Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Designan responsable de entregar la información de acceso público del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú

Designan responsable de entregar la información de acceso público del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° 000012-2024-IRTP-PE

Lima, 13 de febrero del 2024

VISTOS: el Informe N° D000057-2023-IRTP-GG.1 de la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria; los Proveídos N° D002214-2023-IRTP- GG y N° 000249-2024-IRTP-GG de la Gerencia General; el Memorando N° 002763- 2023-B-IRTP-OA y el Informe N° 000011-2024-IRTP-OA de la Oficina de Administración; el Memorando N° 000055-2024-IRTP-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 000020-2024-IRTP-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú creado por Decreto Legislativo N° 829, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura, cuya finalidad es colaborar con la política del Estado en la educación y en la formación moral y cultural de los peruanos, teniendo como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS establece en el artículo 1 que la Ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú;

Que, el artículo 3 de la citada norma, establece que el Estado debe adoptar medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública; asimismo, se encuentra obligado a entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para lo cual cada Entidad de la Administración Pública deberá designar a un responsable de entregar la información solicitada, así como, al funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia, bajo responsabilidad de su máximo representante, ello en concordancia con lo señalado en su artículo 8;

Que, el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y sus modificatorias, dispone en el artículo 4 que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de transparencia se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano, señalando, además, que la Entidad colocará copia de la resolución de designación en un lugar visible en cada una de sus sedes administrativas;

Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 011-2018-IRTP se resuelve, en el artículo 1, designar al Gerente de Administración y Finanzas como responsable de entregar información de acceso público del IRTP en el marco de lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, en el artículo 2, al Jefe de la Oficina de Informática y Estadística como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Trasparencia Estándar del IRTP;

Que, mediante la Resolución de Gerencia General N° D000031-2022-IRTP-GG se conformó la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria del IRTP como unidad no orgánica dependiente de la Gerencia General; en cuyo numeral 2.10 del artículo 2 se le atribuye la función de “(…) Gestionar y orientar la atención de las solicitudes de transparencia y acceso a la información pública con las unidades usuarias de la información, para dar respuesta dentro de los plazos establecidos por Ley. (…)”;

Que, en esa línea, la Gerencia General a través del proveído del visto recaído en el Informe N° D000057-2023-IRTP-GG.1 elaborado por la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, dispone a la Oficina de Administración realizar la evaluación del requerimiento de la Unidad Funcional a efectos que su responsable sea designado como el responsable de entregar la información de acceso público del IRTP en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y lo dispuesto por la Resolución de Gerencia General N° D000031-2022-IRTP- GG;

Que, la Oficina de Administración por el Informe N° 002763-2023-B-IRTP/OA solicitó a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emitir opinión técnica sobre la viabilidad de lo propuesto por la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano en el Informe N° D000057-2023-IRTP-GG.1;

Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto por el Memorando N° 000055- 2024-IRTP-OPP concluye que es función de la Gerencia General gestionar y orientar la atención de las solicitudes de transparencia y acceso a la información pública con las unidades usuarias de la información;

Que, la Oficina de Administración a través del Informe N° 000011-2024-IRTP-OA comunica a la Gerencia General lo señalado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en el documento del visto y solicita se proceda con la designación del responsable de la entrega de información de acceso público, considerando para tal efecto la modificación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 011-2018-IRTP;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica por medio del Informe N° 000024-2024- IRTP-OAJ señala que, resulta viable emitir el acto resolutivo por medio del cual se deje sin efecto el artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 011-2018-IRTP que designa al Gerente de Administración y Finanzas como el responsable de entregar información de acceso público del IRTP, y se actualice la designación del responsable;

Con el visto de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003- PCM y el Decreto Supremo N° 056-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del IRTP y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo N° 006-2018-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto el Artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 011-2018-IRTP por medio del cual se designa al Gerente de Administración y Finanzas como responsable de entregar la información de acceso público del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú.

Artículo 2.- Designar al Coordinador/a de la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la Gerencia General como responsable de entregar la información de acceso público del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú.

Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la Gerencia General, a la Oficina de Administración y a la Oficina de Informática y Estadística del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (www.irtp.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NINOSKA ROSARIO CHANDIA ROQUE

Presidente Ejecutivo

2264675-1