Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020 de la Municipalidad Distrital de Comas y la distribución del Fondo de Compensación Municipal FONCOMUN 2020
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 083-2019/MDC
Comas, 20 de diciembre de 2019
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
COMAS
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, Informe Nº 284-2019/GPPR/MDC de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, el Proveído Nº 1911-2019-GM/MDC de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 007-2019-CEAPP/MC de la Comisión Permanente de Regidores de Economía, Administración, Planificación y Presupuesto, respecto al Proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020 de la Municipalidad Distrital de Comas, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece: “Las municipalidades provinciales y distritales son Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración”;
Que, el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, son atribuciones del Concejo Municipal según el Numeral 16) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, aprobar el Presupuesto Anual y sus modificaciones;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en el Artículo 24º sobre Asignación Presupuestaria Multianual y su estimación, en su numeral 24.1, señala que la Asignación Presupuestaria Multianual (APM) es el límite máximo de los créditos presupuestarios que corresponderá a cada Pliego presupuestario y por encima de los cuales no podrá programarse ningún gasto;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 16º numeral 16.1) de la Directiva Nº 002-2019-EF/50.01 Directiva de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 004-2019-EF/50.01 y modificada mediante Resolución Directoral Nº 017-2019-EF/50.01, establece que la información del año 1 de la Programación Multianual Presupuestaria, que remitan las entidades a la DGPP en el marco de la Directiva, se toma en cuenta para elaboración del Anteproyecto de Ley de Presupuesto, de acuerdo a la fase de Formulación Presupuestaria del sector público, a las que se refieren los sub capítulos I y II del Capítulo I del Título IV del Decreto Legislativo Nº 1440, y con el grado de detalle ahí establecido. Dicha información debe ser registrada por las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el Módulo de Programación Multianual Presupuestaria acorde con los plazos del Anexo Nº 1- A/GNyR - Cuadro de plazos de hitos de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales y Anexo Nº 1/GL - Cuadro de plazos de hitos de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria de los Gobiernos Locales, según corresponda;
Que, mediante D.U. Nº 014-2019, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 22 de noviembre de 2019, el cual comprende las transferencias de recursos para los Gobiernos Locales;
Que, el D.U. Nº 015-2019 para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se regula sobre los Recursos que financian los gastos del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, la estabilidad presupuestaria, el uso de recursos de operaciones de endeudamiento para el Año Fiscal 2020, entre otros;
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 082-2019/MDC se acordó aprobar el Informe de los Resultados Finales del Proceso del Presupuesto Participativo 2020 y su inclusión en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2020 de la Municipalidad Distrital de Comas;
Que, mediante informe de vistos, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización eleva el Proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020 de la Municipalidad Distrital de Comas, para su aprobación por el Concejo Municipal y su promulgación posterior, informando que se ha cumplido con la presentación de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria 2020-2022 ante la Municipalidad Provincial de Lima;
Que, la Comisión Permanente de Regidores de Economía, Administración, Planificación y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Comas, mediante dictamen de vistos, señala que se eleve al Pleno de Concejo de la Municipalidad Distrital de Comas para su respectiva consideración el Proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2020 de la Municipalidad Distrital de Comas;
Estando a lo expuesto y, de conformidad con las atribuciones previstas en los artículos 9 y 41 de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020 de la Municipalidad Distrital de Comas, con el voto UNÁNIME de los Señores Regidores y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta para la ejecución de los acuerdos adoptados.
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020 de la Municipalidad Distrital de Comas, el mismo que asciende al monto de S/.93,512,279.00 (Noventa y Tres Millones Quinientos Doce Mil Doscientos Setenta y Nueve con 00/100 soles), conforme a lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo y al anexo que se adjunta.
Artículo Segundo.- APROBAR, la distribución del Fondo de Compensación Municipal FONCOMUN 2020 en 57% para gastos corrientes y 43% en gastos de capital.
ASIGNACIÓN DE FONCOMUN 2020 |
PORCENTAJE (%) FONCOMUN |
|
GASTO CORRIENTE |
GASTO DE CAPITAL |
|
S/. 20,291,830.00 |
S/. 11,593,851.00 |
S/. 8,697,979.00 |
100% |
57% |
43% |
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y demás órganos y/o unidades orgánicas competentes, el cumplimiento del presente acuerdo.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del texto aprobatorio del presente Acuerdo en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Gerencia de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico, la publicación del presente acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas: www.municomas.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RAÚL DÍAZ PÉREZ
Alcalde
1842362-1