Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de Agricultura y Riego, consistente al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2020
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0485-2019-MINAGRI
Lima, 31 de diciembre de 2019
VISTO:
El Memorando N° 2217-2019-MINAGRI-SG/OGPP emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego consistente al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2020, y, el Informe Legal N° 1392 -2019-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN-PCD, modificada por Resolución de Presidencia N° 0053-2018-CEPLAN/PCD y N° 016-2019/CEPLAN, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, a través del cual se establece que todas las entidades del Estado elaboran y aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual, con la finalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un período no menor de tres (3) años, precisando además en el artículo 6, que una de las diferentes etapas del Plan Operativo Institucional es la de ajustes y consistencia;
Que, por Resolución Ministerial N° 0157-2019- MINAGRI, se aprueba el Plan Operativo Institucional Multianual 2020 – 2022 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, mediante Decreto Urgencia N° 014-2019, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año fiscal 2020, y por Resolución Ministerial N° 0470-2019-MINAGRI, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, el numeral 6.2 del artículo 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional, establece que para contar con el Plan Operativo Anual, la entidad con base en el Plan Operativo Institucional Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad, para ello una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tenga consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para finalmente obtener el POI Anual;
Que, en el marco de las funciones establecidas en el artículo 28 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y modificatorias, la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, brindó asesoramiento técnico a los Órganos, Programas, Proyectos Especiales y Unidades Ejecutoras No Estructuradas del Pliego 013: MINAGRI, para proceder a ajustar y consistenciar las actividades operativas e inversiones, así como a efectuar el registro del POI en el Aplicativo CEPLAN V.01 en el Formato del Anexo B-5 (POI Anual con programación física y financiera) de la Guía de Planeamiento Institucional;
Que, a través del Acta N° 004-2019-MINAGRI-SG/OGPP-ST/CPE-PLIEGO 013, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 013: MINAGRI, creada por Resolución Ministerial N° 0129-2018-MINAGRI, modificada por Resolución Ministerial N° 0438-2018-MINAGRI, en el ámbito de sus funciones validó el Plan Operativo Institucional consistenciado al Presupuesto Institucional de Apertura del año fiscal 2020
Que, mediante el Informe N° 0248-2019-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA, la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable señalando que es necesario formalizar la aprobación del Plan Operativo Institucional consistenciado con el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2020 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, cuyos recursos y metas físicas del mismo concuerdan con la asignación otorgada para el Año Fiscal 2020;
Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, modificado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, consistente al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2020, documento que como Anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Remitir copia fedateada de la presente Resolución con su Anexo a la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, para el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego consistente al PIA 2020, en el marco de la Guía para el Planeamiento Institucional.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA
Ministro de Agricultura y Riego
1842704-1