Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan vigencia de plazo para acogerse al beneficio tributario del TRIBUTATON establecido en la Ordenanza N°692/MDC

Prorrogan vigencia de plazo para acogerse al beneficio tributario del TRIBUTATON establecido en la Ordenanza N° 692/MDC

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 003-2024-AL/MDC

Comas, 26 de febrero de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPAL DISTRITAL DE COMAS

VISTOS; el Informe N° 011-2024-GAT/MDC de fecha 19 de febrero de 2024 de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 199-2024-OGAJ/MDC de fecha 26 de febrero de 2024 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Proveído N° 287-2024-GM/MC de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el segundo párrafo del artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley N° 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;

Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, mediante Ordenanza Nº 692/MDC, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 25 de enero de 2024, se aprobó la Ordenanza que otorga beneficios Tributarios “TRIBUTATON”, delegándose en el Alcalde, mediante la Tercera Disposición Complementaria y Final, la facultad de dictar las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza, así como establecer la prórroga de la vigencia total o en parte de la misma;

Que, en ese contexto, mediante Informe N° 011-2024-GAT/MDC la Gerencia de Administración Tributaria, propone la ampliación del plazo de vigencia de la fecha para acogerse a los incentivos de la Ordenanza Nº692/MDC, hasta el 30 de marzo de 2024, a fin de que los contribuyentes que se vieron impedidos de cumplir con los referidos plazos, puedan realizar el pago de sus deudas tributarias, sin aplicación de intereses y con los beneficios de la precitada ordenanza;

Que, mediante Informe N° 199-2024-OGAJ/MDC, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que RESULTA PROCEDENTE aprobar la propuesta del Decreto de Alcaldía, que prorroga la fecha de vencimiento en la Ordenanza Nº692/MDC hasta el 30 de marzo del 2024;

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y del artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de marzo de 2024, la fecha de vigencia para acogerse al beneficio tributario del TRIBUTATON establecidos en la Ordenanza N°692/MDC sin modificaciones respecto a ninguno de los extremos de los beneficios concedidos, sino únicamente en relación a la vigencia del plazo de vencimiento.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y sus unidades orgánicas dependientes, conforme a sus atribuciones y competencias.

Artículo Tercero.- DISPONER a la Oficina General de Secretaría de Concejo Municipal la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob.pe).

Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ULISES VILLEGAS ROJAS

Alcalde de Comas

2266100-2