Disponen la publicación de proyecto de Resolución Ministerial que modifica el Código Técnico de Construcción Sostenible, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2021-VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 058-2024-VIVIENDA
Lima, 27 de febrero de 2024
VISTOS:
Las Notas Nº 083 y 097-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS); los Informes Nº 063 y 089-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción; el Memorándum N° 286-2024-VIVIENDA/OGEI de la Oficina General de Estadística e Informática; el Informe N° 159-2024-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica (OGAJ); y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a los artículos 5 y 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio, es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, entre otros, en materia de construcción, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, el dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;
Que, el numeral 1 del artículo 9 de la referida Ley establece entre las funciones exclusivas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el desarrollar y aprobar tecnologías, metodologías o mecanismos que sean necesarios para el cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales, en el ámbito de su competencia;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2021-VIVIENDA se aprueba el Código Técnico de Construcción Sostenible, norma que tiene por objeto establecer los requisitos técnicos para que las edificaciones y/o habilitaciones urbanas cumplan con condiciones básicas de sostenibilidad, enmarcándose su aplicación en los compromisos asumidos por el Perú en materia de cambio climático, a fin de promover la disminución de la emisión de gases de efecto invernadero y el incremento de la capacidad adaptativa en la construcción, a través del aumento de la eficiencia hídrica y energética en edificaciones y habilitaciones urbanas que contribuyan a incrementar la calidad de vida de las personas, la mejora de la calidad ambiental, la reducción de los residuos y la promoción de la movilidad sostenible;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 014-2021-VIVIENDA, establece que la modificación del Código Técnico de Construcción Sostenible es aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 81 y el literal f) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento tiene entre sus funciones dictar normas, lineamientos y establecer los procedimientos para facilitar las construcciones seguras y sostenibles; así como aprobar, proponer normas y procedimientos, entre otros, sobre el desarrollo de la construcción sostenible, en coordinación con los órganos competentes; para lo cual cuenta con la Dirección de Construcción;
Que, asimismo, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo, este requiere ser sometido a consulta a efectos de recibir sugerencias, comentarios y aportes de las personas interesadas, conforme a lo señalado en el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el cual establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;
Que, mediante las Notas Nº 083 y 097-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, la DGPRCS propone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica el Código Técnico de Construcción Sostenible, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2021-VIVIENDA, con la finalidad de establecer el mecanismo aplicable a los proyectos de vivienda sostenible a cargo del Fondo MIVIVIENDA S.A., así como compatibilizar su objeto y contenido con la innovación tecnológica y el aprovechamiento de energías renovables que garanticen condiciones de sostenibilidad a las edificaciones o habilitaciones urbanas;
Que, a través del Informe N° 159-2024-VIVIENDA/OGAJ, desde el punto vista legal, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la presente Resolución Ministerial que dispone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica el Código Técnico de Construcción Sostenible;
Que, de acuerdo a los considerandos precedentes, corresponde publicar el proyecto de Resolución Ministerial que propone modificar el Código Técnico de Construcción Sostenible, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2021-VIVIENDA;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación
Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica el Código Técnico de Construcción Sostenible, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2021-VIVIENDA, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), por el plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del primer día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas.
Artículo 2.- Consolidación de información
Encargar a la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, la consolidación de las sugerencias, comentarios y/o aportes respecto del proyecto normativo señalado en el artículo precedente, que se reciban a través de la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el siguiente enlace: “Proyecto de Resolución Ministerial que modifica el Código Técnico de Construcción Sostenible aprobado por Decreto Supremo N° 014-2021-VIVIENDA.”
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA
Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento
2265576-1