Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000011-2024-BNP
Lima, 20 de febrero de 2024
VISTOS:
El Informe Técnico N° 000005-2024-BNP-GG-OA-EAF de fecha 14 de febrero de 2024, del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración; el Memorando N° 000155-2024-BNP-GG-OA de fecha 15 de febrero de 2024, de la Oficina de Administración; el Informe N° 000012-2024-BNP-GG-OPP-EPR de fecha 15 de febrero de 2024, del Equipo de Trabajo de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 000260-2024-BNP-GG-OPP de fecha 15 de febrero de 2024, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 000036-2024-BNP-GG-OAJ de fecha 19 de febrero de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú dispone que la Biblioteca Nacional del Perú es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura y es el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y financiera; y, ajusta su actuación a lo dispuesto en la Ley N° 30570 y en las normas aplicables que regulan el sector cultura;
Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiendo publicarse dicha resolución en el Diario Oficial El Peruano;
Que, con la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica; así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;
Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, la Contraloría General de la República aprueba la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, la cual tiene por finalidad establecer el marco normativo de los procesos de la Gestión de Sociedades de Auditoría que comprenden el registro, designación y contratación de las Sociedades de Auditoría, a fin de desarrollar las atribuciones de la Contraloría General de la República en el marco de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modificatorias, que permita contribuir oportunamente con la eficiencia, economía y legalidad en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado;
Que, mediante el Oficio N° 001283-2023-CG/GRECE, la Gerencia de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República solicita a la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú la transferencia de la retribución económica para la contratación de la sociedad de auditoría que efectúe la auditoría financiera por el periodo 2024, por el monto de S/. 72 499,00 (Setenta y dos mil cuatrocientos noventa y nueve con 00/100 soles), en atención a lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias;
Que, por medio del Memorando N° 000155-2024-BNP-GG-OA, la Oficina de Administración sustentándose en el Informe Técnico N° 000005-2024-BNP-GG-OA-EAF, de su Equipo de Trabajo de Administración Financiera, solicita a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la autorización de la nota de certificación de crédito presupuestario N° 0000000250, así como la emisión del informe favorable respecto de la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el 100% del monto total de la retribución económica (incluye IGV), destinada a la contratación de la Sociedad de Auditoría para ejecutar la auditoría del ejercicio fiscal 2024;
Que, con el Memorando N° 000260-2024-BNP-GG-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto tomando en consideración el Informe N° 000012-2024-BNP-GG-OPP-EPR, de su Equipo de Trabajo de Presupuesto, emite opinión favorable en relación a la disponibilidad de recursos presupuestales para efectuar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a la contratación de la Sociedad de Auditoría encargada de ejecutar la auditoría del ejercicio fiscal 2024, y remite la nota de certificación de crédito presupuestario N° 0000000250 por el monto de S/. 72 499,00 (Setenta y dos mil cuatrocientos noventa y nueve con 00/100 soles), en la específica de gasto 2.4.1.3.1.1 “A otras unidades del Gobierno Nacional” y fuente de financiamiento 1.Recursos Ordinarios, debidamente autorizada;
Que, a través del Informe Legal N° 000036-2024-BNP-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión, recomendado la emisión del acto resolutivo que autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;
Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración;
De conformidad Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, que aprueba la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”; el Decreto Supremo N° 001-2018-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú; y, demás normas pertinentes;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia financiera
Autorizar la transferencia financiera del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 72 499,00 (Setenta y dos mil cuatrocientos noventa y nueve con 00/100 soles), por el 100% del monto total de la retribución económica (incluye IGV), destinada a la contratación de la Sociedad de Auditoría para ejecutar la auditoría del ejercicio fiscal 2024.
Artículo 2.- Financiamiento
Los recursos de la transferencia financiera a que hace referencia el artículo 1 se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Biblioteca Nacional del Perú del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, para lo cual la Oficina de Administración debe efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural.
Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo
La Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la presente transferencia financiera.
Artículo 5.- Publicación
Encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BORIS GILMAR ESPEZUA SALMON
Jefe Institucional
2263376-1