Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Resolución Ministerial que autoriza transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Resolución Ministerial que autoriza transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

resolución ministerial

N° 073-2024-EF/41

Lima, 27 de febrero de 2024

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial N° 424-2023-EF/41 se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo financian por Fuente de Financiamiento, correspondiente al Pliego 009-Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2024, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Proyecto, Actividad, Categoría de Gasto y Genérica del Gasto;

Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modificada por la Décima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE),fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 Soles), es objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;

Que, asimismo, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 31358 señala que, para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se refiere el artículo 1 antes citado, se destina para su financiamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental;

Que, para tal efecto, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autoriza a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, entre otros, a cargo de las intervenciones a que se refiere el artículo 1 de la citada Ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar Transferencias Financieras a favor del Pliego 019-Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; disponiendo el numeral 4.2 del citado artículo que, dichas Transferencias Financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego del Gobierno Nacional, la cual se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 016-2023-CG/GMPL “Directiva externa que establece Disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, establece que, para el caso de inversiones formuladas en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI),que hayan sido declaradas viables o hayan sido aprobadas, antes del 17 de noviembre de 2021 y que cuenten con un costo actualizado mayor a diez (10) millones de soles o que hayan sido declaradas viables o aprobadas antes del 1 de enero de 2023 y con costo actualizado mayor a cinco (5) millones de soles y hasta diez (10) millones de soles, se les solicitará transferencia financiera de acuerdo a lo establecido por la Disposición Complementaria Única de la Ley N° 31358; cuando, su ejecución financiera acumulada es hasta 80%; las transferencias financieras a favor de la Contraloría General de la República, se realizan conforme a lo previsto en la citada Directiva;

Que, mediante el Oficio N° 000610-2022-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Economía y Finanzas, se proceda a efectuar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 10 400 303,53 (DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS MIL TRESCIENTOS TRES Y 53/100 SOLES), para financiar el despliegue de las acciones de control gubernamental concurrente, a ser ejecutados para las inversiones a cargo del Pliego 009-Ministerio de Economía y Finanzas que se indican en el Anexo del citado Oficio;

Que, en ese sentido es preciso señalar que para el caso de la Unidad Ejecutora 001- Administración General, corresponde efectuar la transferencia financiera por las siguientes inversiones señaladas por la Contraloría General de la República: 1) Inversión con CUI N°, 2455051 “Adquisición de servidor, sistema de almacenamiento (storage), conmutadores, librería de cintas, accesorio para data center, software y computadora de escritorio; en el(la) Oficina General de Tecnologías de la Información del Ministerio de Economía y Finanzas en la Localidad Lima, Distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima”, cuyo monto solicitado por concepto de control concurrente asciende a S/. 1 344 055.66 (UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y CINCO Y 66/100 SOLES); 2) Inversión con CUI N° 22424326 “Reforzamiento Estructural de Edificio Público; en el(la) Ministerio de Economía y Finanzas en la Localidad Lima, Distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima”, cuyo monto solicitado por concepto de control concurrente asciende a S/ 948, 021.57 (NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL VEINTIUNO Y 57/100 SOLES) y 3) Inversión con CUI N° 2431712 “Mejoramiento y Ampliación de la Sede Central del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas Lima del Distrito de Lima- Provincia de Lima- Departamento de Lima” cuyo monto solicitado por concepto de control concurrente asciende a S/ 210 477,85 (DOSCIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 85/100 SOLES);

Que, en ese sentido, mediante la Resolución Ministerial N° 244-2022-EF/41, se autoriza una Transferencia Financiera a favor del Pliego 019- Contraloría General de la República, para financiar entre otros, los servicios de control gubernamental en casos de inversión, correspondientes a la Unidad Ejecutora 001- Administración General del Ministerio de Economía y Finanzas conforme al siguiente detalle: 1) Inversión con CUI N° 2455051 “Adquisición de servidor, sistema de almacenamiento (storage), conmutadores, librería de cintas, accesorio para data center, software y computadora de escritorio; en el(la) Oficina General de Tecnologías de la Información del Ministerio de Economía y Finanzas en la Localidad Lima, Distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima”, hasta por la suma de S/ 770 798,68 (SETECIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 68/100 SOLES); 2) Inversión con CUI N° 2424326 “Reforzamiento Estructural de Edificio Público; en el(la) Ministerio de Economía y Finanzas en la Localidad Lima, Distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima”, hasta por la suma de S/ 426 148,50 (CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO Y 50/100 SOLES) y 3) Inversión con CUI N° 2431712 “Mejoramiento y Ampliación de la Sede Central del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas Lima del Distrito de Lima-Provincia de Lima- Departamento de Lima”, hasta por la suma de S/ 84 191,14 ( OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y UNO Y 14/100 SOLES);

