Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro

Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 480-2024-MP-FN

Lima, 21 de febrero de 2024

VISTO Y CONSIDERANDO:

El oficio Nº 96-2024-MP-FN-FSTEDCFP, cursado por el doctor Franklin Jaime Tomy López, Fiscal Supremo Provisional Transitorio, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, mediante el cual en mérito a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 412-2024-MP-FN, de fecha 13 de febrero de 2024, eleva la propuesta para ocupar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial Transitorio, en el Pool de Fiscales Transitorios de Lima, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; asimismo, requiere se destaque al personal fiscal que ocupe dicha plaza para que preste apoyo a la Fiscalía Suprema a su cargo, por necesidad de servicio.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 412-2024-MP-FN, de fecha 13 de febrero de 2024, se resolvió, entre otro, dar por concluido el destaque de una (01) Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el Pool de Fiscales Transitorios de Lima, que venía prestando apoyo al Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2928-2018-MP-FN, de fecha 24 de agosto de 2018.

El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza específica sobre la base del desempeño, experiencia y otros.

Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la ley Nº 30483, también modificada mediante Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fiscales tiene naturaleza temporal.

El Fiscal de la Nación (i) como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa verificación de los requisitos de ley, disponer el nombramiento y designación del fiscal que ocupe provisionalmente la plaza fiscal mencionada en el primer párrafo de la presente resolución, así como destacarlo en calidad de apoyo al Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, por necesidad de servicio y en razón a que se requiere a un (01) Fiscal Adjunto Provincial que reemplace las funciones que venía desempeñando el personal fiscal mencionado en el segundo párrafo de la presente resolución; nombramiento, designación y destaque que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley Nº 31718.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Lissette Stephany Cayetano Gutiérrez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Callao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2162-2019-MP-FN, de fecha 15 de agosto de 2019.

Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Lissette Stephany Cayetano Gutiérrez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Pool de Fiscales Transitorios de Lima, y destacándola para que preste apoyo al Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos.

Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento, designación y destaque señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.

Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Callao y Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y a la fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2263648-4