Delegan en el Gerente General del OSIPTEL, la facultad para aprobar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático en el ejercicio fiscal 2020
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 00122-2019-PD/OSIPTEL
Lima, 27 de diciembre de 2019
OBJETO |
Delegación de facultades para aprobar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático en el ejercicio fiscal 2020. |
VISTO:
El Informe Nº 127-GPP/2019, relacionado con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre la facultad de delegar la atribución del Titular del OSIPTEL para aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático en el Gerente General en el ejercicio fiscal 2020;
CONSIDERANDO:
Que, en el caso del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL, en virtud a lo dispuesto por el numeral 6.3 del artículo 6º de la Ley Nº 27332 “Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos”, el Presidente del Consejo Directivo ejerce funciones ejecutivas de dirección del Organismo Regulador y es el Titular de la Entidad;
Que, el marco jurídico que regula las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación del presupuesto, y el control del gasto de las entidades públicas, está determinado DL Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y el DU Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2020;
Que, teniendo en cuenta lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7º del DL N° 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente el mencionado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado;
Que, asimismo, el numeral 47.2 del artículo 47º del mencionado Decreto Legislativo, señala que el Titular de la entidad podrá delegar la facultad de aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, la facultad de delegar en el Gerente General resulta compatible con las funciones asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 104-2010-PCM; en tanto, la Gerencia General a su cargo es el Órgano responsable de la marcha administrativa de la institución;
Que, en virtud de lo dispuesto en el numeral 67.4 del artículo 67º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se deberá hacer mención de la delegación de facultades y atribuciones en los actos administrativos que por delegación emita el Gerente General;
Con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Asesoría Legal y la Gerencia General y, de conformidad con el DL N° 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y el DU Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2020, y las atribuciones conferidas por el Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegar en el Gerente General del OSIPTEL, durante el Ejercicio Fiscal 2020, la facultad del Titular del Pliego 019 – Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, para aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático. El Gerente General deberá informar a la Presidencia del Consejo Directivo, de manera trimestral, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta por la presente resolución.
Con la finalidad de cumplir con dispuesto en el párrafo anterior, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, elevará dentro de los veinte días hábiles de vencido el trimestre, toda la información concerniente a la delegación dispuesta, a la Gerencia General para su elevación a la Presidencia del Consejo Directivo.
Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 3º.- La presente Resolución deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese y comuníquese.
RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ
Presidente del Consejo Directivo
1842177-1