Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Ancón
ORDENANZA N° 512-2024/ MDA
Ancón, 13 de febrero del 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN
El Concejo de la Municipalidad Distrital de Ancón, en sesión ordinaria de la fecha;
VISTO: El Informe N° 0006-2024-SGFYSA-GATYR/MDA de fecha 16 de enero del 2024, emitido por la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas; el Informe N° 027-2024-GATYR-MDA de fecha 18 de enero del 2024, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; el Informe N° 012-2024-GPPPI/MDA de fecha 20 de enero del 2024, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Informe N° 055-2024-GAJ/MDA de fecha 30 de enero del 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 056-2024-GM/MDA de fecha 30 de enero del 2024, emitido por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma de la Constitución Política del Perú, Ley N° 30305, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley;
Que, en esa misma línea de ideas, los artículos 46° y 74° del mismo cuerpo normativo, disponen que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento conlleva la aplicación de sanciones, sin perjuicio de promover las acciones judiciales que corresponda;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General Título IV, Capítulo III, disciplina el Procedimiento Administrativo Sancionador de las entidades para establecer infracciones administrativas y las consecuentes sanciones a los administrados;
Que, conforme a la norma antes citada, el Procedimiento Administrativo Sancionador, es el procedimiento a través del cual se imponen sanciones a aquellas personas naturales o jurídicas que lesionen o vulneren la normativa legal vigente. En este procedimiento se debe observar el respeto irrestricto de los derechos y garantías establecidas por la norma, requiriéndose un procedimiento garantista, en el cual el poder jurídico que permite castigar a los administrados, sea resultado de un procedimiento que cumpla las garantías previstas para imposición de una sanción administrativa;
Que, a la fecha, se encuentra vigente dentro de la jurisdicción de Ancón, la Ordenanza N° 448-2021/MDA, que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas – RASA, y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones – CUIS, de la Municipalidad Distrital de Ancón, ha sufrido diversos cambios en cuanto a la delimitación de competencias, independientemente al desface que ha sufrido en merito a la modificaciones de las normativas generales, respecto a la ejecución de la Potestad Sancionadora.
Que, dentro de este contexto resulta necesario adecuar el procedimiento administrativo sancionador que se desarrolla dentro de la jurisdicción de Ancón, así como el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, a efectos que esté acorde a las competencias, lineamientos y facultades establecidas en la normativa vigente, además de recopilar todas las conductas consideradas como infracciones en un solo cuerpo normativo
Que, con Informe N° 0006-2024-SGFYSA-GATYR/MDA de fecha 16 de enero del 2024, emitido por la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas remitió la propuesta normativa a fin que se apruebe el nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Ancón, adjuntando la respectiva fundamentación, informe técnico, cuadro de infracciones y sanciones administrativas y los respectivos formatos relaciones con el procedimiento administrativo sancionador. Manifestando que resulta necesario que se emita una nueva ordenanza que derogue la Ordenanza N° 448-2021/MDA y que regule el Procedimiento Administrativo Sancionador en concordancia con la normativa vigente sobre la materia. Indicando, además que es importante contar con un Cuadro de Infracciones y Sanciones, cuyas conductas infractoras se encuentre sintetizadas o compiladas en un solo cuerpo normativo y no dispersas en varias normas.
Que, mediante Informe N° 027-2024-GATYR-MDA de fecha 18 de enero del 2024, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, remite la propuesta del Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), de la Municipalidad Distrital de Ancón a la Gerencia Municipal;
Que, mediante Informe N° 012-2024-GPPPI/MDA de fecha 20 de enero del 2024, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones emite opinión técnica favorable a la propuesta del Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), de la Municipalidad Distrital de Ancón, precisando que su contenido se encuentra enmarcado dentro de lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones “ROF”, y en el Plan Estratégico Institucional 2021-2026, Ampliado;
Que, mediante Informe N° 055-2024-GAJ/MDA de fecha 30 de enero del 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la propuesta del Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), de la Municipalidad Distrital de Ancón;
Que, mediante Memorándum N° 056-2024-GM/MDA de fecha 30 de enero del 2024, emitido por la Gerencia Municipal remite la opinión legal favorable a la Secretaría General, respecto a la propuesta del Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), de la Municipalidad Distrital de Ancón
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades - el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de aprobación y lectura del Acta, por UNANIMIDAD aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE ANCÓN
Artículo Primero.– DEROGAR la Ordenanza Nº 448-2021/MDA, Reglamento de Aplicación de Sanciones y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Ancón.
Artículo Segundo.– APROBAR el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Ancón, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la municipalidad: https://www.gob.pe/muniancon
Artículo Tercero.– ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y demás unidades orgánicas participantes mencionadas en la ordenanza.
Artículo Cuarto.- FACULTAR al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, establezca las normas reglamentarias y de aplicación de la presente ordenanza, de ser necesarias
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza y a la Subgerencia de Abastecimiento, Control Patrimonial y Tecnologías de la Información su publicación en el portal institucional del texto de la Ordenanza y los respectivos Anexos.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SAMUEL MARCOS DAZA TAYPE
Alcalde
2264650-1