Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ratifican la Resolución Directoral Regional Nº 009-2022-GRA-GRDE-DRA/D que dispone incorporar al dominio del Estado representado por el Gobierno Regional - Dirección Regional Agraria de Ancash la superficie del terreno eriazo denominado Bellavista Canoas y dictan otras disposiciones

Ratifican la Resolución Directoral Regional Nº 009-2022-GRA-GRDE-DRA/D, que dispone incorporar al dominio del Estado, representado por el Gobierno Regional - Dirección Regional Agraria de Ancash, la superficie del terreno eriazo denominado “Bellavista Canoas”, y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 014-2023-GRA-DRA/DTPRCCyTE

Huaraz, 20 de diciembre de 2023

VISTO:

El Informe Legal Nº 91-2023-GRA/GRDE/DRA/OAJ-lmgv de fecha 09 de agosto de 2023, Resolución Directoral Nº 0091-2023-GRA-GRDE-DRA/D de fecha 09 de agosto de 2023, el Informe Nº 081-2023-GRA-GRDE-DRA/DTPRCCYTE de fecha 29 de agosto de 2023 y el Expediente (SISGEDO) N° 0128075; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Numeral 1.1 del Inciso 1 del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado la Ley N° 27444, señala “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al Derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que le fueron conferidas”;

Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2006-PCM, se aprueba el Plan Anual de Transferencia de competencias, por lo que mediante Decreto Supremo N° 056-2010-PCM, se dispuso la transferencia de la función de formalización y titulación de predios rústicos, de tierras eriazas habilitadas al 31 de diciembre de 2004, como se sabe la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, contempla en su artículo 51, inciso “n”, la función de saneamiento físico de la propiedad agraria. Mediante Resolución Ministerial N° 114-2011-VIVIENDA, se declara concluido el proceso de efectivización de la transferencia de la función antes mencionada, entre otros Gobiernos Regionales, en el Gobierno Regional de Ancash;

Que, mediante Resolución Directoral Regional Nº 0091-2023-GRA-GRDE-DRA/D de fecha 09 de agosto de 2023, se resuelve Artículo Primero: Déjese sin efecto el contenido de la Resolución Directoral N° 0001-2022-GRA-GRDE-DRAA/DTPRCC, de fecha 14 de enero de 2022, por las razones expuestas en la presente Resolución, Articulo Segundo: Enmendar la Resolución Directoral N° 0009-2022-GRA-GRDE-DRA/D, de fecha 17 de marzo de 2022, la cual por aplicación de la competencia en grado ha sido emitida por autoridad incompetente, en tal sentido devuélvase el Expediente Administrativo correspondiente a la adjudicación en venta del terreno eriazo denominado BELLAVISTA CANOAS, ubicado en el Sector Bellavista Canoas, Distrito y Provincia Huarmey, Departamento Ancash, seguido por la Sociedad Anónima REDONDOS, por las consideraciones expuestas en la presente resolución; consecuentemente también se debe enmendar de la Resolución Directoral N° 0034-2022-GRA-GRDE-DRA/D, de fecha 02 de junio de 2022, que dispone la corrección del error material considerada en la Resolución Directoral N° 0009-2022-GRA-GRDE-DRA/D, de fecha 17 de marzo de 2022, respecto del área del terreno eriazo y su perímetro; por lo tanto se debe considerar el área del terreno ya. Artículo Tercero: Dispóngase la conservación del acto administrativo contenido en artículo primero de la Resolución Directoral N° 0009-2022-GRA-GRDE-DRA/D, de fecha 17 de marzo de 2022, en el extremo que dispone la incorporación al dominio del Estado representado por el Gobierno Regional - Dirección Regional Agraria Ancash, de la superficie del mencionado terreno eriazo denominado BELLAVISTA CANOAS, ubicado en el Sector Bellavista Canoas, Distrito y Provincia Huarmey, Departamento Ancash por las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo Cuarto: Dispóngase la publicación y notificación de la presente resolución y de la resolución que se emita con la debida corrección del área del predio, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA y la Resolución Ministerial N° 0581-2015-MINAGRI. Artículo Quinto: Notifíquese la presente Resolución a las oficinas administrativas pertinentes;

Que, mediante Informe Nº 081-2023- GRA-GRDE-DRA/DTPRCCYTE de fecha 29 de agosto de 2023, concluye que se debe de cumplir con lo resuelto en la mediante Resolución Directoral Regional Nº 0091-2023-GRA-GRDE-DRA/D de fecha 09 de agosto de 2023, para enmendar la Resolución Ministerial Nº 0009-2022-GRA-GRDE-DRA/D de fecha 17 de marzo del 2022, previo visto bueno de la Unidad Legal, El área y perímetro del predio “Bellavista Canoas” de acuerdo a los nuevos planos y memorias descriptivas es: AREA : 459.8604 has, PERIMETRO: 13 319.84 ml;

Que, por lo expuesto y conforme a lo establecido en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificatorias; en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza Regional N° 023-2011-REGION ANCASH/CR, modificado por Ordenanza Regional N° 001-2018-GRA/CR; en uso de las atribuciones establecidas; y, con las visaciones de las oficinas correspondientes;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- RATIFICAR la Resolución Directoral Regional Nº 009-2022-GRA-GRDE-DRA/D de fecha 17 de marzo de 2022 que resuelve en el Artículo Primero: Disponer la INCORPORACION al dominio del Estado representado por el Gobierno Regional Dirección Regional Agraria de Ancash, la superficie del terreno eriazo denominado “Bellavista Canoas”.

Artículo Segundo.- RECTIFICAR el error material incurrido en la Resolución Directoral N° 0034-2022-GRA-GRDE-DRA/D, de fecha 02 de junio de 2022, que dispone la corrección del error material considerada en la Resolución Directoral N° 0009-2022-GRA-GRDE-DRA/D, de fecha 17 de marzo de 2022, respecto del área del terreno eriazo y su perímetro, la misma que quedará redactada de la siguiente forma:

DICE: Área 455.1835 has, Perímetro de 13 270.84 metros lineales;

DEBE DECIR: Área 459.8604 has, Perímetro: 13 319.84 metros lineales.

Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE y NOTIFÍQUESE la presente resolución, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA y la Resolución Ministerial N° 0581-2015-MINAGRI.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ALEJANDRO J. HUERTA CARRANZA

Director DTPRCCTE

Dirección Regional Agraria Ancash

Dirección Titulación de Predios Rurales

Comunidades Campesinas Terrenos Eriazos

2264120-1