Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo 2024 del Poder Judicial

Aprueban el “Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo 2024 del Poder Judicial”

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000051-2024-CE-PJ

Lima, 16 de febrero del 2024

VISTO:

El Oficio N° 000009-2024-PCSST-CE-PJ cursado por el señor Carlos Alberto Zavaleta Grández, Consejero representante ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2012-TR se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, que tiene por objeto promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, a través del deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado; y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, con el fin de velar por la promoción, difusión y cumplimiento de las normas sobre la materia.

Segundo. Que, el artículo 22 de la mencionada Ley establece que el empleador, en consulta con los trabajadores y sus representantes, expone por escrito la política en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Tercero. Que, asimismo, la Resolución Ministerial N° 050-2013-TR señala que el Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo es aquel documento de gestión, mediante el cual el empleador desarrolla la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo en base a los resultados de la evaluación inicial, o de evaluaciones posteriores; o de otros datos disponibles, con la participación de los trabajadores, sus representantes y la organización sindical.

Cuarto. Que, en ese contexto, el señor Consejero representante ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial mediante Oficio N° 000009-2024-PCSST-CE-PJ, remite a este Órgano de Gobierno el “Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo 2024 del Poder Judicial”, el mismo que ha sido revisado y aprobado en la sesión ordinaria del referido comité de fecha 15 de enero de 2024.

Quinto. Que, el mencionado Plan Anual está en función a lo establecido en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y las disposiciones vigentes, y es mediante este documento que el Poder Judicial gestiona y fomenta la implementación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo en este Poder del Estado, promoviendo una cultura de prevención de riesgos laborales con la finalidad de proteger la vida, salud y bienestar de los trabajadores y de aquellos que no tienen vínculo laboral, pero prestan servicios a la institución. Asimismo, el Plan Anual considera las medidas preventivas que contribuyan en prevenir y controlar la ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales; así como mejorar las condiciones laborales de cada sede en la que trabajadores y colaboradores desarrollan sus actividades.

Sexto. Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que deviene en pertinente aprobar el referido documento; con cargo a la disponibilidad presupuestal.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 210-2024 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 31 de enero de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el “Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo 2024 del Poder Judicial”; con cargo a la disponibilidad presupuestal.

Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial emita las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan anual.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.

Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país, Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

2262941-1