Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia Financiera del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan Transferencia Financiera del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero a favor de la Contraloría General de la República

FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO

FONDEPES

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000011-2024-FONDEPES/J

Lima, 28 de febrero del 2024

VISTOS: El Memorando N° 000487-2024-FONDEPES/DIGENIPAA de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola; el Informe N° 000051-2024-FONDEPES/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 000040-2024-FONDEPES/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Jefatural N° 127-2023-FONDEPES/J, de fecha 28 de diciembre de 2023, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2024 del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, por un monto de S/ 111 739 211.00 (Ciento once millones setecientos treinta y nueve mil doscientos once y 00/100 soles) por toda fuente de financiamiento, en el marco de la Ley N° 31953 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;

Que, el artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, que incluye a las obras públicas y las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos, entre otros, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, cuyos montos superen los S/ 5 000 000.00 (Cinco millones y 00/100 soles), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;

Que, asimismo, el artículo 2 de la Ley en mención, dispone que para el financiamiento de la aplicación del referido mecanismo de control gubernamental se destina hasta el 2% del valor total de la inversión; y, el artículo 4 establece que para el cumplimiento de la Ley se autoriza a los pliegos del gobierno nacional, regional y local a realizar modificaciones presupuestales con la finalidad de realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, disponiéndose a su vez que en el caso de entidades del gobierno nacional las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;

Que, mediante Comunicado S/N de fecha 31 de enero de 2022, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del MEF señala que, en coordinación con la Contraloría General de la República, se ha elaborado el documento “Orientaciones para el registro del costo de control concurrente en las inversiones” para la aplicación de la Ley N° 31358 en las fases de Formulación y Evaluación y, Ejecución del Ciclo de Inversión por parte de las Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras de Inversiones de los tres niveles de gobierno; y, mediante Resolución Directoral N° 007-2022-EF/50.01 de fecha 24 de marzo de 2022, se modificó el numeral 18.1 del artículo 18 de los S/ 10 000 000.00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES) la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 022-2021-EF/50.01, en el que se establece que, excepcionalmente, cuando la ejecución de recursos mediante transferencias financieras corresponda a gastos de capital en aplicación del artículo 4 de la Ley N° 31358, para el financiamiento del control concurrente de inversiones, se registra en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Específica del Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”;

Que, mediante Oficio N° 001521-2023-CG/SGE de fecha 10 de octubre de 2023, el Secretario General de la Contraloría General de la República indica que en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31358, y Décima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 31640, solicita proceder a definir y efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General por el monto de S/ 4,127,126.85 (CUATRO MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL CIENTO VEINTISÉIS Y 85/100 SOLES), con respecto a las inversiones con CUI 2160312, 2195346, 2329541, 2358686, 2359436, 2403964, 2406035, 2556895 y 2560696, para financiar el despliegue de las acciones de control correspondientes. Asimismo, solicita con carácter de muy urgente efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 000115-2023-FONDEPES/J de fecha 30 de octubre del 2023, se autoriza una transferencia financiera hasta por la suma de S/ 409,651.00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a financiar las acciones de control concurrente a cargo de la Contraloría General de la República conforme a lo dispuesto por la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, en las inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, para el proyecto “Mejoramiento y Adecuación a la Norma Sanitaria vigente del Desembarcadero Pesquero Artesanal Paita, Distrito y Provincia de Paita, Región Piura”, con CUI 2160312;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 000126-2023-FONDEPES/J de fecha 21 de diciembre del 2023, se autoriza una transferencia financiera hasta por la suma de S/ 2,261,993.00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a financiar las acciones de control concurrente a cargo de la Contraloría General de la República, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, para los proyectos DPA La Planchada (CUI 2195346), DPA Pacasmayo (CUI 2403964), DPA Las Conchitas Ancón (CUI 2358686) y CA Nuevo Horizonte (CUI 2329541);

Que, mediante Memorando N° 000487-2024-
FONDEPES/DIGENIPAA, de fecha 20 de febrero del 2024, la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola, con la finalidad de atender el requerimiento de la Contraloría General de la República efectuado mediante Oficio N° 001521-2023-CG/SGE, solicita la habilitación de la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE” dentro de la cadena funcional programática de las inversiones DPA Las Conchitas Ancón (CUI 2358686), DPA San Andrés (CUI 2560696) y DPA Los Órganos (CUI 2359436) con la finalidad de gestionar las modificaciones presupuestarias correspondientes y transferir el monto de S/ 777,077.00, a la Contraloría General de la República en el presente año fiscal 2024;

Que, mediante Informe N°00051-2024-FONDEPES/OGPP, de fecha 23 de febrero de 2024, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para realizar una transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, por el importe de S/ 777,077.00 (SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), debido a que se cuentan con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional 2024 en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Específica del Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL” para las inversiones DPA Las Conchitas (CUI 2358686), DPA San Andrés (CUI 2560696) y DPA Los Órganos (CUI 2359436);

Que, mediante Informe N° 000040-2024-FONDEPES/OGAJ, de fecha 26 de febrero de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la realización de la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2024 del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, hasta por la suma de S/ 777,077.00 (SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES) a favor de la Contraloría General de la República, para financiar las acciones de control concurrente a cargo de la Contraloría General de la República conforme a lo dispuesto por la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, sobre las inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley N° 31953 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, la Ley N° 31358 Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente y la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria; así como en el ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado por la Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE; y,

Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 777,077.00 (SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a financiar las acciones de control concurrente a cargo de la Contraloría General de la República, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, para las inversiones DPA Las Conchitas (CUI 2358686), DPA San Andrés (CUI 2560696) y DPA Los Órganos (CUI 2359436).

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del presupuesto institucional 2024 del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Unidad Ejecutora 001: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y Específica del Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL” para las inversiones DPA Las Conchitas (CUI 2358686), DPA San Andrés (CUI 2560696) y DPA Los Órganos (CUI 2359436).

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Transferencia

La Oficina General de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero dispone las acciones administrativas correspondientes, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 5.- Publicación

Disponer que la presente resolución se publica en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (https://www.fondepes.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KATIA NATALI NOVOA SÁNCHEZ

Jefa

2265739-1