Aprueban modelo definitivo de la cédula de sufragio para las Elecciones Municipales Complementarias 2024
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000044-2024-JN/ONPE
Lima, 20 de febrero de 2024
VISTOS: el Informe N° 000041-2024-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral, el Informe N° 000183-2024-SGPE-GGE/ONPE de la Sub Gerencia de Producción Electoral de la Gerencia de Gestión Electoral, el Informe N° 000033 -2024-GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe N° 000097-2024-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Mediante, el Decreto Supremo N° 097-2023-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de agosto de 2023, la Presidenta de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2024 (en adelante EMC 2024), para el 26 de mayo de 2024, con la finalidad de elegir a alcaldes y regidores de los concejos municipales en el distrito de Pion, provincia de Chota, departamento de Cajamarca; y, en el distrito de Ninabamba, provincia de Santa Cruz, del departamento de Cajamarca;
De conformidad con el artículo 37 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante LOE), «La Oficina Nacional de Procesos Electorales tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares. Ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución, la presente Ley y su Ley Orgánica»;
Por su parte, conforme a los literales b) y c) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, son funciones de la Oficina Nacional Procesos Electorales (en adelante ONPE) diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos electorales; así como planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente;
Por tanto, y de conformidad con los artículos 159 y 165 de la LOE, corresponde a la ONPE determinar las características y el diseño de la cédula de sufragio correspondiente al proceso electoral en curso, su impresión y distribución; así como decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias que debe llevar la cédula de sufragio para facilitar el voto del elector;
Es, en virtud de la normativa descrita, que, mediante Resolución Jefatural N°000033-2024-JN/ONPE, se aprobó el diseño de la cédula de sufragio para las EMC 2024. Esta fue presentada en acto público el 7 de febrero de 2024; en cuya realización el representante de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante JNE) recomendó algunas precisiones al diseño de la cédula de sufragio antes mencionado;
Ahora bien, el primer párrafo del artículo 167 de la LOE estipula que «Los personeros acreditados pueden presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones. Dichas impugnaciones o reclamaciones deben estar debidamente sustentadas y ser presentadas por escrito dentro de los tres (3) días después de efectuada la publicación a que se refiere el Artículo 165 [de la referida ley]»;
Asimismo, el artículo 168 de la LOE establece que «Resueltas las impugnaciones o reclamaciones que se hayan formulado, o vencido el término sin que se hubiese interpuesto ninguna, la Oficina Nacional de Procesos Electorales publica y divulga el modelo definitivo y el procedimiento que debe seguirse […]»;
Al respecto, la Secretaría General del JNE, mediante el Oficio N° 00312-2024-SG/JNE, de fecha 14 de febrero de 2024, hace de conocimiento que no se han recibido impugnaciones contra el diseño de cédula de sufragio, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 000033-2024-JN/ONPE;
De acuerdo a lo señalado y teniendo en cuenta lo establecido en los literales b) y o) del artículo 70 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE, adecuado por Resolución Jefatural N°000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias; la Gerencia de Gestión Electoral, a través del Informe de vistos, ha propuesto a la Gerencia General la aprobación del modelo definitivo y especificaciones técnicas de la cédula de sufragio correspondientes a las EMC 2024;
Evaluada la propuesta, por Informe N° 000033-2024-GG/ONPE, la Gerencia General comunicó a esta Jefatura el referido modelo definitivo y especificaciones técnicas de la mencionada cédula de sufragio, recomendando su aprobación y publicación; en tal sentido, resulta necesario emitir la Resolución Jefatural que corresponde;
De conformidad con lo dispuesto en los literales b), c), g) y h) del artículo 5 de la LOONPE; así como en los literales m) y n) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE, adecuado por la Resolución Jefatural n° 000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias;
Con los visados de la Secretaría General y de la Gerencia General, así como de las Gerencia de Gestión Electoral y de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el modelo definitivo de la cédula de sufragio para las Elecciones Municipales Complementarias 2024, cuyo formato aparece en los Anexos N° 2, 3, 4, y 5; y sus especificaciones técnicas en el Anexo N° 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Poner la presente resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de las organizaciones políticas participantes.
