Prorrogan fechas para pago de cuotas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2024, así como plazo para acogerse a los incentivos establecidos en la Ordenanza N° 691/MDC
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 002-2024-AL/MDC
Comas, 26 de febrero de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPAL DISTRITAL DE COMAS
VISTO: El Informe N°010-2024-GAT/MDC de fecha 12 de febrero de 2024 de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N°197-2024-OGAJ/MDC de fecha 23 de febrero de 2024 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y Proveído N°276-2024-GM/MDC de fecha 23 de febrero de 2024, emitido por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N°30305, Ley de Reforma Constitucional en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prevé que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, de conformidad con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N°133-2013-EF, y sus modificatorias, establecen que los gobiernos locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, según el artículo 42° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, asimismo del mismo cuerpo normativo se tiene en su artículo 39°, según párrafo, que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decreto de alcaldía;
Que, mediante Ordenanza Nº 691/MDC de fecha 19 de enero de 2024, se aprobó se fije el pago mínimo de impuesto predial, calendario tributario e incentivos por pronto pago en la jurisdicción del distrito de Comas para el ejercicio 2024, asimismo, se tiene que la segunda disposición complementaria final de la citada ordenanza establece que se encontrará vigente hasta el 29 de febrero de 2024, por lo que se delega al Alcalde, mediante la Tercera Disposición Complementaria y Final, la facultad de dictar las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza;
Que, en ese sentido, mediante Informe N° 010-2024-GAT/MDC de fecha 12 de febrero de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria, propone la ampliación del plazo del vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2024, así como de la primera y segunda cuota de pago mensual de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2024, y la fecha límite para acogerse a los incentivos por pronto pago establecidos en los ítems 1 y 2 del artículo 3° de la Ordenanza Nº691/MDC hasta el 30 de marzo de 2024, a fin de que los contribuyentes que se vieron impedidos de cumplir con los referidos plazos, puedan realizar el pago de sus deudas tributarias, sin aplicación de intereses y con los beneficios de la precitada ordenanza;
Que, de conformidad con lo establecido en la tercera disposición final de la Ordenanza N° 691/MDC, se faculta al señor alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza, así como establecer prórroga de la vigencia total o en parte de la misma;
Que, mediante Informe N°197-2024-OGAJ/MDC de fecha 23 de febrero de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica luego de la revisión de los actuados estima pertinente la prórroga de las fechas de vencimiento para el pago de la primera cuota del impuesto predial, la primera y segunda cuota mensual de los arbitrios municipales, y el plazo para acogerse al incentivo por el PRONTO PAGO de los arbitrios municipales, establecidos en la Ordenanza Municipal N°691/MDC, hasta el 30 de marzo de 2024, toda vez que dicho dispositivo legal salvaguarda el interés económico de los contribuyentes e incentiva el cumplimiento de las obligaciones tributarias, no contraviniendo marco legal alguno; por lo que opina procedente aprobar dicha prórroga de las fechas de vencimiento hasta el 30 de marzo de 2024;
Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y del artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de marzo de 2024, la fecha de vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial. Así como para el pago de la primera y segunda cuota mensual de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2024, establecidos en la Ordenanza N° 691/MDC.
Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 30 de marzo de 2024, la fecha límite de cancelación para acogerse a los incentivos establecidos en los numerales 1 y 2 del artículo 3° de la Ordenanza N° 691/MDC
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y sus unidades orgánicas dependientes, conforme a sus atribuciones y competencias.
Artículo Cuarto.- DISPONER a la Oficina General de Secretaría de Concejo Municipal la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob.pe ).
Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ULISES VILLEGAS ROJAS
Alcalde de Comas
2266100-1