Autorizan viaje de autoridades de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur a Brasil, en comisión de servicios
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tecnológica de lima sur
RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO
N° 0027-2024-UNTELS-CU
Villa El Salvador, 8 de febrero de 2024
VISTO:
El ACUERDO adoptado en Sesión de Consejo Universitario de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur de fecha 07 de febrero de 2024, mediante la cual resolvieron AUTORIZAR el viaje al exterior por comisión de servicios a favor de la Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui – Rectora, Dr. Ángel Fernando Navarro Raymundo – Vicerrector de Investigación y al Dr. Julio Elvis Valero Cajahuanca – Decano de la Facultad de Ingeniería y Gestión, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece: Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por la Ley Universitaria N° 30220 y sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes;
Que, mediante Ley N° 27431, el 10 de enero de 2001 fue creada la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur, con sede en el Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima y mediante la Ley Nº 30184, de fecha 6 de mayo de 2014, pasó a denominarse Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur;
Que, mediante Resolución N° 002-2023-CEU-UNTELS, el Comité Electoral Universitario de la UNTELS reconoce a la Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui como Rectora, Dra. Marina Vilca Cáceres - Vicerrectora Académica y Dr. Ángel Fernando Navarro Raymundo - Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur;
Que, conforme al artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, establece: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la constitución la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”, la misma que el Tribunal Constitucional (TC), en su sesión del 15 de agosto de 2023, ha respaldado de manera definitiva la Ley N° 31520, esta ley restablece la autonomía y el funcionamiento de las universidades en Perú;
Que, conforme lo establece el artículo 58° de la Ley Universitaria – Ley N° 30220, “el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad”;
Que, mediante RCU N° 051-2023-UNTELS-CU, de fecha 25 de julio de 2023, se aprobó la Directiva para la Autorización y Rendición de Viáticos por Comisión de Servicios del Personal Administrativo de esta casa superior de estudios, en cuyo numeral 6.3 norma sobre el procedimiento para solicitar autorización de viajes al exterior del país por comisión de servicios;
Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;
Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”, asimismo, el artículo 4 señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;
Que, mediante Resolución de Consejo Universitario N° 022-2024-UNTELS-CU, del 02 de febrero de 2024, se aprobó la propuesta de suscripción de Memorando de Entendimiento entre la Universidade Federal do Tocantins – Brasil y la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur;
Que, con fecha 06 de febrero de 2024 la Coordinadora de Internacionalización de la Universidade Federal do Tocantins por encargo de su Rector Luis Eduardo Bovolato cursa a la Rectora de la UNTELS la Carta de Invitación para Visita y Firma de Acuerdo de Cooperación a llevarse a cabo el 29 de febrero de 2024 en su campus universitario sito en la República Federativa de Brasil;
Que, mediante Oficio N° 00250, 00258 y 00259-2024-UNTELS-R-OPP, de fecha 07 de febrero de 2024, la Oficina de Planificación y Presupuesto emitió disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 12,129.00 (Doce Mil Ciento Veintinueve con 00/100 Soles) a favor de las siguientes autoridades: Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui, Rectora, Dr. Ángel Fernando Navarro Raymundo – Vicerrector de Investigación y al Dr. Julio Elvis Valero Cajahuanca – Decano de la Facultad de Ingeniería y Gestión cada uno respectivamente, a fin de asegurar la gestión académica e investigación, precisando que el Director General de Administración deberá coordinar con la Unidad de Abastecimiento para la habilitación en el SIGA; en mérito a ello mediante Oficio N° 0236-2024-UNTELS-R-DGA, el Director General de Administración solicita al Rectorado emisión de acto resolutivo correspondiente;
Que, en tal sentido el Consejo Universitario de la UNTELS, en su sesión del 07 de febrero del 2024, ACORDÓ por UNANIMIDAD AUTORIZAR el viaje al exterior del país por comisión de servicios del 28 de febrero al 02 de marzo de 2024, a favor de la Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui – Rectora, Dr. Ángel Fernando Navarro Raymundo – Vicerrector de Investigación y al Dr. Julio Elvis Valero Cajahuanca – Decano de la Facultad de Ingeniería y Gestión, quienes viajarán a la República Federativa de Brasil con la finalidad de suscribir el Convenio de Cooperación entre la Universidad Federal de Tocantins y la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur;
Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria N° 30220 de fecha 09 de julio del 2014, la Resolución N° 002-2023-CEU-UNTELS de fecha 12 de mayo del 2023, y el Estatuto a la Rectora y al Consejo Universitario de la UNTELS;
RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país por comisión de servicios del 28 de febrero al 02 de marzo de 2024, a favor de la Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui – Rectora, Dr. Ángel Fernando Navarro Raymundo – Vicerrector de Investigación y al Dr. Julio Elvis Valero Cajahuanca – Decano de la Facultad de Ingeniería y Gestión, quienes viajarán a la República Federativa de Brasil con la finalidad de suscribir el Convenio de Cooperación entre la Universidad Federal de Tocantins y la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur.
Artículo Segundo.- APROBAR el otorgamiento de viáticos por tres (3) días y de pasajes aéreos ida y vuelta por un monto total de S/ 12,129.00 (Doce Mil Ciento Veintinueve con 00/100 Soles) a favor de cada comisionado.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el despacho del Rectorado de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur a la Dra. Marina Vilca Cáceres Vicerrectora Académica, del 28 de febrero hasta el 02 de marzo del 2024 y mientras dure la ausencia del titular.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración y a la Unidad de Abastecimiento el cumplimiento del presente acto resolutivo y su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Quinto.- NOTIFICAR a los comisionados el presente acto resolutivo para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GLADYS MARCIONILA CRUZ YUPANQUI
Rectora – UNTELS
MARLY KARINA URIBE ALLAUCA
Secretaria General– UNTELS
2262290-1