Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIóN MINISTERIAL

N° 000078-2024-MC

San Borja, 27 de febrero del 2024

VISTOS: el Informe N° 000046-2024-OGA-SG/MC de la Oficina General de Administración; el Informe N° 000077-2024-OP-OGPP-SG/MC de la Oficina de Presupuesto; el Memorando N° 000372-2024-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000286-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante la Resolución Ministerial N° 000523-2023-MC, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 003: Ministerio de Cultura;

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, mediante la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, a través del Oficio N° 000906-2024-CG/GRECE, la Contraloría General de la República comunica que, según lo dispuesto en el numeral 7.2 de la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorias Financieras Gubernamentales”, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 035-2022-CG, se realiza el Concurso Público de Méritos N° 05-2023-CG y se designa a una Sociedad de Auditoria para efectuar la auditoría financiera gubernamental de los periodos 2023 y 2024, habiéndose contratado sólo la ejecución de la auditoría por el periodo 2023, encontrándose pendiente la contratación de la auditoría del periodo 2024, por lo que solicita al Ministerio de Cultura una transferencia financiera por la suma de S/ 299 059,00 (Doscientos noventa y nueve mil cincuenta y nueve con 00/100);

Que, con el Informe N° 000046-2024-OGA-SG/MC, la Oficina General de Administración señala que, mediante el Informe N° 000086-2024-OC-OGA-SG/MC, la Oficina de Contabilidad sustenta la transferencia financiera a la Contraloría General de la República por el importe de S/ 299 059,00 (Doscientos noventa y nueve mil cincuenta y nueve con 00/100 soles), para la cancelación de la designación de la auditoría financiera gubernamental del Ministerio de Cultura para los años 2023 y 2024 a la Sociedad de Auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada;

Que, mediante el Memorando Nº 000372-2024-OGPP-SG/MC la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000077-2024-OP-OGPP-SG/MC de la Oficina de Presupuesto, a través del cual informa que, dentro del ámbito de sus competencias, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y la normatividad vigente, otorga opinión favorable dado que se cuenta con los recursos presupuestales disponibles para efectuar la transferencia financiera para la cancelación a Sociedad de Auditoría “Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada” por el monto de S/ 299 059,00 (Doscientos noventa y nueve mil cincuenta y nueve con 00/100 soles), la cual se ve reflejada en el Certificado de Crédito Presupuestal Nº 0000001852;

Que, en atención de las consideraciones expuestas, resulta necesario autorizar la transferencia financiera del Pliego 003: Ministerio de Cultura hasta por la suma de S/ 299 059,00 (Doscientos noventa y nueve mil cincuenta y nueve con 00/100 soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;

Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Presupuesto, de la Oficina General de Administración, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar la transferencia financiera del Pliego 003: Ministerio de Cultura, hasta por la suma de S/ 299 059,00 (Doscientos noventa y nueve mil cincuenta y nueve con 00/100 soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General: Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura, en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001: Administración General, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, en la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias hasta por la suma S/ 299 059,00 (Doscientos noventa y nueve mil cincuenta y nueve con 00/100 soles).

Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en el portal digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA

Ministra de Cultura

2265567-1