Autorizan viaje de Ministro de Relaciones Exteriores a Kingstown, San Vicente y las Granadinas y encargan su Despacho al Ministro de Justicia y Derechos Humanos
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 036-2024-PCM
Lima, 27 de febrero de 2024
VISTOS:
La Hoja de Trámite (GAB) Nº 350 del Despacho Ministerial, de 23 de febrero de 2024; el Memorándum (OPP) Nº OPP00544/2024 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 15 de febrero de 2024, y sus proveídos de 23 y 26 de febrero de 2024, que otorgan certificación de crédito presupuestario al presente viaje, el Memorándum (LEG) Nº LEG00406/2024 de la Oficina General de Asuntos Legales, de 23 de febrero de 2024; y, el Memorándum (OAP) Nº OAP00711/2024 de la Oficina de Administración de Personal, de 23 de febrero de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, la Presidencia Pro Tempore de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), a cargo de San Vicente y las Granadinas, ha convocado a la VIII Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC, a realizarse el 1 de marzo de 2024, en la ciudad de Kingstown, San Vicente y las Granadinas, con el objetivo de pasar revista a los resultados y logros obtenidos en el transcurso del año 2023, así como dialogar sobre los desafíos que enfrenta el futuro de dicho bloque regional;
Que, nuestro país ha sido invitado a participar en la referida Cumbre, cuyo evento inaugural se llevará a cabo el 29 de febrero de 2024;
Que, en la VIII Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC, se desarrollará el diálogo entre las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC y el diálogo con socios extrarregionales, lo que contribuirá a consolidar la presencia de la CELAC en el mundo y su figura como actor confiable para cooperar en áreas de interés común, lo cual redundará en beneficio de nuestro país;
Que, la participación del Perú en la VIII Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC constituye una importante oportunidad para promover y defender los intereses nacionales inscritos dentro de los objetivos de democracia, derechos humanos, Estado de derecho, lucha contra la delincuencia organizada transnacional y el tráfico ilícito de drogas, protección de poblaciones en situación de vulnerabilidad, relacionamiento con socios extrarregionales, entre otros de la Política Exterior;
Que, asimismo, la participación del señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Javier González Olaechea Franco, en la citada Cumbre, permitirá expresar a las altas autoridades de América Latina y el Caribe, el compromiso político de nuestro país por impulsar los distintos ámbitos de cooperación hemisférica y el fluido intercambio de las agendas que constituyen los temas de interés para la región;
Que, además, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Javier González Olaechea Franco, ha sido invitado a participar en la III Reunión de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores del Consenso de Brasilia, que se celebrará de forma paralela a la VIII Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC, en Kingstown, San Vicente y las Granadinas, el 1 de marzo de 2024;
Que el Consenso de Brasilia ha sido instituido como un mecanismo de diálogo político sudamericano que permitirá impulsar la integración regional, promover la cooperación y proyectar la voz de América del Sur en el mundo;
Que, asimismo, la VIII Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC será la oportunidad para que el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores sostenga reuniones con sus homólogos en las que se abordarán importantes temas de la agenda bilateral, las mismas que se tiene previsto realizar el 29 de febrero de 2024;
Que, por lo expuesto, constituye de interés nacional la participación del señor Javier González Olaechea Franco, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, en la VIII Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de CELAC, así como en la III Reunión de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores del Consenso de Brasilia, y en las reuniones bilaterales con Ministros de Relaciones Exteriores de la región;
Que, por cuestiones de itinerario, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores viajará a la ciudad de Kingstown, San Vicente y las Granadinas, del 28 de febrero al 3 de marzo de 2024;
Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas;
Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
Que, en tanto dure la ausencia del Titular, resulta necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor JAVIER GONZALEZ OLAECHEA FRANCO, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Kingstown, San Vicente y las Granadinas, del 28 de febrero al 3 de marzo de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 (263) Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional; y, Código POI AOI00004500085 Garantizar permanentemente la Gestión del Despacho Ministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos USD |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total viáticos USD |
JAVIER GONZALEZ OLAECHEA FRANCO |
6,952.95 |
430.00 |
3 |
1,290.00 |
Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor EDUARDO MELCHOR ARANA YSA, Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, a partir del 28 de febrero de 2024 y en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO
Ministro de Relaciones Exteriores
2265446-2