Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Designan fiscales en el Distrito Fiscal de Lima Centro

Designan fiscales en el Distrito Fiscal de Lima Centro

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 483-2024-MP-FN

Lima, 21 de febrero de 2024

VISTO:

El oficio Nº 209-2024-SG/JNJ, suscrito por el abogado Juan Carlos Martin Vicente Cortés Carcelén, Secretario General de la Junta Nacional de Justicia, recepcionado por la Mesa Única de Partes Virtual de la Secretaría General del Ministerio Público, el 16 de febrero de 2024, por el cual remite copias certificadas de, entre otras, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 237-2024-JNJ, de fecha 14 de febrero de 2024.

CONSIDERANDO:

Mediante la Resolución de visto, emitida por la Junta Nacional de Justicia, en el marco del Registro de Candidatos en Reserva de la Convocatoria Nº 010-2021-SN/JNJ, se nombró a Fiscales Superiores Penales de Lima, del Distrito Fiscal de Lima Centro.

Con fecha 16 de febrero de 2024, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento correspondiente, entre otros, a la abogada Silvia Noemy Gil Cruz.

A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3490-2023-MP-FN, de fecha 15 de diciembre de 2023, se resolvió, entre otros, dar por concluida la designación de la Fiscal Superior Titular Civil y Contencioso Administrativa de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Miraflores-Surquillo-San Borja, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1317-2022-MP-FN, de fecha 02 de julio de 2022.

El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza específica sobre la base del desempeño, experiencia y otros.

Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la ley Nº 30483, también modificada mediante Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fiscales tiene naturaleza temporal.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fiscales provisionales y fiscales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Respecto a la provisionalidad la Corte ha señalado que esta “no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Es aquí, en que se destaca la comprensión de la condición resolutoria, desarrollada por la Corte, que “sería la extinción de la causa que motivó la ausencia o separación temporal de la funcionaria o el funcionario titular, o el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público para proveer los reemplazos de carácter permanente”.

A través del oficio Nº 191-2024-MP-FN-GG-OGPOHU, la Oficina General de Potencial Humano, ha manifestado que tres (03) plazas de fiscal superior pueden ser utilizadas para fiscales superiores penales del distrito fiscal de Lima Centro, señalando la siguiente información:

Cuadro N°4 - Plazas superiores penales de Lima - Distrito Fiscal

de Lima Centro

Código AIRHSP

Estado actual

Situación actual AIRHSP

Cargo Estructural

Especialidad

Distrito Fiscal Propuesto

018053

VACANTE

VACANTE

FISCAL SUPERIOR

PENAL

LIMA CENTRO

023851

VACANTE

VACANTE

FISCAL SUPERIOR

PENAL

LIMA CENTRO

023895

VACANTE

VACANTE

FISCAL SUPERIOR

PENAL

LIMA CENTRO

El Fiscal de la Nación (i) como titular de la Institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal, se hace oportuno, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de visto, asignarle a la fiscal titular nombrada el código AIRHSP señalado en la primera fila del cuadro precedente.

Asimismo, considerando que la designación de la magistrada titular del Despacho de la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Miraflores-Surquillo-San Borja, ha sido concluida conforme se ha precisado en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, y estando a que, a la fecha, dicha plaza temporalmente viene siendo ocupada por un fiscal provisional, corresponde emitirse el acto resolutivo correspondiente a fin de dar por concluido el nombramiento y designación del referido fiscal provisional, y así efectuar la designación de la abogada Silvia Noemy Gil Cruz, en dicha plaza fiscal; para lo cual también deberá darse por concluido los nombramientos y designaciones respectivos.

Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley Nº 31718.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Silvia Noemy Gil Cruz, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, así como la vigencia de los mismos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3601-2023-MP-FN, de fecha 21 de diciembre de 2023.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Fara Teodolinda Cubillas Romero, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Miraflores-Surquillo-San Borja, así como la vigencia de los mismos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 141-2024-MP-FN, de fecha 15 de enero de 2024.

Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Diana Mayra Paico Guevara, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el 3° Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco, así como la adecuación de los mismos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 036-2021-MP-FN y 834-2021-MP-FN, de fechas 12 de enero y 08 de junio de 2021, respectivamente.

Artículo Cuarto.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Luis Angel Sifuentes Pajuelo, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, así como la prórroga de la vigencia de los mismas, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 2422-2022-MP-FN y 3505-2023-MP-FN, de fechas 14 de noviembre de 2022 y 15 de diciembre de 2023, respectivamente.

Artículo Quinto.- Designar a la abogada Silvia Noemy Gil Cruz, Fiscal Superior Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Miraflores-Surquillo-San Borja.

Artículo Sexto.- Designar a la abogada Fara Teodolinda Cubillas Romero, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 3° Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco.

Artículo Séptimo.- Designar a la abogada Diana Mayra Paico Guevara, Fiscal Adjunta Provincial Titular Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y a los abogados mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2264023-1