Miércoles, 04 de diciembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a Brasil y encargan su Despacho a la Ministra de Educación

Autorizan viaje de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a Brasil y encargan su Despacho a la Ministra de Educación

resolución suprema

N° 030-2024-PCM

Lima, 16 de febrero de 2024

CONSIDERANDO:

Que, la Organización de las Naciones Unidas para la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres - ONU Mujeres, mediante comunicación electrónica de fecha 18 de enero de 2024, invita a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para que participe en el Seminario “Entre lo Global y lo Local: Experiencias de Construcción y Territorialización de Políticas y Sistemas de Cuidados en América Latina y el Caribe”, a llevarse a cabo del 27 al 29 de febrero de 2024, en la ciudad de Belém do Pará, República Federativa de Brasil;

Que, el objetivo del referido Seminario es fomentar el intercambio entre los países de América Latina y el Caribe, con la finalidad de posicionar la agenda del cuidado y sumar esfuerzos para transformar la organización social del cuidado en Brasil y en la región a través de la territorialización de las políticas y sistema de cuidados; para ello, se invita a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a que forme parte del Panel de Alto Nivel – “De lo global a lo local: los desafíos de territorializar las prácticas, políticas y sistemas de cuidado en América Latina” a celebrarse en el mencionado evento;

Que, la ONU Mujeres lidera y coordina los esfuerzos del Sistema de las Naciones Unidas para asegurar que los compromisos de igualdad y transversalidad de género se traduzcan en acciones en todo el mundo. Al mismo tiempo, ejerce un liderazgo sustantivo y coherente para apoyar las prioridades y los esfuerzos de los Estados Miembro, construyendo una asociación eficaz con el gobierno, la sociedad civil, así como con otros actores relevantes. En ese marco, la agenda de derecho al cuidado, viene a ser una prioridad de ONU Mujeres, en alineación con el plan Estratégico de ONU Mujeres 2022-2025;

Que, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene como ámbito de competencia, la promoción de los derechos de las mujeres con especial énfasis en: (i) fortalecimiento de la ciudadanía y autonomía de las mujeres, con independencia de su edad, etnia y condición, (ii) igualdad de oportunidades para las mujeres, y (iii) promoción de la ampliación de la participación de las mujeres en el ámbito público; la promoción y protección de poblaciones vulnerables; la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores; la promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad; y, el seguimiento al cumplimiento de los compromisos tratados, programas y plataformas de acción de sus competencias, conforme lo establecen los literales c), e), h), i) y l) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Que, mediante Informe Técnico N° D000002-2024-MIMP-DGPDAEM, la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables señala que desde este ministerio viene desplegando una serie de estrategias y trabajando determinadas propuesta normativas enfocadas en el marco de la construcción de un sistema nacional de cuidados reconociendo el derecho al cuidado como parte de su matriz de bienestar y la promoción de la corresponsabilidad horizontal y de género, garantizando los cuidados para los distintos grupos poblacionales con variados niveles de dependencia y con condiciones para modificar la división sexual del trabajo; por lo que, se precisa que la participación de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es de especial relevancia a fin de posicionar al Perú como un país que busca la igualdad de género, el reconocimiento del derecho al cuidado y la creación del sistema nacional de cuidados, para garantizar el empoderamiento y autonomía económica de las mujeres;

Que, mediante Informe N° D000002-2024-MIMP-OCAI, la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables señala que la participación de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en el citado Seminario permitirá auscultar posibilidades de cooperación internacional, intercambiar experiencias, así como establecer alianzas con las instituciones de los países participantes y/o organismos internacionales, a fin que contribuyan en la construcción del sistema de cuidados;

Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el viaje de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para que participe del Seminario “Entre lo Global y lo Local: Experiencias de Construcción y Territorialización de Políticas y Sistemas de Cuidados en América Latina y el Caribe”, por ser de interés institucional; debiendo precisarse que los costos relacionados con su participación serán cubiertos por ONU Mujeres;

Que, en tanto dure la ausencia de la titular, es necesario encargar el Despacho de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los ministros se efectúa por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora NANCY ROSALINA TOLENTINO GAMARRA, Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Belém do Pará, República Federativa de Brasil, del 27 al 29 de febrero de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Encargar el Despacho de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a la señora MIRIAM JANETTE PONCE VERTIZ, Ministra de Educación, a partir del 27 de febrero de 2024 y en tanto dure la ausencia de la titular.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no irroga gastos al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

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