Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 454-2024-MP-FN
Lima, 19 de febrero de 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N° 177-2024-MP-FN-PJFSHUANCAVELICA, remitido por el abogado Miguel Ángel Ramos Ríos, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica, mediante el cual eleva la carta de renuncia, así como emitiendo conformidad de la misma, de la abogada Marielena Villanueva Rosales, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Izcuchaca-Huancavelica, presentada el 06 de febrero del presente año, vía correo electrónico dirigido a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores antes citada, por motivos familiares, con efectividad al 07 de marzo de 2024.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Marielena Villanueva Rosales, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Izcuchaca-Huancavelica, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1314-2020-MP-FN, de fecha 30 de noviembre de 2020, con efectividad al 07 de marzo de 2024; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2262866-1