Designan a la Gerente de Asesoría Jurídica y al Gerente de Administración y Finanzas, de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Ica Sociedad Anónima – EPS EMAPICA S.A.
Resolución de Consejo Directivo
Nº 000008-2024-OTASS-CD
Lima, 16 de febrero de 2024
VISTOS:
El Informe Nº 000104-2024-OTASS-DO de la Dirección de Operaciones, el Informe Nº000134-2024-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Nº 000047-2024-OTASS-OA de la Oficina de Administración, el Memorando Nº 000030-2024-OTASS-ST-CD de la Secretaría Técnica del Consejo Directivo, y el Informe Nº 000075-2024-OTASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario y es competente para promover y ejecutar la política del ente rector en materia de gestión y administración de la prestación se los servicios de agua potable y saneamiento; y, la política de integración de prestadores;
Que, el inciso 101.1 del artículo 101 del TUO de la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, dispone que a partir del inicio y durante la aplicación del Régimen de Apoyo Transitorio, la responsabilidad y la administración de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento en el ámbito de las empresas prestadoras se encuentra a cargo del OTASS, encontrándose facultado entre otros: “(…) 3. Respecto del personal de Confianza, el OTASS: i) Contrata personal de confianza bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), definiéndose en cada empresa prestadora el número de personas que tienen la calidad de personal de confianza, de acuerdo al número de conexiones de agua potable que administran, considerando hasta un profesional de confianza por cada siete mil (7,000) conexiones, en un número no menor a cinco (5); exceptuándose del requisito de que la plaza se encuentre previamente prevista en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), CAP Provisional, Cuadro de Puestos de la Entidad y Presupuesto Analítico de Personal; así como, de la condición establecida en la parte final de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; y, de los límites establecidos por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, de cada EPS en RAT, y el artículo 77 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; ii) Asume las gerencias con profesionales pertenecientes al OTASS; y/o, iii) Ratifica en sus cargos a los gerentes que venían desempeñándose previo al inicio del Régimen de Apoyo Transitorio (…)”;
Que, el numeral 4 del inciso 101.1 del artículo 101 del TUO de la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, el OTASS también se encuentra facultado para designar directores, conforme lo establece el Reglamento;
Que, el numeral 101.4. del artículo 101 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1280, Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, señala que: “El Acuerdo de Consejo Directivo del OTASS que designa a los Directores y a los Gerentes en las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio, es título suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral respectiva.”;
Que, a través de la Sesión Extraordinaria Nº 004-2024 llevada a cabo el día 16 de febrero de 2024, el Consejo Directivo del OTASS, en mérito al estado situacional del personal en cargos de confianza contenido en el Informe Nº 000104-2024-OTASS-DO de la Dirección de Operaciones, la verificación de cumplimiento de requisitos e impedimentos para la designación contenidos en el Informe Nº 000134-2024-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos y en el Informe Nº 000047-2024-OTASS-OA de la Oficina de Administración; se acordó dar por concluida la encargatura temporal de la Gerente Asesoría Jurídica y del Gerente de Administración y Finanzas, efectuados por las Comisiones de Dirección Transitoria correspondientes en atención a la facultad delegada; seguidamente, se acordó designar a la Gerente Asesoría Jurídica y Gerente de Administración y Finanzas de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Ica Sociedad Anónima; en consecuencia, corresponde formalizar el acuerdo adoptado a través de la presente resolución;
Que, mediante Informe Nº 000075-2024-OTASS-OAJ de fecha 16 de febrero de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica remite el proyecto de resolución que formaliza el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento;
Con el visado de la Dirección de Operaciones, Unidad de Recursos Humanos, Oficina de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencia General y de la Dirección Ejecutiva;
De conformidad con lo señalado en el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, y sus modificatorias; los “Lineamientos para la selección y designación de los integrantes de las Comisiones de Dirección Transitoria, Directorio, Gerentes Generales, Gerentes de Línea, de Apoyo y de Asesoramiento para las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio” - Versión 03, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 000048-2023-OTASS-CD; y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral Nº 010-2019-OTASS/DE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conclusión de encargatura conforme al Decreto Legislativo Nº 1280
Dar por concluida la encargatura de la Gerente de Asesoría Jurídica y de la Gerente de Administración y Finanzas, de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Ica Sociedad Anónima – EPS EMAPICA S.A., incorporada al Régimen de Apoyo Transitorio, conforme al Decreto Legislativo Nº 1280, según el siguiente detalle:
Nº |
CARGO |
NOMBRES Y APELLIDOS |
D.N.I. |
ÚLTIMO DIA DE ENCARGATURA |
1 |
GERENTE DE ASESORIA JURÍDICA |
LILIANA CONTRERAS ACUÑA |
21543964 |
18 de febrero de 2024 |
2 |
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS |
MARTIN IVAN VILCHEZ VITELA |
16789701 |
18 de febrero de 2024 |
Artículo 2.- Designación conforme al Decreto Legislativo Nº 1280
Designar a la Gerente de Asesoría Jurídica y al Gerente de Administración y Finanzas, de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Ica Sociedad Anónima– EPS EMAPICA S.A., incorporada al Régimen de Apoyo Transitorio, conforme al Decreto Legislativo Nº 1280, según el siguiente detalle:
Nº |
CARGO |
NOMBRES Y APELLIDOS |
D.N.I. |
INICIO DE LABORES |
1 |
GERENTE DE ASESORIA JURÍDICA |
NATALY YUDMILA MANDUJANO LUJAN |
40559313 |
19 de febrero de 2024 |
2 |
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS |
JOSE EDWARD CHUNG AREVALO |
08834124 |
19 de febrero de 2024 |
Artículo 3.- Notificación
Notificar la presente resolución a los servidores citados en los artículos 1 y 2 precedentes, a la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, y a la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Ica Sociedad Anónima – EPS EMAPICA S.A., para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicidad
Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR MURILLO HUAMAN
Presidente del Consejo Directivo
2262637-1