Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA)
Resolución Ministerial
N° 559-2019-PRODUCE
Lima, 31 de diciembre de 2019
VISTOS: El Memorando N° 1294-2019-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N°336-2019-PRODUCE/OGPPM/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; y, el Informe N° 1082-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, el numeral 7.3 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente;
Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del mencionado Decreto Legislativo, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN;
Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00053-2018-CEPLAN/PCD, se modifica la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modificatorias, que establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua;
Que, el numeral 6.2 Elaboración y aprobación del POI de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad. Para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para finalmente obtener el POI Anual;
Que, el numeral 6.2.1 de la Directiva General N° 003-2018-PRODUCE/OGPPM “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de la Producción (PRODUCE) y sus modificaciones”, aprobado con Resolución Directoral N° 014-2018-PRODUCE/OGPPM, señala que una vez aprobado el PIA de PRODUCE del año correspondiente, la OPM, coordina con las Dependencias la formulación del POI;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 295-2019-PRODUCE se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) Multianual 2020 - 2022 del Ministerio de la Producción;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 172-2019-PRODUCE se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 - 2022 del Ministerio de la Producción;
Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2019, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 546-2019-PRODUCE se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción;
Que, el artículo 34 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, establece que la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, tiene, entre otras funciones, conducir los sistemas de planeamiento estratégico, modernización de la gestión pública, inversión pública y presupuesto público; así como dirigir las acciones de cooperación técnica y asuntos internacionales del Sector; conducir el proceso de formulación, seguimiento y evaluación de los planes estratégicos sectorial e institucional y del plan operativo institucional, conforme a la normativa vigente; conducir y supervisar la programación, formulación y evaluación de la gestión presupuestaria, en el marco de las disposiciones del Sistema Nacional de Presupuesto; y proponer y conducir el Programa Multianual de Inversiones del Sector;
Que, con Memorando Nº 1294-2019-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe Nº 336-2019-PRODUCE/OGPPM/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, que hace suyo, propone la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA), en consistencia con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2020, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 546-2019-PRODUCE; y articulado al Plan Estratégico Institucional (PEI) Multianual 2020 - 2022 del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 295-2019-PRODUCE;
Que, en consecuencia, resulta necesaria la aprobación del POI 2020 del Ministerio de la Producción; y,
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria; y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y sus modificatorias que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del POI Anual 2020
Apruébese el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA), documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Cumplimiento
El cumplimiento de la programación de actividades consideradas en el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA), aprobado por el artículo precedente, es de responsabilidad de los órganos y programas del Ministerio.
Artículo 3.- Seguimiento y Evaluación
La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, efectúa el seguimiento y la evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA), de conformidad con lo establecido en la Directiva General N° 003-2018-PRODUCE/OGPPM “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de la Producción (PRODUCE) y sus modificaciones”, aprobado con Resolución Directoral N° 014-2018-PRODUCE/OGPPM.
Artículo 4.- Publicación y Difusión del POI Anual 2020
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), conjuntamente con el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA), que se aprueba por el artículo 1 de la presente Resolución, en la fecha de publicación de la Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROCIO BARRIOS ALVARADO
Ministra de la Producción
1842023-1