Aprueban el cronograma de integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores por parte de las Municipalidades Provinciales
resolución directoral
Nº 024-2019-MTC/18
27 de diciembre de 2019
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en adelante la Ley, prescribe que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;
Que, asimismo, acorde al artículo 16 de la Ley, constituye una de las competencias de gestión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mantener un sistema estándar de emisión de licencias de conducir, conforme lo establece el reglamento nacional correspondiente;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2016-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, en adelante el Reglamento de Licencias, el cual tiene por objeto, entre otros, establecer las disposiciones que regulan la gestión integrada, estandarizada y homogénea del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir vehículos de transporte terrestre; así como regular los requisitos y procedimientos para la obtención, duplicado, canje, recategorización, revalidación y cancelación de licencias de conducir;
Que, conforme al Reglamento de Licencias, el Sistema Nacional de Conductores, es un sistema informático a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el cual se registra toda la información sobre el proceso de otorgamiento de la licencia de conducir de cada postulante, así como, los resultados de las evaluaciones médicas y psicológicas, las horas de formación, y los resultados de las evaluaciones de conocimientos y habilidades en la conducción;
Que, en tal sentido, el uso del Sistema Nacional de Conductores en el proceso de otorgamiento de las licencias de conducir resulta indispensable, ya que a través de esta herramienta tecnológica se optimiza el control y la transparencia de la emisión de las licencias de conducir;
Que, en dicho contexto, al ser necesario que al igual que las licencias de la clase A, las licencias de la clase B sean emitidas a través del Sistema Nacional de Conductores, con fecha 10 de noviembre de 2019 se publicó el Decreto Supremo Nº 034-2019-MTC, el cual, entre otras medidas, modifica la Décimo Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Licencias, estableciendo que la integración de la licencia de conducir de la clase B al Sistema Nacional de Conductores por parte de las Municipalidades Provinciales, niveles de gobierno que se encuentran a cargo de la emisión de dicha clase de licencia, se realizará en los plazos y de acuerdo al procedimiento que dicte el órgano o unidad orgánica competente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante resolución directoral;
Que, en tal sentido, en cumplimiento a lo establecido en la Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Licencias citada en el Considerando anterior, corresponde aprobar el cronograma y el procedimiento para la integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores, la cual deberá ser realizada de manera gradual, considerando las distintas capacidades de las municipalidades provinciales de nuestro país en atención a sus realidades geográficas y económicas;
Que, de conformidad con la Ley General de Transporte Terrestre, Ley Nº 27181; el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-MTC; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 959-2019-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Cronograma de integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores
Aprobar el cronograma de integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores por parte de las Municipalidades Provinciales, el mismo que, como Anexo I forma parte de la presente Resolución y será de aplicación a nivel nacional.
Artículo 2.- Forma de integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores
La integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores por parte de las Municipalidades Provinciales, se realizará en observancia de lo dispuesto en el Anexo II, el cual es parte de la presente Resolución y será de aplicación a nivel nacional.
