Autorizan viaje de Director Nacional de Oficinas Desconcentradas a El Salvador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN N° 000022-2024-P/JNE
Lima, 28 de febrero del 2024
VISTOS:
El Memorando Nº 000015-2024-OCRI/JNE, del 28 de febrero de 2024, de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales; y el Informe Nº 000048-2024-DGNAJ/JNE, del 28 de febrero de 2024, de la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos.
CONSIDERANDO:
Que, a través de la carta s/n, del 27 de febrero de 2024, el Tribunal Supremo Electoral de El Salvador, cursa invitación al Mag. Paul Stevens Vizcarra Vizcarra, Director Nacional de Oficinas Desconcentradas, para que participe en calidad de Observador Internacional Oficial de las elecciones de Diputados del Parlamento Centro Americano, a los Alcaldes y Consejos Municipales de El Salvador, a llevarse a cabo el 3 de marzo de 2024, indicando que la llegada de los observadores se encuentra prevista para el día jueves 29 de febrero de 2024 y la salida el lunes 4 de marzo de 2024.
Que, por Memorando Nº 000015-2024-OCRI/JNE, del 28 de febrero de 2024, la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales, informa a la Dirección Central de Gestión Institucional, y a la Dirección General de Recursos y Servicios, que los gastos correspondientes al boleto aéreo, alojamiento, alimentación y transporte interno, estarán cubiertos por los organizadores; sin embargo, la póliza de asistencia de viajero internacional con cobertura de COVID 19, será asumido por el JNE.
Que, el 28 de febrero de 2024, la unidad orgánica de Logística informa que el costo del servicio de asistencia al viajero internacional con cobertura de COVID 19 es USD$ 120.00 (Ciento veinte con 00/100 Dólares Americanos).
Que, con la Certificación Nº 00472-2024-DGPID/JNE, del 28 de febrero de 2024, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo otorga la certificación de existencia de crédito presupuestario aprobado para el ejercicio fiscal 2024, en el presupuesto del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, por el importe de S/ 480.00 (Cuatrocientos ochenta con 00/100 Soles), para el servicio de asistencia al viajero internacional con cobertura COVID-19, para El Salvador.
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, deben ser autorizados por la más alta autoridad de la respectiva entidad, y en el caso del Jurado Nacional de Elecciones, según el artículo 22 de su Ley Orgánica, Ley Nº 26486, el Presidente es quien lo representa en todos sus actos; asimismo, conforme a los artículos 13, 14 y numeral 1) del artículo 16, del Reglamento de Organización y Funciones institucional, aprobado con la Resolución Nº 001-2016-JNE y modificatorias, también es su máxima autoridad administrativa, Titular del Pliego, y representante oficial de la institución, en todos sus actos, ante autoridades, entidades y personas naturales o jurídicas.
Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos, o de cualquier persona en representación del Estado, prevé que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje.
Que, la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos, en el Informe Nº 000048-2024-DGNAJ/JNE, destaca que es de interés del Jurado Nacional de Elecciones la participación en calidad de Observador Internacional Oficial de las elecciones de “Diputados del Parlamento Centro Americano, a los Alcaldes y Consejos Municiplaes de El Salvador”, para que, entre otros, se afiancen las políticas democráticas del Jurado Nacional de Elecciones y de los organismos electorales internacionales participantes.
En uso de las facultades de la que está investida esta Presidencia;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios del Mag. Paul Stevens Vizcarra Vizcarra, Director Nacional de Oficinas Desconcentradas, y la respectiva licencia con goce de haber, por el periodo comprendido del 29 de febrero al 4 de marzo de 2024, a fin de que participe como Observador Internacional Oficial de las elecciones de “Diputados del Parlamento Centro Americano, a los Alcaldes y Consejos Municipales de El Salvador”.
Artículo Segundo.- Esta entidad cubrirá los gastos del Mag. Paul Stevens Vizcarra Vizcarra, según el siguiente detalle:
Servicio de asistencia al viajero internacional con cobertura de COVID-19: USD$ 120.00 (Ciento veinte con 00/100 Dólares Americanos).
Artículo Tercero.- El Mag. Paul Stevens Vizcarra Vizcarra, Director Nacional de Oficinas Desconcentradas, en el plazo de quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje remitirá un informe detallado sobre las actividades realizadas.
Artículo Cuarto.- La presente resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente decisión a la Dirección General de Recursos y Servicios y al interesado, para su conocimiento y los fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS SALAS ARENAS
Presidente
2265676-1