comercial

56

6° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede

Comercial

57

7° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede

Comercial

58

8° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede

Comercial

59

9° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede

Comercial

ABRIL

60

10° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede Comercial

61

11° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede Comercial

62

12° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede Comercial

63

13° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede Comercial

64

14 JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede Comercial

65

15° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede Comercial

66

16° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede Comercial

67

17° JUZGADO CIVIL CON SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL

Sede Comercial

68

1° JUZGADO CONSTITUCIONAL

Sede Alzamora Valdez

69

2° JUZGADO CONSTITUCIONAL

Sede Alzamora Valde

70

3° JUZGADO CONSTITUCIONAL

Sede Alzamora Valdez

71

4° JUZGADO CONSTITUCIONAL

Sede Alzamora Valdez

72

1° JPL LABORAL BARRANCO Y MIRAFLORES

Sede La Mar

73

2° JPL LABORAL BARRANCO Y MIRAFLORES

Sede La Mar

74

1° JPL LABORAL LINCE Y SAN ISIDRO

Sede Altavista

75

2° JPL LABORAL LINCE Y SAN ISIDRO

Sede Altavista

76

JPL LABORAL PUEBLO LIBRE Y MAGDALENA DEL MAR

Sede Pueblo Libre

77

1° JPL NLPT

Sede Puno - Carabaya

78

2° JPL NLPT

Sede Puno - Carabaya

79

5° SALA LABORAL

Sede Miroquesada

80

6° SALA LABORAL

Sede Miroquesada

De conformidad con las consideraciones expuestas en la presente resolución y estando a las facultades previstas y otorgadas por el artículo 42° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial;

SE RESUELVE

Artículo Primero.- APROBAR el ROL DE VISITAS JUDICIALES DE PREVENCIÓN Y SUPERVISIÓN (Visitas Ordinarias) para el presente año, a los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima, conforme al cuadro contenido en el quinto considerando de la presente resolución.

Artículo Segundo.- ENCARGAR la ejecución del presente programa, al responsable de la Unidad de Prevención, Supervisión e Inspección de esta ODANC; quien dentro de sus facultades deberá disponer las acciones necesarias para el cumplimiento de las visitas judiciales en observancia de los informes Nº 142-2024-CAAL-OCPAD-ANC/PJ (de la Oficina Central del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial) y Nº 007-2024-NPA-R-OCPC-ANC-PJ (de la Oficina Central de Control Preventivo y Concurrente de la Autoridad Nacional de Control del Poder).

Artículo Tercero.- REMITIR la presente Resolución Administrativa a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, a fin que se disponga la publicación del ROL DE VISITAS JUDICIALES DE PREVENCIÓN Y SUPERVISIÓN (Visitas Ordinarias) en el diario oficial “El Peruano”, en aras de su público conocimiento.

Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución Administrativa en conocimiento del Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Magistrados y Servidores de la ODANC Lima.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ROSA MIRTA BENDEZÚ GOMEZ

Jefa de la Oficina Descentralizada de la

Autoridad Nacional de Control

1 En atención a lo señalado en el artículo 84° del Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario y de las Medidas de Prevención de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial.

2 En atención a lo señalado en el artículo 85° del Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario y de las Medidas de Prevención de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial.

2273041-1