Artículo 3.- Formato de solicitud de credenciales de acceso al Sistema Nacional de Conductores
Aprobar el formato de solicitud de credenciales de acceso al Sistema Nacional de Conductores, que debe ser presentado por las Municipalidades Provinciales para la integración de las licencias de la clase B a dicho Sistema; el mismo que, como Anexo III forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4.- Publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial “El Peruano”,
Artículo 5.- Publicación en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral y de los anexos aprobados en los artículos precedentes, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO HUGO CERNA CHORRES
Director General de Políticas y Regulación
en Transporte Multimodal
ANEXO I
Cronograma de Integración de las licencias de conducir de la clase B al Sistema Nacional de Conductores - SNC
Nº |
Descripción de la actividad |
Fecha inicio |
Fecha fin |
1 |
Presentación de la solicitud de acceso al Sistema de registro de información histórica de licencias de conducir Clase B, emitidas con anterioridad a la integración en el SNC. |
||
Municipalidad Metropolitana de Lima y Municipalidad Provincial del Callao |
2/01/2020 |
13/01/2020 |
|
Municipalidades Provinciales capitales de departamento |
2/01/2020 |
30/01/2020 |
|
Otras Municipalidades Provinciales |
2/01/2020 |
28/02/2020 |
|
2 |
Registro de la información histórica de las licencias de conducir Clase B, emitidas con anterioridad a la integración en el SNC |
||
Municipalidad Metropolitana de Lima y Municipalidad Provincial del Callao |
14/01/2020 |
31/01/2020 |
|
Municipalidades Provinciales capitales de departamento |
3/02/2020 |
30/04/2020 |
|
Otras Municipalidades Provinciales |
3/02/2020 |
30/06/2020 |
|
3 |
Presentación de solicitud de credenciales de acceso al SNC (módulos de evaluación y emisión) |
||
Municipalidad Metropolitana de Lima y Municipalidad Provincial del Callao |
2/01/2020 |
20/01/2020 |
|
Municipalidades Provinciales capitales de departamento |
2/01/2020 |
30/04/2020 |
|
Otras Municipalidades Provinciales |
2/01/2020 |
20/10/2020 |
|
4 |
Integración y puesta en funcionamiento del SNC |
||
Municipalidad Metropolitana de Lima y Municipalidad Provincial del Callao |
3/02/2020 |
28/02/2020 |
|
Municipalidades Provinciales capitales de departamento |
3/03/2020 |
30/06/2020 |
|
Otras Municipalidades Provinciales |
4/05/2020 |
31/12/2020 |
Sin perjuicio de las fechas para el registro de la información histórica, la Municipalidad Provincial deberá registrar la información de las licencias de conducir emitidas a partir del día siguiente de la fecha en que finaliza el registro, hasta un día antes de la integración al SNC.
ANEXO II
Forma de Integración de las licencias de conducir de la clase B al Sistema Nacional de Conductores - SNC
(*1) MP: Municipalidad Provincial.
(*2) DCV-DGATR: Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transporte.
(*3) Aplicativo informático: http://sso.mtc.gob.pe/manager
ANEXO III
Formato de solicitud de credenciales de acceso al Sistema Nacional de Conductores (SNC)
INSTITUCIÓN: ____________________________________________________ DIRECCIÓN: ________________________________
DEPARTAMENTO: _____________________________ PROVINCIA: ______________________ DISTRITO: _____________________
TELF. INSTITUCIONAL: _____________ ANEXO: ______ CORREO INSTITUCIONAL: ____________________ IP PUBLICA: ________
RELACIÓN DE USUARIOS:
DATOS DEL PERSONAL Y/O FUNCIONARIO ASIGNADO |
DATOS INFORMÁTICOS |
||||||
Nº |
Nombres y Apellidos |
Documento de Identidad |
Régimen Laboral |
IP Estática PC |
MAC Address |
Nombre de Host |
Perfiles SNC* |
1 |
|||||||
2 |
|||||||
3 |
|||||||
4 |
|||||||
5 |
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6 |
* Perfiles SNC:
Centro de Emisión: Centro de evaluación:
1. Administrador del centro de emisión 1. Director del centro de evaluación
2. Atención al ciudadano 2. Evaluador de conocimientos
3. Impresión de licencia 3. Evaluador de habilidades en la conducción
4. Control de calidad
5. Consulta
Nota:
• Todos los campos son obligatorios
• Un usuario no puede ser asignado a más de una computadora
___________________________
FIRMA Y SELLO
REPRESENTANTE DE LA DRTC
Por medio del presente, manifiesto conocer que esta declaración tiene carácter legal y en caso de comprobárseme falsedad habré incurrido en un delito contra la fe pública, falsificación de documentos, (Artículo 427º del Código Penal, en concordancia con el Artículo IV inciso 1.7) y contra el “Principio de Presunción de Veracidad” del Título Preliminar de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. |
1842043-1