Modifican la R.M. Nº 567-2022-MTC/01, que crea el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de la formulación de la Política Nacional Multisectorial de Telecomunicaciones con enfoque en Internet de Banda Ancha
resolución ministerial
N° 085-2024-MTC/01
Lima, 27 de febrero de 2024
VISTOS:
Los Informes N° 0010-2024-MTC/26 y Nº 0036-2024-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones y el Informe Nº 0026-2024-MTC/09.01 de la Oficina de Planeamiento y Cooperación Técnica de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en su artículo 4 que el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;
Que, el artículo 4 de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones tiene competencia, de manera exclusiva, en materia de infraestructura y servicios de comunicaciones; y el artículo 5 de la referida Ley dispone que este Ministerio tiene, entre otras funciones rectoras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, fiscalizar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
Que, asimismo, el artículo 12 de la referida Ley establece que el Despacho Viceministerial de Comunicaciones es competente para formular, coordinar, ejecutar y fiscalizar la política de desarrollo del sector Comunicaciones;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 567-2022-MTC/01 se formaliza el inicio del proceso de elaboración de la Política Nacional Multisectorial de Telecomunicaciones con enfoque en Internet de Banda Ancha, bajo la conducción del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, encargado de la formulación de la citada Política;
Que, el mencionado Grupo se encuentra conformado por: a) dos representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, uno de los cuales lo preside b) un/a representante del Programa Nacional de Telecomunicaciones-PRONATEL, c) un/a representante del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones-OSIPTEL, d) un/a representante del Ministerio de Educación, e) un/a representante del Ministerio de Salud, f) un/a representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, g) un/a representante del Ministerio del Interior, h) un/a representante del Ministerio de la Producción, i) un/a representante del Ministerio de Defensa, j) un/a representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, k) un/a representante del Ministerio del Ambiente, l) un/a representante del Ministerio de Energía y Minas, m) un/a representante del Ministerio de Cultura, n) un/a representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, o) un/a representante de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, p) un/a representante del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de la formulación de la Política Nacional Multisectorial de Telecomunicaciones con enfoque en Internet de Banda Ancha (en adelante, Grupo de Trabajo Multisectorial), es presidido de acuerdo a la designación correspondiente por el Despacho Viceministerial de Comunicaciones a través de su representante titular y alterno, y cuenta con una Secretaría Técnica, la misma que se encuentra a cargo de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, mediante Oficio N° 677-2022-MINCETUR/DM, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita su incorporación en calidad de integrante del Grupo de Trabajo Multisectorial;
Que, mediante Oficio Múltiple Nº 0031-2022-MTC/26, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones invita a incorporarse al Grupo de Trabajo Multisectorial a los siguientes ministerios: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, la invitación cursada mediante Oficio Múltiple Nº 0031-2022-MTC/26 es aceptada, mediante Oficio Nº D002402-2022-MIMP-SG, por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante Oficio Nº 1896-2022-VIVIENDA-SG, por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, mediante Oficio Nº 0061-2022-MTPE/4/13, por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, por su parte, el estado actual de la Política Nacional Multisectorial de Telecomunicaciones con enfoque en Internet de Banda Ancha muestra un desarrollo consistente sobre el Entregable 1, encontrándose pendiente su aprobación colegiada, así como su validación por parte del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN; asimismo, los entregables de la citada política se deben alinear expresamente con la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 042-2023-PCM y con la nueva Guía de Políticas Nacionales del CEPLAN, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00030-2023/CEPLAN/PCD del 26 de abril de 2023;
Que, mediante lnformes N° 0010-2024-MTC/26 y Nº 0036-2024-MTC/26, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones sustenta la modificación de la Resolución Ministerial Nº 567-2022-MTC/01 con el fin de: i) incorporar al Grupo de Trabajo Multisectorial al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; ii) ampliar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial; y, iii) establecer que la designación de los representantes ante el Grupo de Trabajo Multisectorial se realice en función al cargo;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación de los artículos 4, 5 y 11 de la Resolución Ministerial Nº 567-2022- MTC/01
Modificar los artículos 4, 5 y 11 de la Resolución Ministerial Nº 567-2022-MTC/01, quedando redactado en los términos siguientes:
“Artículo 4.- Integrantes
El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por:
a. Dos representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, uno de los cuales lo preside;
b. Un/a representante del Programa Nacional de Telecomunicaciones-PRONATEL;
c. Un/a representante del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones-OSIPTEL;
d. Un/a representante del Ministerio de Educación;
e. Un/a representante del Ministerio de Salud;
f. Un/a representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
g. Un/a representante del Ministerio del Interior;
h. Un/a representante del Ministerio de la Producción;
i. Un/a representante del Ministerio de Defensa;
j. Un/a representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
k. Un/a representante del Ministerio del Ambiente;
l. Un/a representante del Ministerio de Energía y Minas;
m. Un/a representante del Ministerio de Cultura;
n. Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
o. Un/a representante de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros;
p. Un/a representante del Ministerio de Economía y Finanzas;
q. Un/a representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
r. Un/a representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
s. Un/a representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
t. Un/a representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.”
“Artículo 5.- Designación de representante
Los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial designan a sus representantes, titular y alterno, en atención al cargo, preferentemente el/la director/a de políticas y regulación o similares, mediante comunicación escrita dirigida a la Presidencia del Grupo de Trabajo Multisectorial, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.”
“Artículo 11.- Plazo de vigencia
El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.”
Artículo 2.- Publicación
Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Disposición Complementaria
Transitoria
Única.- Información o ratificación de las designaciones
En un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, contado a partir del día siguiente de publicada la presente resolución, los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial informan o ratifican la designación de sus representantes titular y alterno.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO
Ministro de Transportes y Comunicaciones
2265238-1