Que, asimismo mediante el Oficio N° 001602-2023-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Economía y Finanzas, se proceda a efectuar una transferencia financiera hasta por la suma de S/ 106 311,43 (CIENTO SEIS MIL TRESCIENTOS ONCE Y 43/100 SOLES) para financiar el despliegue de las acciones de control a ser ejecutadas para la inversión con CUI N° 2424326 “Reforzamiento Estructural de Edificio Público; en el(la) Ministerio de Economía y Finanzas en la Localidad Lima, Distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima”, a cargo de la Unidad Ejecutora 001-Administración General;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 375-2023-EF/41, se autoriza una Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para financiar el despliegue de las acciones de control a ser ejecutadas para la inversión con CUI N° 2424326 “Reforzamiento Estructural de Edificio Público; en el(la) Ministerio de Economía y Finanzas en la Localidad Lima, Distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima”, a cargo de la Unidad Ejecutora 001-Administración General por la suma de S/ 106 311,43 (CIENTO SEIS MIL TRESCIENTOS ONCE Y 43/100 SOLES);

Que, con el Memorando N° 133-2024-EF/43.06, la Oficina General de Administración, en atención a lo solicitado por la Contraloría General de la República con el Oficio N° 000610-2022-CG/SGE, solicita realizar la transferencia financiera de los costos de control gubernamental, de acuerdo a la programación anual de ejecución correspondiente a las inversiones con CUI N° 2455051 “Adquisición de servidor, sistema de almacenamiento (storage), conmutadores, librería de cintas, accesorio para data center, software y computadora de escritorio; en el(la) Oficina General de Tecnologías de la Información del Ministerio de Economía y Finanzas en la Localidad Lima, Distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima” y con CUI N°2424326 “Reforzamiento Estructural de Edificio Público; en el(la) Ministerio de Economía y Finanzas en la Localidad Lima, Distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima”, asimismo, se informa que la inversión con CUI N° 2431712 “Mejoramiento y Ampliación de la Sede Central del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas Lima del Distrito de Lima- Provincia de Lima- Departamento de Lima”, se encuentra cerrada en el aplicativo del banco de inversiones, con Memorando N°218-2023-EF/43.01, de fecha 30 de mayo del 2023;

Que, con el Informe N° 047-2024-EF/41.03, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto manifiesta que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 31358, se han efectuado modificaciones presupuestarias en el presupuesto del Pliego 009-Ministerio de Economía y Finanzas, financiando la específica de gasto 2.4.2 3.1 1-A Otras Unidades del Gobierno Nacional, en la Acción de Inversión 6000053-Control Concurrente y la Finalidad 0348747-Control Concurrente, de los citados proyectos que corresponden a la Unidad Ejecutora 001-Administración General; con lo cual, el Pliego 009-Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con recursos disponibles hasta por la suma de S/ 1 095 131,00 (UN MILLÓN NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), que le permite efectuar la Transferencia Financiera por la suma de S/ 1 095 130,05 (UN MILLÓN NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y 05/100 SOLES), a favor del Pliego 019-Contraloría General de la República, para que realice lo mencionado en el considerando precedente;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 009-Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 1 095 130,05 (UN MILLÓN NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y 05/100 SOLES), desagregado en la Unidad Ejecutora 001-Administración General, a favor del Pliego 019-Contraloría General de la República;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.2 del del artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; y, en la Resolución Ministerial N° 424-2023-EF/41, Resolución Ministerial que aprueba el Presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de transferencia financiera

Autorizar una transferencia financiera del Pliego 009-Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 001-Administración General, hasta por la suma de S/ 1 095 130,05 (UN MILLÓN NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y 05/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1-Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019-Contraloría General de la República, para que ejecute los servicios de control gubernamental concurrente en gastos de inversión correspondientes al pliego Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 009-Ministerio de Economía y Finanzas, Genérica de Gasto 2.4-Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto 2.4.2 3.1 1-A Otras Unidades del Gobierno Nacional, Acción de Inversión 6000053-Control Concurrente, Finalidad 0348747-Control Concurrente, de acuerdo al siguiente detalle:

Unidad Ejecutora

Fuente de Financiamiento

Proyecto

Acción de Inversión

Finalidad

Monto S/

001-Administración General

1-Recursos Ordinarios

2455051-Adquisición de servidor, sistema de almacenamiento (storage), conmutadores, libreria de cintas, accesorio para data center, software y computadora de escritorio; en el(la) Oficina General de Tecnologías de la información del Ministerio de Economía y Finanzas en la Localidad Lima, Distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima

6000053-Control Concurrente

0348747-Control Concurrente

573,256.98

2424326-Reforzamiento Estructural de Edificio Público; en el(la) Ministerio de Economía y Finanzas en la Localidad Lima, Distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima

521,873.07

TOTAL

 

 

1,095,130.05

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.

Artículo 4.- Remisión

Copia de la presente Resolución Ministerial se remite, dentro de los cinco (05) días de aprobada, a la Dirección General de Presupuesto Público, así como, a la Oficina General de Administración, como responsable de la Unidad Ejecutora 001-Administración General, para que realicen las acciones administrativas que correspondan.

Artículo 5.- Publicación

La presente Resolución Ministerial se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ARISTA ARBILDO

Ministro de Economía y Finanzas

2265569-1