Artículo Tercero.- Publicar el contenido de la presente Resolución Jefatural y sus anexos en el Diario Oficial El Peruano y en la web oficial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital única del Estado Peruano www.gob.pe/onpe. y en el portal de Transparencia de la Entidad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe
ANEXO Nº 1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO
ELECCIONES MUNICIPALES
COMPLEMENTARIAS 2024
1. MEDIDAS:
1.1 La cédula de sufragio tiene las siguientes dimensiones:
1.1.1 Será de 15.00 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho, en formato horizontal.
2. ANVERSO:
2.1 Encabezado: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y centrado los siguientes textos: “ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2024” y el nombre de la región a la que pertenece, en letras de color negro dividido en dos líneas. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE en el extremo derecho, ambos de color negro
2.2 Subtítulo: conformado por un recuadro en fondo de color negro, donde se incluye el nombre del distrito al cual pertenece, en letras de color blanco.
2.3 Instrucciones al elector: conformado por una fila de color gris, con el texto: “MARQUE CON UNA CRUZ O UN ASPA DENTRO DEL RECUADRO DEL SIMBOLO DE SU PREFERENCIA”, en letras de color negro dividido en dos líneas.
2.4 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se consideraron dos diseños que contempla 01 y 02 filas con la participación de 01 y 02 organizaciones políticas y debajo de estas filas se muestra un recuadro en fondo color gris. Cada fila consta de un borde de color negro y el fondo con trama de color celeste con las siglas: “JNE ONPE RENIEC”, caladas con letras de color blanco en forma diagonal ascendente. Cada una de estas filas presenta 2 secciones claramente diferenciadas:
2.4.1 Nombres de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.
2.4.2 Símbolos de las Organizaciones Políticas al lado derecho, impresos a todo color, dentro de un recuadro de borde negro en fondo de color blanco.
2.5 Pie de página: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina inferior izquierda.
3. REVERSO:
3.1 Fondo de color gris, con las siglas: “JNE ONPE RENIEC” caladas con letras de color blanco en forma diagonal ascendente, y repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo.
3.2 En el encabezado va el texto: “ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2024”, en letras de color negro dividido en dos líneas. En un segundo bloque: “ORGANISMOS ELECTORALES”, “JNE - ONPE - RENIEC”, uno debajo del otro en letras de color negro. Inmediatamente después se muestra el Escudo Nacional, impreso en color negro.
3.3 Se ha consignado el título: “CEDULA DE SUFRAGIO”, centrado debajo del Escudo Nacional, donde se precisa las siguientes indicaciones para los miembros de mesa: “FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE INSTALACION”, en letras de color negro centrado en dos líneas.
3.4 A continuación, se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para las firmas de los personeros de las organizaciones políticas, en letras de color negro.
Los Partidos Políticos y Movimientos Regionales están agrupados en bloques, los mismos que fueron definidos por el resultado del sorteo de ubicación de éstos en la cédula de sufragio realizado con fecha 17 de enero de 2024, conforme al procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 0000013-2024-JN/ONPE.
El diseño de cédula publicado mide 21.00 cm. de ancho x 15.00 cm. de largo, es de formato horizontal a todo color en el anverso y 01 color en el reverso.
CÉDULA DE SUFRAGIO
1 ORGANIZACIÓN POLÍTICA
ANEXO Nº 2 (ANVERSO)
CÉDULA DE SUFRAGIO
1 ORGANIZACIÓN POLÍTICA
ANEXO Nº 3 (REVERSO)
CÉDULA DE SUFRAGIO
2 ORGANIZACIONES POLÍTICAS
ANEXO Nº 4 (ANVERSO)
CÉDULA DE SUFRAGIO
2 ORGANIZACIONES POLÍTICAS
ANEXO Nº 5 (REVERSO)
2263383-1