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Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de sociedad de auditoría que realizará labores de control posterior externo en la Universidad Nacional del Altiplano - Puno

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de sociedad de auditoría que realizará labores de control posterior externo en la Universidad Nacional del Altiplano - Puno

Universidad Nacional del Altiplano - PUNO

RESOLUCIÓN RECTORAL

Nº 3292-2019-R-UNA

Puno, 16 de diciembre del 2019

VISTO; el Oficio Nº 0848-2019-J-OGPD-UNA-P, de la Oficina General de Planificación y Desarrollo; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Rectoral Nº 3445-2018-R-UNA, de fecha 31 de diciembre de 2018, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 520: Universidad Nacional del Altiplano;

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;

Que, en el marco de lo dispuesto en el referido artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, mediante Resolución de Contraloría Nº 432-2018-CG de fecha 23 de agosto de 2018, se aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, en tal sentido, con el Oficio Nº 001207-2019-CG/SGE recibido el 03 de diciembre de 2019, el Secretario General de la Contraloría General de la República solicita a la Universidad Nacional del Altiplano que proceda a efectuar la transferencia financiera del 50% (cincuenta por ciento) de la retribución económica que incluye el impuesto general a las ventas, por el importe de S/ 49,882.00 (Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos Ochenta y Dos con 00/100 Soles);

Que, mediante el Oficio Nº 0848-2019-J-OGPD-UNA-Puno, la Oficina General de Planificación y Desarrollo remite el Informe Nº 3516-2019-OP-OGPD-UNA Puno de la Oficina de Presupuesto, a través del cual informa que de la revisión del marco presupuestal de la Unidad Ejecutora 000098: Universidad Nacional del Altiplano, del Pliego 520: Universidad Nacional del Altiplano, se cuenta con recursos disponibles que ascienden a la suma de S/ 49,882.00 (Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos Ochenta y Dos con 00/100 Soles), en la meta presupuestaria con secuencia funcional 0035, correspondiente a la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados; asimismo, recomienda realizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General por la suma solicitada, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General de Planificación y Desarrollo, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y en uso de las atribuciones conferidas al Rector por la Ley Universitaria Nº 30220; y, la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar la transferencia financiera del Pliego 520: Universidad Nacional del Altiplano hasta por la suma de S/ 49,882.00 (Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos Ochenta y Dos con 00/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 520: Universidad Nacional del Altiplano, en la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados, Unidad Ejecutora 001: Universidad Nacional del Altiplano, Programa 9001 Acciones Centrales, Producto 3999999 Sin Producto, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Meta: 0035, específicas del gasto 2.4.1.3.1.1 “Otras unidades del gobierno nacional” por la suma de S/ 49,882.00 (Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos Ochenta y Dos con 00/100 Soles).

Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Rectoral no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación y difusión

Disponer la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Imagen Institucional su publicación en el portal institucional.

Regístrese y comuníquese.

PORFIRIO ENRIQUEZ SALAS

Rector

1842164-1