Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Presidencia del Poder Judicial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 000064-2024-P-PJ
Lima, 22 de febrero del 2024
VISTO:
El Oficio N° 000164-2024-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial que contiene el Memorando N° 000290-2024-GP-GG-PJ de la Gerencia de Planificación y el Informe Nº 000113-2024-SPP-GP-GG-PJ de la Subgerencia de Planes y Presupuesto en su calidad de Oficina de Presupuesto del Pliego, en relación a la propuesta de transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, y el Informe N° 000193-2024-OAL-GG-PJ de la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio N° 006-2024-CG/GRECE, el Gerente de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República solicita realizar la transferencia financiera, con la finalidad de designar y contratar a la Sociedad de Auditoria que se requiera, para la realización de la auditoría financiera gubernamental;
Que, a través de Memorándum N° 000218-2024-GAF-GG-PJ la Gerencia de Administración y Finanzas solicita se gestione la aprobación del resolutivo que autorice la Transferencia Financiera a la Contraloría General de la República, a fin de emitir el giro respectivo, precisando que en el presente ejercicio fiscal el monto de S/ 160 102.00 que corresponde al 100% del periodo 2024, se encuentra programado;
Que, en virtud de lo antes expuesto, y en el marco de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias, resulta pertinente aprobar la transferencia financiera por la suma de S/ 160 102,00 con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019 Contraloría General;
Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias, señala que la citada Transferencia Financiera debe ser autorizada mediante Resolución Administrativa del Titular del Pliego;
Contando con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Planificación y de la Oficina de Asesoría Legal; y de conformidad con el artículo 20 de la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias; y en el artículo 17° de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 Directiva para la Ejecución Presupuestaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 004 Poder Judicial, con cargo al Presupuesto Institucional 2024, hasta por la suma de CIENTO SESENTA MIL CIENTO DOS Y 00/100 SOLES (S/ 160 102.00), a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 100% de la retribución económica, por el periodo 2024, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad auditora externa, que se encargará de realizar las labores de auditoría financiera gubernamental al Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle:
PLIEGO : 004 Poder Judicial
UNIDAD EJECUTORA : 001 Gerencia General del Poder
Judicial
PROGRAMA : 9001 Acciones Centrales
ACTIVIDAD : 5000003 Gestión Administrativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Ordinarios
2.4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
2.4.1.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL 160 102.00
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TOTAL PLIEGO 160 102.00
Artículo 2.- Limitaciones al uso de recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1° de la presente Resolución Administrativa no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 3.- Acciones Administrativas
Remitir copia de la presente resolución a la Gerencia de Administración y Finanzas, para que realice las acciones administrativas que correspondan.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente del Poder Judicial
2263842-1