Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan la realización del II Encuentro Nacional de Unidades de Flagrancia del Perú que se realizará en la ciudad de Tacna

Autorizan la realización del “II Encuentro Nacional de Unidades de Flagrancia del Perú”, que se realizará en la ciudad de Tacna

Presidencia del Consejo Ejecutivo

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000011-2024-P-CE-PJ

Lima, 22 de febrero del 2024

VISTO:

El Oficio N° 000066-2024-ST-CNF-PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Implementación de las Unidades de Flagrancia.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Implementación de las Unidades de Flagrancia solicita autorización y oficialización del II Encuentro Nacional de Unidades de Flagrancia, que se realizará el 3 y 4 de junio del presente año, en la ciudad de Tacna.

Segundo. Que el objetivo del citado encuentro es fortalecer las competencias de los jueces, juezas, operadores de justicia y funcionarios públicos, relacionadas a la aplicación del proceso inmediato en casos de delitos de flagrancia delictiva en el país y el mundo.

Tercero. Que la citada actividad está dirigida a jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial, Ministerio Público, abogados de la defensa pública, personal policial, bachilleres; y funcionarios del gobierno local y regional.

Cuarto. Que, el presupuesto estimado que demande la organización del referido evento, será con cargo a la Corte Superior de Justicia de Tacna.

En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en mérito a las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa número cero ochenta y seis guion dos mil diecinueve guion CE guion PJ,

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la realización del “II Encuentro Nacional de Unidades de Flagrancia del Perú”, que se realizará el 3 y 4 de junio del año en curso, de 8 a 13:00 horas; y de 15:00 a 17:00 horas, en la ciudad de Tacna; organizado por la Comisión Nacional de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú-Poder Judicial y la Corte Superior de Justicia de Tacna.

Artículo Segundo.- Otorgar carácter oficial al “II Encuentro Nacional de Unidades de Flagrancia del Perú”, publicándose la presente resolución en el Diario Oficial del Bicentenario “El Peruano”.

Artículo Tercero.- Autorizar la participación de los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, en el mencionado evento.

Artículo Cuarto.- Los gastos de los participantes, serán con cargo a sus respectivas Cortes Superiores de Justicia o Instituciones que representan. La participación de la Comisión Nacional de Unidades de Flagrancia, será con cargo a la Gerencia General del Poder Judicial.

Artículo Quinto.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Norte, Lima Sur, Lima Este, Callao, Tumbes, Piura, Sullana, La Libertad, Lambayeque, Santa, Arequipa; y Tacna, designen a un juez del Juzgado de Investigación Preparatoria, un juez de Juzgado Penal Unipersonal de Flagrancia, un personal jurisdiccional de la Unidad de Flagrancia y un Administrador de la Unidad de Flagrancia, para que participen en el citado encuentro. Asimismo, los gastos que demande la participación de los servidores de las unidades de flagrancia, serán con cargo al presupuesto de implementación de las unidades de flagrancia del año 2024, de sus respectivas Cortes superiores.

Artículo Sexto.- La Comisión Nacional de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú-Poder Judicial y la Corte Superior de Justicia de Tacna, son los organizadores del referido evento.

Artículo Sétimo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial contribuirá con las actividades de organización de la citada actividad, en la ciudad de Tacna. La Gerencia de Imagen y Justicia TV-Poder Judicial, cubrirá el desarrollo de la actividad académica.

Artículo Octavo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión Nacional de Implementación de las Unidades de Flagrancia, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

2264449-1