Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Centro del Perú para participar en evento a realizarse en Holanda
UNIVERSIDAD NACIONAL
DEL CENTRO DEL PERÚ
RESOLUCIÓN Nº 6191-CU-2019
Huancayo, 22 de octubre 2019
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ;
Visto, el Oficio Nº 014-IPPC-FAIIA-2019-UNCP presentado el 24 de julio 2019, a través del cual la Dra. Clara Raquel Espinoza Silva, docente nombrada en la categoría de Asociada a D.E., solicita subvención económica para exposición del trabajo de investigación.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú, establece cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes;
Que, conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Artículo 8º Autonomía Universitaria, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: 8.1 Normativo, 8.2 De gobierno, 8.3 Académico, 8.4 Administrativo y 8.5 Económico;
Que, la docente investigadora principal del proyecto Citotoxidad de nanopartículas de saponinas extraídas por CO2 supercrítico de los residuos de escarificación de quinoa en líneas celulares de cáncer de mama, ha presentado el trabajo “Optimization of the extraction process of saponins from the sacrification of quinoa (Chenopodium quinoa wild) assited by ultrasound using Surface reponse methodology”, a exponerse en el 33rd EFFoST International Conference 2019 del 12 al 14 de noviembre 2019 en Rotterdam, Holanda, para lo cual solicita subvención económica;
Que, a través del Oficio Nº 2015-2019-UPRES-UNCP presentado el 28 de agosto 2019, el Jefe de la Unidad de Presupuesto manifiesta que, el numeral 9.2 de la Directiva Nº 02-2013-UNCP para autorización y subvención por capacitación a los servidores de la Universidad Nacional del Centro del Perú, indica que “En el caso de ponencias en el extranjero, la universidad no podrá subvencionar los gastos de pasaje y estadía por medidas de austeridad. Excepcionalmente la institución podrá subvencionar un mínimo porcentaje de gastos de pasajes en el caso de comprobado que el ente organizador no corra con los gastos del ponente siempre que la ponencia sea el ganador o elegido en un concurso o equivalente y la representación sea a nombre de la universidad y no a título personal, siendo este beneficio por única vez al año y aprobado mediante resolución con opinión favorable de las oficinas administrativas competentes; por lo cual, recomienda se autorice la certificación presupuestal por el monto de S/8,180.00, en la fuente de financiamiento de Recursos Determinados; y
De conformidad al Artículo 30º inciso u) del TUO del Estatuto Universitario, a las atribuciones conferidas por las normas legales vigentes y al acuerdo de Consejo Universitario del 18 de setiembre 2019;
RESUELVE:
1º AUTORIZAR el viaje a la ciudad de Rotterdam, Holanda, a la Dra. Clara Raquel Espinoza Silva para su participación en el 33rd EFFoST International Conference 2019, con la ponencia “Optimization of the extraction process of saponins from the sacrification of quinoa (Chenopodium quinoa wild) assited by ultrasound using Surface reponse methodology”, del 12 al 14 de noviembre 2019.
2º OTORGAR a favor de la docente, la subvención económica por la suma de S/ 8,180.00 soles, conforme al detalle siguiente:
META |
FUENTE FINANCIAMIENTO |
DEPENDENCIA |
CONCEPTO DE GASTO |
CLASIFICADOR |
MONTO S/ |
24 |
RD TR “H” |
PROYECTO DE INVESTIGACION Citotoxidad de nanopartículas de saponinas extraídas por CO2 supercrítico de los residuos de escarificación de quinoa en líneas celulares de cáncer de mama |
SUBVENCION A INVESTIGADORES |
2.5.3.1.1.2 |
8,180.00 |
TOTAL |
8,180.00 |
3º ENCOMENDAR la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, por la Dirección General de Administración.
4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección General de Administración, a través de las oficinas y unidades correspondientes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS
Rector
ELIZABETH LEONOR ROMANI CLAROS
Secretaria General
1841369-1