Otorgan duplicado de diploma de título profesional de Licenciada en Pedagogía y Humanidades de la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL
DEL CENTRO DEL PERÚ
Secretaría General
RESOLUCIÓN Nº 3183-CU-2023
Huancayo, 12 de setiembre de 2023
Visto, el expediente N° 244153-2023, de fecha 04.08.2023, seguido por Doña CARMEN LUZ BACA SAMANIEGO, mediante el cual solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN PEDAGOGÍA Y HUMANIDADES; ESP: BIOLOGÍA Y QUÍMICA, por pérdida.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a los Artículos 13° y 14° de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país;
Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad;
Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modificada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario oficial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;
Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones N° 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;
Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma;
Que, mediante la Resolución Nº 3723-CU-2018 del 25.04.2018, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2018-SG-UNCP, Directiva Interna para adaptar las modificaciones al Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos – SUNEDU”;
Que, doña CARMEN LUZ BACA SAMANIEGO, solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN PEDAGOGÍA Y HUMANIDADES; ESP: BIOLOGÍA Y QUÍMICA, por pérdida, el mismo que fue expedido por esta Universidad. Se encuentra asentado en el Tomo N° 018-T, Fojas Nº 359, Registro Nº 3718 y fecha de expedición 21.05.1997, el cual obra en la Unidad de Grados y Títulos de Secretaría General. Para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem 16.6 del artículo 16 de la Directiva Nº 001-2018-SG-UNCP; y
De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 12 de setiembre de 2023.
SE RESUELVE:
1º.- ANULAR el DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN PEDAGOGÍA Y HUMANIDADES; ESP: BIOLOGÍA Y QUÍMICA, de doña CARMEN LUZ BACA SAMANIEGO, de fecha primigenio 21.05.1997, por motivo de pérdida.
2º.- OTORGAR el DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN PEDAGOGÍA Y HUMANIDADES; ESP: BIOLOGÍA Y QUÍMICA, a doña CARMEN LUZ BACA SAMANIEGO de acuerdo al siguiente detalle: Registro Nº 3718, Tomo N° 018-T, Fojas Nº 359.
3º.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria.
4º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaría General y a la Facultad.
Regístrese, comuníquese y archívese.
AMADOR GODOFREDO VILCATOMA SANCHEZ
Rector
ROY PEDRO SACAICO PALACIOS
Secretario General
2259548-1