Autorizan el viaje de funcionarios diplomáticos a Kingstown, San Vicente y las Granadinas, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 0159-2024-RE
Lima, 26 de febrero de 2024
VISTOS:
El Memorándum (DGM) Nº DGM00259/2024 de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 14 de febrero de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) Nº 679 del Despacho Viceministerial, de 15 de febrero de 2024 y su proveído de 21 de febrero de 2024; el Memorándum (OPP) Nº OPP00650/2024 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 22 de febrero de 2024 y su proveído de 26 de febrero de 2024, que otorgan certificación de crédito presupuestario al presente viaje, y, el Memorándum (OAP) Nº OAP00703/2024 de la Oficina de Administración de Personal, de 22 de febrero de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, la Presidencia Pro Tempore de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), a cargo de San Vicente y las Granadinas, ha convocado a la VIII Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC, el 1 de marzo de 2024, en la ciudad de Kingstown, San Vicente y las Granadinas, con el objetivo de pasar revista a los resultados y logros obtenidos en el transcurso del año 2023, así como dialogar sobre los desafíos que enfrenta el futuro de este bloque regional;
Que, nuestro país ha sido invitado a participar en la referida Cumbre, cuyo evento inaugural se llevará a cabo el 29 de febrero de 2024;
Que, en dicho encuentro, se desarrollará el diálogo entre las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC y el diálogo con socios extrarregionales, lo que contribuirá a consolidar la presencia de la CELAC en el mundo y su figura como actor confiable para cooperar en áreas de interés común, lo cual redundará en beneficio de nuestro país;
Que, la participación del Perú en la VIII Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC constituye una importante oportunidad para promover y defender los intereses nacionales inscritos dentro de los objetivos de democracia, derechos humanos, estado de derecho, lucha contra la delincuencia organizada transnacional y el tráfico ilícito de drogas, protección de poblaciones en situación de vulnerabilidad, relacionamiento con socios extrarregionales, entre otros de la Política Exterior;
Que, en tal sentido, se ha previsto la participación del señor Javier González- Olaechea Franco, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, en la VIII Cumbre de Jefas y Jefes de Estado de la CELAC, la cual constituirá una oportunidad para que exprese a las altas autoridades participantes de América Latina y el Caribe, el compromiso político de nuestro país por impulsar los distintos ámbitos de cooperación hemisférica y el fluido intercambio de las agendas que constituyen los temas de interés para la región;
Que, asimismo, el señor Javier González-Olaechea, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, participará en la III Reunión de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores del Consenso de Brasilia, que se celebrará en los márgenes de la VIII Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC, en Kingstown, San Vicente y las Granadinas, el 1 de marzo de 2024;
Que, asimismo, la VIII Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC será la oportunidad para que el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores sostenga reuniones con sus homólogos en las que se abordarán importantes temas de la agenda bilateral, las mismas que se tiene previsto realizar el 29 de febrero de 2024;
Que, por lo expuesto, se estima importante la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas, Director General para Asuntos Multilaterales y Globales, y del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Omar Salvatierra Robles, Subdirector de OEA y Asuntos Hemisféricos, de la Dirección de Organismos y Política Multilateral, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, acompañando al Ministro de Relaciones Exteriores, en los referidos eventos y reuniones;
Que los referidos funcionarios diplomáticos se abocarán a la preparación y coordinación de los detalles necesarios para la participación del señor Ministro de Relaciones Exteriores en los referidos eventos y reuniones el día 28 de febrero de 2024;
Que, por cuestiones de itinerario, los citados funcionarios diplomáticos viajarán a Kingstown, San Vicente y las Granadinas, del 27 de febrero al 4 de marzo de 2024;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Kingstown, San Vicente y las Granadinas, del 27 de febrero al 4 de marzo de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución:
• Embajador en el Servicio Diplomático de la República Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas, Director General para Asuntos Multilaterales y Globales; y,
• Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Omar Salvatierra Robles, Subdirector de OEA y Asuntos Hemisféricos, de la Dirección de Organismos y Política Multilateral, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (139) 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales; y, Código POI AOI00004500029 Gestión de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos Clase Económica USD |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total viáticos USD |
Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas |
3,470.20 |
430.00 |
6 |
2,580.00 |
Omar Salvatierra Robles |
3,470.20 |
430.00 |
6 |
2,580.00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Javier González-Olaechea Franco
Ministro de Relaciones Exteriores