Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Proceso de Actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado del departamento de Ucayali al 2030

Aprueban el Proceso de Actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado del departamento de Ucayali al 2030

ORDENANZA REGIONAL

Nº 009-2019-GRU-CR

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, sobre Descentralización, Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias, Ley Nº 27902, Ley Nº28013, Ley Nº 29053; y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, los artículos 67º, 68º y 69º de la Constitución Política del Perú, dispone que el Estado determina la política nacional del ambiente, promueve el uso sostenible de los recursos naturales; ésta obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y promueve el desarrollo sostenible de la Amazonia; así mismo promueve preferentemente el desarrollo agrario;

Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones conforme a ley”;

Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que le faculta aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional;

Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, establece que: “Los Gobiernos Regionales tienen la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de sus competencias”;

Que, habiéndose aprobado, el 29 de abril de 2019, la visión del Perú al 2050 en la Sesión Nº 126 del Foro del Acuerdo Nacional; Visión que representa una foto de nuestro país al 2050, inspirada en la defensa de la persona humana y de su dignidad, así como en un desarrollo inclusivo, competitivo y sostenible en todo el territorio nacional, concebida en cinco dimensiones: social, ambiental, económica, sobre el Estado y la Gestión Pública;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM., de fecha 24 de mayo de 2018, se aprobó la Política General de Gobierno al 2021; así como los lineamientos prioritarios para promover el desarrollo integral del país, la cual debe ser aplicada por todas las entidades del Poder Ejecutivo, los Gobiernos Regionales y Locales, y las entidades dependientes de ellos en el marco de sus competencias;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre la finalidad, señala: “Fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”. Por lo que, el Gobierno Regional de Ucayali ha planteado iniciar el proceso de actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado de Ucayali;

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 005-2015-GRU/CR., de fecha 24 de marzo de 2015, se Declara en Proceso de Modernización la Gestión Pública del Gobierno Regional de Ucayali y de todas las unidades orgánicas integrantes del pliego 462, con el objetivo de incrementar su eficiencia, mejorar la calidad del servicio a la ciudadanía y optimizar el uso de los recursos;

Que, el Plan de Desarrollo Regional Concertado al 2021 del Departamento de Ucayali, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 007-2016-GRU/CR., con fecha 09 de junio de 2016, amerita ser actualizado, considerando los lineamientos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la visión del Perú al año 2050, la Política General de Gobierno, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, y a los planes nacionales, regionales y locales; siguiendo lo establecido en las directivas, guías y lineamientos elaborados por el CEPLAN;

Que, en la primera Sesión Extraordinaria del Consejo de Coordinación Regional, realizado el 9 de julio de 2019, el Consejo de Coordinación Regional, emite Opinión Favorable para la Actualización del Plan de Desarrollo Concertado al 2030 y, por el alcance que el mencionado documento acuerda, que el proceso tenga el respaldo del Gobierno Regional mediante una Ordenanza Regional;

Que, con Informe Nº 053-2019-GRU-GGR-GRPP/SGPE., y el Informe Nº 113-2019-GRU-GGR-GRPP/SGPE., la Sub Gerencia de Planificación y Estadística del Gobierno Regional de Ucayali, presenta el sustento de la necesidad de iniciar la actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado – PDRC de Ucayali;

Que, mediante Informe Legal Nº 054-2019-GRU-GR-GGR-ORAJ/RDCSH., de fecha 09 de setiembre de 2019, el Gerente de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, recomienda que se proceda de acuerdo a la competencia del Consejo Regional, con la aprobación mediante Ordenanza Regional la Actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado al 2030– PDRC;

Que, mediante Oficio Nº 698-2019-GRU-GR, de fecha de 09 de setiembre de 2019, el Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali – Señor Francisco Antonio Pezo Torres, remite a la Secretaría del Consejo Regional para la emisión de la Ordenanza Regional que respalde dar inicio al proceso de Actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali al 2030;

Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional;

De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículo 9º y 10º, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de setiembre del dos mil diecinueve, el cual consta en el Acta, aprobaron por unanimidad lo siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:

Artículo Primero.- APROBAR el Proceso de Actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali al 2030.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en un diario de mayor circulación local y a la Oficina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación.

En Pucallpa, a los veinte días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve.

JESSICA LIZBETH NAVAS SÁNCHEZ

Consejera Delegada

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los siete días de octubre del dos mil diecinueve.

FRANCISCO A. PEZO TORRES

Gobernador Regional

1841988-1