Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Disponen nuevo plazo para recibir aportes sugerencias y/o comentarios respecto al proyecto denominado: Directiva que regula el procedimiento para la elección de las/los miembros de la Comisión Consultiva del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS

Disponen nuevo plazo para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios respecto al proyecto denominado: “Directiva que regula el procedimiento para la elección de las/los miembros de la Comisión Consultiva del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

N° D000035-2024-CONADIS-PRE

Lima, 22 de febrero del 2024

VISTOS:

El Memorando N° D000227-2024-CONADIS-DPDPD de la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad; el Informe N° D000015-2024-CONADIS-SDPCD de la Sub Dirección de Promoción y Concientización en Discapacidad; la Nota N° D000094-2024-CONADIS-OAJ y el Informe N° D000095-2024-CONADIS-OAJ, ambos de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad (en adelante la LGPCD), las autoridades de los distintos sectores y niveles de gobierno tienen la obligación de realizar consultas con las organizaciones que representan a las personas con discapacidad, previamente a la adopción de normas legislativas y administrativas, políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad;

Que, conforme al numeral 65.2 del artículo 65 de la LGPCD el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) cuenta con un Consejo Consultivo;

Que, asimismo, el numeral 76.3 del artículo 76 del Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, regula la elección de los miembros del Consejo Consultivo disponiendo que el CONADIS emite la directiva para la elección de los representantes de las organizaciones de personas con discapacidad al Consejo Consultivo, conforme al numeral 65.2 del artículo 65 de la Ley N° 29973;

Que, el numeral 12.1 del artículo 12 del Reglamento de la Ley N° 29973, establece que previamente a la adopción de normas legislativas y administrativas, políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad, éstas deben ser difundidas por un plazo no menor de treinta (30) días, en concordancia con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;

Que, mediante la Resolución de Presidencia N° D000040-2021-CONADIS-PRE, se aprueba la Directiva N° D000002-2021-CONADIS-PRE, “Directiva que establece las pautas para el desarrollo de procesos de consulta a las personas con discapacidad”, que busca considerar las necesidades y expectativas de las personas con discapacidad en el desarrollo de propuestas normativas, así como brindar predictibilidad respecto al proceso de consulta;

Que, a través de la Resolución de Presidencia N° D000008-2024-CONADIS-PRE, publicada el 11 de enero de 2024 en el diario oficial El Peruano, se dispone la publicación del proyecto de directiva denominado: “Directiva que regula el procedimiento para la elección de las/los miembros de la Comisión Consultiva del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS”, estableciéndose, en su artículo 2, un plazo de treinta (30) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación, para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios por parte de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas;

Que, la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad mediante Memorando N° D000227-2024-CONADIS-DPDPD, remite el Informe N° D000015-2024-CONADIS-SDPCD de la Sub Dirección de Promoción y Concientización en Discapacidad, por el cual sustenta que las dificultades propias vinculadas a la conectividad y tiempos que conllevan la articulación con las diversas Oficinas Regionales del CONADIS, las Oficinas Regionales de Atención a las Personas con Discapacidad (OREDIS) y las Oficinas Municipales de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED); así como la elaboración, preparación y adaptación de formatos y medios accesibles para la difusión del mencionado proyecto de directiva, conjuntamente con la necesidad de ampliar dos sesiones adicionales para recojo de aportes, han originado la necesidad de solicitar la ampliación del plazo señalado en el artículo 2 de la Resolución de Presidencia N° D000008-2024-CONADIS-PRE, de treinta (30) días hábiles a cincuenta y cuatro (54) días hábiles;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, a través de la Nota N° D000094-2024-CONADIS-OAJ y el Informe N° D000095-2024-CONADIS-OAJ, señala que resulta jurídicamente viable disponer de un nuevo plazo para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios por parte de las personas con discapacidad y organizaciones que la representan, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas, respecto del proyecto de directiva denominado: “Directiva que regula el procedimiento para la elección de las/los miembros de la Comisión Consultiva del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS”, conforme a lo sustentado por la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad;

Con el visto bueno de la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y modificatorias, el Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad y sus modificatorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, aprobado mediante la Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE; la Directiva N° D000002-2021-CONADIS-PRE, “Directiva que establece las pautas para el desarrollo de procesos de consulta a las personas con discapacidad”, aprobada por la Resolución de Presidencia N° D000040-2021-CONADIS-PRE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer un nuevo plazo para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios por parte de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas, respecto del proyecto de directiva denominado: “Directiva que regula el procedimiento para la elección de las/los miembros de la Comisión Consultiva del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS”, el mismo que tendrá una duración de cincuenta y cuatro (54) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la Resolución de Presidencia N° D000008-2024-CONADIS-PRE.

Artículo 2.- Publicar la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS (www.gob.pe/conadis), lo cual deberá realizarse el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SANDRA PILAR PIRO MARCOS

Presidenta

Consejo Nacional para la Integración

de la Persona con Discapacidad

2264308-1