Domingo, 24 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de la Ministra de la Producción a la República Dominicana y encargan su Despacho al Ministro de Comercio Exterior y Turismo

Autorizan viaje de la Ministra de la Producción a la República Dominicana y encargan su Despacho al Ministro de Comercio Exterior y Turismo

resolución suprema

N° 035-2024-PCM

Lima, 26 de febrero de 2024

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; y, es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados;

Que, a través de la Carta N° 0094 de fecha 22 de enero de 2024, el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes de la República Dominicana, junto a la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial - ONUDI, invitan a la señora ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA, Ministra de la Producción, a participar en la “Conferencia Regional sobre la Igualdad de Género en la Industria de Manufactura”, a desarrollarse en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el 6 de marzo de 2024; evento en el que, además intervendrá como ponente en el panel sobre “Brechas de Género en la Industria de Manufactura”;

Que, el citado evento servirá de escenario para reunir a cientos de mujeres líderes del sector industrial de España, América Latina y el Caribe. En este marco se presentará el “Estudio sobre Igualdad y Equidad de Género en la Industria de Manufactura Local de la República Dominicana”;

Que, la participación de la Ministra de la Producción en el citado evento, permitirá conocer, compartir experiencias, visión y líneas prioritarias de intervención promovidas por “Perú Produce” y “Mujer Produce”, lo que se alinea con la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional al 2030, así como con los objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONUDI;

Que, en ese sentido, resulta de interés nacional autorizar el viaje de la señora ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA, Ministra de la Producción, para que participe en el citado evento;

Que, los gastos que irrogue el citado viaje al exterior de la Ministra de la Producción, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos por la organización del evento;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, en tanto dure la ausencia de la Titular, es necesario encargar el Despacho de la Producción;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA, Ministra de la Producción, a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 5 al 7 de marzo de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Encargar el Despacho de la Producción al señor JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a partir del 5 de marzo de 2024 y en tanto dure la ausencia de la Titular.

Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no irroga gastos al Tesoro Público, ni libera o exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

2264983-3